Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
23-03-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110323-140

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 2

EDICTO

140
Expediente de dominio 1.079 de 2010

Doña Elena Garde García, magistrada del Juzgado de primera instancia número 2 de Pozuelo de Alarcón.

Hago saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento de expediente de dominio por exceso de cabida número 1.079 de 2010, a instancias de doña Mercedes Lillo Alemany y don Pedro Martínez Montávez, de la siguiente finca:

Sita en la calle Mariano de Lucas, número 14, de Pozuelo de Alarcón, que consta en el Registro de la Propiedad número 1 de Pozuelo de Alarcón, tomo 966, libro 959, folio 201, finca número 6.586, ocupando una superficie de 428,48 metros cuadrados, de los que se hayan edificados 37 metros cuadrados en sótano y en planta baja 123, destinándose el resto del solar a jardín. Lindero, por la derecha o Sur, según el Registro de la Propiedad es la finca de don Luis Nieto Aguadero y en la certificación catastral y proyecto de ejecución es la finca correspondiente al número 12 de la misma calle, hoy de don Ignacio Gil Vallejo. La certificación de dominio de dicha finca colindante, calle Mariano de Lucas, número 12, registral número 6.596, reconoce el mismo favor de los cónyuges don Ignacio Gil Valley doña María Dolores Astoreka Puerta.

Por el presente y en virtud de lo acordado en diligencia de ordenación de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada, para que en el término de diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente, alegando lo que a su derecho convenga.

Pozuelo de Alarcón, 2011.—La magistrada del Juzgado de primera instancia (firmado).

(02/1.754/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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