Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
25-03-2011

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110325-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MANZANARES EL REAL

RÉGIMEN ECONÓMICO

78
Períodos cobranza tributos 2011

Por decreto de Alcaldía 241/2011, de 2 de marzo, se han aprobado los períodos de cobranza de tributos para el presente ejercicio de 2011 que a continuación se indican:

Calendario tributario para el ejercicio de 2011, en período voluntario (sin perjuicio de modificaciones producidas por cuestiones técnicas que serán debidamente publicadas, en su caso):

— Período de cobro del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 1 de marzo al 3 de mayo de 2011.

— Período de cobro de la tasa de recogida de residuos sólidos: del 1 de julio al 31 de agosto de 2011.

— Período de cobro del impuesto sobre actividades económicas: del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.

— Período de cobro del impuesto sobre bienes de naturaleza rústica: del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.

— Período de cobro del impuesto sobre bienes de naturaleza urbana: del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.

Período de cobro acogiéndose al sistema especial de pago fraccionado del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: 50 por 100 de la cuota desde el día 3 de mayo al 4 de julio de 2011, y 50 por 100 restante del 1 de octubre al 30 de noviembre de 2011.

Transcurridos los plazos señalados, se procederá al cobro de los recibos que no hayan sido satisfechos en período voluntario por la vía de apremio con los incrementos en concepto de recargos, intereses y costas que procedan.

Lo que se hace público para general conocimiento.

En Manzanares el Real, a 2 de marzo de 2011.—El alcalde, Óscar Cerezal Orellana.

(02/2.320/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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