Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
14-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110314-114

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

114
Demanda 78 de 2011

En los autos 78 de 2011, seguidos ante este Juzgado de lo social a instancias de don Arístides Franco Rúa, contra “Matas Trans, Sociedad Anónima”, con esta fecha y por su señoría ilustrísima se ha dictado resolución, cuya copia literal se adjunta, advirtiéndose que el recurso procedente contra la misma es el referido en la resolución que se notifica.

Advertencia: Se hace saber al receptor que ha de cumplir el deber público que se le encomienda; que puede ser sancionado con multa de 12,02 a 120,20 euros si se niega a la recepción, o no hace la entrega a la mayor brevedad; que ha de comunicar al órgano judicial la imposibilidad de entregar la comunicación al interesado, y que tiene derecho al resarcimiento de los gastos que se le ocasionen, artículo 57 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Y para que sirva de notificación en forma a usted expido y firmo la presente cédula.

En Madrid, a 28 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

EDICTO CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 78 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arístides Franco Rúa contra la empresa “Matas Trans, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva se acompaña.

Decreto

En Madrid, a 1 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

Se acuerda tener por subsanada la demanda presentada por la parte actora y en su conformidad se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria la audiencia del 21 de marzo de 2011, a las once y cuarenta horas de su mañana, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59, primero, 28020 Madrid, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Habiéndose solicitado las pruebas referentes en escrito de demanda cuya copia se adjunta, se requiere a la parte demandada, a fin de que aporte la documental solicitada, y expídanse las correspondientes cédulas de citación a las partes, sin perjuicio de la admisión de los medios de prueba que tendrá lugar en el acto del juicio.

Al otrosí, conforme se socilita.

Respecto al interrogatorio de partes, no ha lugar a la exigibilidad de que en el representante procesal de la empresa concurra la condición de miembro del órgano de administración de la sociedad.

Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Modo de impugnarlo: mediante recurso de reposición ante el secretario judicial actuante dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda según artículo 184 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Así, por este decreto lo acuerdo, mando y firmo.—La secretaria judicial, Rosario Barrio Pelegrini.

Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva notificación en legal forma a don Arístides Franco Rúa y “Matas Trans, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de febrero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.541/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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