Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
14-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110314-179

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

179
Demanda 535 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 535 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús Santos López, don Fernando Flórez Gómez, don José Reynaldo Espinoza Andrade, don Rafael Álvaro Barrena Castañón y don José Manuel Gómez Sánchez, contra la empresa “Teligent, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son como sigue:

Sentencia número 52 de 2011

En Madrid, a 4 de febrero de 2011.—Habiendo visto don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez de lo social del número 23 de Madrid, los presentes autos de juicio verbal número 535 de 2010, sobre reclamación de cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandantes, don Jesús Santos López, don Fernando Flórez Gómez, don José Reynaldo Espinoza Andrade, don Rafael Álvaro Barrena Castañón y don José Manuel Gómez Sánchez, representados todos ellos por la letrada doña Paula Muñoz Vega, y de otra, como demandadas, “Teligent, Sociedad Anónima”, que no compareció pese a estar citada en legal forma, y “CGI Information System and Management Consultants España, Sociedad Anónima”, que compareció representada por el letrado don Iván Castellano Castresana, habiendo sido llamado a juicio el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco compareció pese a estar citado en legal forma, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:

Fallo

Que desestimo la demanda promovida por don Jesús Santos López, don Fernando Flórez Gómez, don José Reynaldo Espinoza Andrade, don Rafael Álvaro Barrena Castañón y don José Manuel Gómez Sánchez, frente a la empresa “Teligent, Sociedad Anónima”, en reclamación de cantidad, absolviendo a la demandada de todas las pretensiones deducidas en su contra en el proceso.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Teligent, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 7 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.629/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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