Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
14-03-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110314-80

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALGETE

URBANISMO

80
Sistema compensación Sector 7-Industrial del Plan General de Ordenación Urbana

Mediante decreto 52/2011, de 8 de febrero, de la Alcaldía-Presidencia, se adoptó la resolución que, seguida y literalmente, se transcribe:

Decreto 52/2011 de la Alcaldía-Presidencia

La alcaldesa-presidenta, Inmaculada Juárez Menéndez.—En Algete, a 8 de febrero de 2011.

Resultando que el 4 de noviembre de 2003 presenta “Probitas Consultores, Sociedad Limitada”, iniciativa para la aplicación y definición del sistema de compensación del Sector 7-Industrial, del Plan General de Ordenación Urbana de Algete. Con carácter previo, el 19 de noviembre de 2003, se había presentado proyecto de bases y estatutos de la JC-S7.

Considerando que el 21 de abril de 2006 se aprueba inicialmente el Plan Parcial de Ordenación del S7-Industrial, mediante decreto 189/2006, de la Alcaldía-Presidencia.

Considerando que el 7 de diciembre de 2006 se requiere a los interesados para que subsanen determinadas deficiencias halladas en el proyecto de bases y estatutos, según informe jurídico obrante al expediente, de 1 de diciembre de 2006. El requerimiento de subsanación es atendido el 12 de febrero de 2007, en la que se presenta proyecto de bases y estatutos de la JC-S7 subsanado.

Considerando que el nuevo proyecto de bases y estatutos de la JC-S7 es objeto de informe jurídico favorable el 17 de abril de 2007. Con misma fecha se dicta decreto de la Alcaldía-Presidencia número 215/2007, aprobando inicialmente el indicado proyecto de bases y estatutos de la JC-S7.

Considerando que consta en el expediente administrativo que la aprobación inicial del proyecto de bases y estatutos de la JC-S7 fue notificado a doña Rosa Solá Martínez de Bedoya, en fecha no señalada pero posterior al 24 de abril de 2007. La aprobación inicial fue igualmente publicada por los interesados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 212, de 6 de septiembre de 2007.

Considerando que el proceso de notificación individualizada a todos los propietarios afectados concluyó el día 2 de diciembre de 2010, sin que conste en el expediente la recepción de alegación alguna, por lo que debe actuarse conforme se dispone en el artículo 162 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Considerando las competencias de esta Alcaldía-Presidencia, establecidas en el artículo 21.1.j) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Vengo a decretar:

Primero.—Aprobar definitivamente el proyecto de estatutos y bases de actuación de la Junta de Compensación del Sector 7 del vigente Plan General de Ordenación Urbana.

Segundo.—Dese cuenta del presente decreto a los interesados de forma individualizada y a la Concejalía de Urbanismo a los efectos oportunos, publíquese asimismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y requiérase a los interesados para que, como dispone el artículo 162.5 del Reglamento de Gestión Urbanística, se incorporen a la Junta de Compensación, bajo advertencia de expropiación de los terrenos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 108.3.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, los propietarios que no hubieran participado en la iniciativa deberán incorporarse a la Junta, si no lo hubieran hecho ya antes, dentro del mes siguiente a la notificación individualizada de la aprobación definitiva de los estatutos y las bases de actuación de aquella. Transcurrido este plazo serán expropiados a favor de la Junta todos los propietarios que no se hubieran incorporado a ella.

Lo que les comunico, para su conocimiento y efectos oportunos, advirtiéndoles que la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrido ya en vía administrativa, ya en vía contencioso-administrativa, en el plazo de un mes, en el primer caso, o de dos meses, en el segundo caso, contado el plazo en ambos casos desde la recepción de la notificación.

En Algete, a 17 de febrero de 2011.—La alcaldesa-presidenta, Inmaculada Juárez Meléndez.

(02/1.852/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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