Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110323-200

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

200
Demanda 1.347 de 2010

Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.347 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Fernanda Franco González, contra la empresa “Gómez & Núñez Soluciones Empresariales, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado resolución en fecha 21 de febrero de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Que estimando la demanda interpuesta por la actora doña María Fernanda Franco González, contra la empresa “Gómez & Núñez Soluciones Empresariales, Sociedad Limitada Unipersonal”, debo declarar y declaro improcedente, por defecto de forma, la decisión extintiva adoptada por la empresa demandada, y en consecuencia condenar a la misma:

1. A que, a su opción, readmita a la trabajadora en su puesto de trabajo y en las mismas condiciones que regían con anterioridad al cese, pudiendo sustituir la obligación de readmitir por el abono de una indemnización cifrada en 18.604,06 euros.

La opción deberá ser realizada de forma expresa mediante escrito o por comparecencia en la Secretaría de este Juzgado de lo social, realizada en el plazo de cinco días desde la notificación de sentencia al empresario. Caso de no optarse o hacerlo de forma diferente a la expresada, se entiende que se opta por la readmisión de la trabajadora.

2. Al abono de los salarios dejados de percibir por la actora a razón de 32,07 euros/día, desde la fecha de despido, que tuvo lugar el día 23 de agosto de 2010, hasta la notificación de la presente sentencia a la demandada.

3. Abono de la cantidad de 480,11 euros como indemnización por falta de preaviso.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gómez & Núñez Soluciones Empresariales, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 22 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/8.159/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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