Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 63

Fecha del Boletín 
16-03-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110316-68

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 25

EDICTO

68
Modificación medidas 1.264 de 2008-CH

El Juzgado de primera instancia número 25 de Madrid, en autos número 1.264 de 2008, sobre modificación de medidas, instados por doña Natalia Ibáñez López, representada por la procuradora doña Matilde Marín Pérez, contra don José Luis Cobo Franco, que se halla con domicilio desconocido, he acordado por medio de la presente notificar al mencionado demandado que en el procedimiento número 1.264 de 2008 ha recaído sentencia de fecha 18 de noviembre de 2010, en la que en su parte dispositiva se acuerda lo siguiente:

Fallo

Que desestimando la demanda presentada por la procuradora de los tribunales doña Matilde Marín Pérez, en nombre y representación de doña Natalia Ibáñez López, contra don José Luis Cobo Franco, declarado en rebeldía, no modifico las medidas acordadas anteriormente en la sentencia dictada el 29 de julio de 1985 en el procedimiento de separación seguido en este Juzgado con el número 1.113 de 1982, la cual permanece inalterada en todos sus extremos.

No se hace especial pronunciamiento sobre las costas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que, en su caso, deberá ser interpuesto ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes a su notificación.—Firmado y rubricado en su original.

Consta su publicación.

Y para que sirva de notificación en forma a don José Luis Cobo Franco, que se halla en ignorado paradero, he acordado la publicación del presente edicto.

Dado en Madrid, a 18 de noviembre de 2010.—La secretaria (firmado).—El magistrado-juez de primera instancia (firmado).

(02/1.524/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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