Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 61

Fecha del Boletín 
14-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110314-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

184
Demanda 1.536 de 2010

Doña María José González Huergo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 25 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.536 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro Rommel Povea Naranjo, contra la empresa “Metbar Diego de León 2009, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 24 de enero de 2011 del tenor literal siguiente:

Sentencia número 22 de 2011

En Madrid, a 24 de enero de 2011.—Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 25 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes: de una, y como demandante, don Pedro Rommel Povea Naranjo, con número de identificación de extranjería X-04283067-F, que comparece con asistencia del letrado don Amadeo Provencio Arranz, colegiado número 17.428. y de otra, como demandados, “Metbar Diego de León 2009, Sociedad Limitada”, que no comparece pese a estar citada en forma, y Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece habiendo sido citado, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda de la parte actora don Pedro Rommel Povea Naranjo y declaro que el acto de cierre empresarial de fecha 4 de octubre de 2010 constituye un despido “tácito” improcedente, y en consecuencia condeno a la demandada “Metbar Diego de León 2009, Sociedad Limitada”, a estar y pasar por la anterior declaración, sin que proceda el derecho de opción debido al cierre de la empresa, por lo que se declara la extinción del contrato laboral.

Que debo condenar y condeno a la demandada “Metbar Diego de León 2009, Sociedad Limitada”, a que abone a don Pedro Rommel Povea Naranjo la correspondiente indemnización que se fija en la cantidad de 2.670,33 euros, con abono, asimismo, de los salarios de tramitación desde la fecha referida hasta la notificación de esta sentencia, con las cotizaciones correspondientes a la Seguridad Social. Dichos salarios ascienden a la cantidad de 971,03 euros mensuales con inclusión de prorrata de pagas extras.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Metbar Diego de León 2009, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 2 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/6.690/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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