Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
14-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110314-147

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

147
Ejecución 271 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 271 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Yober Armando Mendoza Suárez, contra don Wilfrido Alejandro Calle Renda, sobre ordinario, se ha dictado resolución en fecha 14 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Decreto

En Madrid, a 14 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a) El embargo de los bienes inmuebles que se describen.

Urbana.—Número 10, vivienda en planta cuarta, puerta segunda, de la casa sita en la ciudad de Terrassa, calle Pompeyo Fabra, número 110-112, finca 11.027 de la sección tercera de Terrassa, tomada del tomo 2.794, libro 155, folio 200.

Urbana.—Parcela número 1 en el término municipal de Collado Villalba procedente de la finca denominada “Prado de los Picos”, al sitio conocido por el Cerdado de la Fonda, finca 19.657, inscrita al folio 73 del tomo 1.510, libro 409.

Urbana.—Número 9, piso señalado con el número 8 situado en la planta primera del edificio denominado bloque A, sito en el término municipal de Collado Villalba, en la calle Ignacio González Serrano, finca 17.308, inscrita al folio 97 del tomo 2.241, libro 351, como propiedad de don Wilfredo Alejandro Calle Renda, para responder de la cantidad de 4.047,37 euros, más 809,48 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento seguido a instancia, de don Yober Armando Mendoza Suárez, contra don Wilfrido Alejandro Calle Renda.

b) Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c) Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes, doña Tanya Eugenia Loaiza Sánchez.

Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Wilfrido Alejandro Calle Renda y doña Tanya Eugenia Loaiza Sánchez, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 14 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.567/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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