Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 68

Fecha del Boletín 
22-03-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110322-108

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 34

EDICTO

108
Procedimiento ordinario 150 de 2007

Doña María Mercedes Abad Téllez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 34 de Madrid.

Hace saber: Que en dicho tribunal y se tramita procedimiento ordinario número 150 de 2007 a instancias de “Banesto Renting, Sociedad Anónima”, contra “Editorial Bonanza, Sociedad Anónima”, en el que por resolución de esta fecha se ha acordado notificar a “Editorial Bonanza, Sociedad Anónima”, la sentencia de 21 de diciembre de 2010, cuya parte dispositiva en su tenor literal dice:

Estimo la demanda interpuesta por el procurador don Carlos Ibáñez de la Cardiniere, en nombre y representación de “Banesto Renting, Sociedad Anónima”, frente a “Editorial Bonanza, Sociedad Anónima”, y, en consecuencia: 1) Declaro válida, en cuanto a su fecha y efectos, la resolución contractual efectuada por la actora en el contrato número 38.902. 2) Condeno a la demandada: a) A satisfacer a la actora la cantidad de 5.137 euros; b) Al pago de los intereses moratorios pactados al tipo de 2 por 100 mensual desde la última liquidación practicada hasta su completo pago; c) A la devolución del bien arrendado. Y 3) Se imponen a la demandada las costas del proceso.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid (artículo 455 de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Solo se admitirá el recurso mediante la acreditación de la constitución del depósito de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Dado en Madrid, a 17 de febrero de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/2.300/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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