Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 65

Fecha del Boletín 
18-03-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110318-10

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 25 de febrero de 2011, por la que se hace público el Acuerdo relativo al Plan Especial de Infraestructuras de Abastecimiento de urgencia a las urbanizaciones “Cotorredondo” y “Monte Batres”, en el término municipal de Batres, afectando a los términos municipales de Batres, Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos, promovido por el Canal de Isabel II (Ac. 23/11).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en la sesión celebrada el día 24 de febrero de 2011, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Infraestructuras de Abastecimiento de urgencia a las urbanizaciones “Cotorredondo” y “Monte Batres", en el término municipal de Batres, afectando a los términos municipales de Batres, Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos, promovido por el Canal de Isabel II.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico, de 14 de febrero de 2011, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Am­biente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 14 de febrero de 2011, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 61.3.b) y 61.6 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó acuerdo del siguiente tenor literal:

Primero

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras de Abastecimiento de urgencia a las urbanizaciones “Cotorredondo” y “Monte Batres", en el término municipal de Batres, afectando a los términos municipales de Batres, Moraleja de Enmedio y Arroyomolinos, promovido por el Canal de Isabel II, con las condiciones establecidas para su desarrollo en los siguientes informes obrantes en el expediente:

— Dirección General de Ordenación e Inspección de la Consejería de Sanidad, de 15 de junio de 2010.

— Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de 12 de julio de 2010.

— Dirección General del Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, de 13 de mayo de 2010.

— Dirección General de Carreteras de la Consejería de Transportes e Infraestructuras, de 2 de julio de 2010.

— Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, de 29 de julio de 2010.

— Dirección General de Patrimonio Histórico de la Vicepresidencia, Consejería de Cultura y Deporte y Portavocía del Gobierno, de 15 de junio de 2010.

Asimismo, se deberá tener en cuenta las determinaciones recogidas en los informes, obrantes en el expediente, emitidos por los siguientes Ayuntamientos:

— Ayuntamiento de Moraleja de Enmedio, de 15 de abril de 2010.

— Ayuntamiento de Arroyomolinos, de 15 de junio de 2010.

— Ayuntamiento de Batres, de 8 de julio de 2010.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal ­Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 25 de febrero de 2011.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno Gómez.

(01/825/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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