Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
28-03-2011

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110328-132

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Servicio Público de Empleo Estatal

Subdirección General de Políticas Activas de Empleo

132
Notificación reintegros de subvenciones

La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal ha dictado resolución, de 20 de enero de 2011, que acuerda declarar responsable subsidiario a don Antonio Martínez Robles, con documento nacional de identidad número 74419722-W, de la obligación de reintegrar la cantidad de 31.852,14 euros, referente al expediente de subvención de formación continua F20021903, correspondiente a la deudora principal, “Ambulancias de la Región Murciana, Sociedad Limitada”, con domicilio a efectos de notificación sito en la calle Divino Vallés, número 31, local, bajo derecha, 28045 Madrid.

Habiéndose intentado infructuosamente la notificación conforme al artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se procede a la publicación del presente extracto.

El interesado tiene a su disposición una copia íntegra de la citada comunicación en las dependencias de la Unidad de Reintegros de Subvenciones de la Subdirección General de Políticas Activas de Empleo del Servicio Público de Empleo Estatal: calle Torrelaguna, número 56, 28027 Madrid.

La deuda declarada deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta número 9000/0001/20/0203405113 del Banco de España, a nombre del Servicio Público de Empleo Estatal (INEM) en el plazo de quince días a partir del día siguiente a la publicación de la resolución, con indicación expresa del número de expediente a que se refiere.

De no realizarse el reintegro en el plazo señalado, se exigirá en vía ejecutiva, según lo establecido en el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación.

Contra la citada resolución el interesado podrá interponer recurso de alzada ante el ministro de Trabajo e Inmigración en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, según lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La interposición de recurso de alzada no suspende la ejecución de la obligación de reintegro.

Madrid, a 20 de enero de 2011.—El subdirector general de Políticas Activas de Empleo, Adolfo Hernández Gordillo.

(02/1.575/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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