Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110323-265

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

265
Ejecución 189 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.108 de 2009, ejecución número 189 de 2010-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marina González Alonso, contra las empresas “Laboratorio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, y “Clínica Vitaldent, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 7 de octubre de 2010.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que se procede a unir a los autos el anterior escrito presentado por la parte actora solicitando la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones, paso a dar cuenta a su señoría.—Doy fe.

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Gil Meana.—En Madrid, a 7 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia de fecha 30 de marzo de 2010 a favor de la parte ejecutante doña Marina González Alonso, frente a la parte ejecutada “Laboratorio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, y “Clínica Vitaldent, Sociedad Limitada”, en forma solidaria, por un principal de 1.370,10 euros, más la cantidad de 82,21 euros de intereses y 137,01 euros de costas calculadas provisionalmente, sin perjuicio de ulterior liquidación.

Decreto

Secretaria judicial, doña Eva San Pablo Moreno.—En Madrid, a 7 de octubre de 2010.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo: El embargo de los bienes de “Clínica Vitaldent, Sociedad Limitada”, en concreto los bienes que se encuentren en su domicilio, librándose al efecto testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid, al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las cuales se despacha ejecución, y a quienes servirá la presente resolución de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios materiales y personales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.

Requerir a “Clínica Vitaldent, Sociedad Limitada”, a fin de que manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrá ser sancionada, cuando menos, por desobediencia grave en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluya bienes propios susceptibles de embargo o no desvele las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrá imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que se remita a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Laboratorio Puerta Dental, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

Requiérase a la parte actora a fin de que en el plazo de cuatro días comunique a este Juzgado la cédula de identificación fiscal de la ejecutada “Clímicas Vitaldent, Sociedad Limitada”, y ello en orden a poder cursar correctamente los trámites de averiguación pertinentes respecto a dicha empresa.

Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por el plazo de quince días para que puedan instar la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designar los bienes de la deudora que les consten.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Clínica Vitaldent, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de febrero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.094/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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