Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 73

Fecha del Boletín 
28-03-2011

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110328-188

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Novena

EDICTO

188
Procedimiento ordinario 1.190 de 2008

Doña Paloma Tuñón Lázaro, secretaria de la Sección Novena de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Hago saber: Que en el recurso de procedimiento ordinario número 1.190 de 2008, que se sigue en esta Sección a instancias de “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”, ha recaído sentencia, cuyos encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

En Madrid, a 8 de octubre de 2010.—Visto por la Sección Novena de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso-administrativo número 1.190 de 2008, interpuesto por la procuradora de los tribunales doña Ana Llorens Pardo, en nombre y representación de “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, por la que se aprueba la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de 3 de diciembre de 2008, habiendo sido parte la Administración demandada, Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, procesalmente representado por el procurador de los tribunales don Javier del Campo Moreno.

Fallamos

Que estimando parcialmente el presente recurso contencioso-administrativo número 1.190 de 2008, interpuesto por la procuradora de los tribunales doña Ana Llorens Pardo, en nombre y representación de “Telefónica Móviles España, Sociedad Anónima Unipersonal”, contra la ordenanza fiscal del Ayuntamiento de San Lorenzo de El Escorial, por la que se aprueba la tasa por aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros de interés general, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 288, de 3 de diciembre de 2008, debemos anular y anulamos, exclusivamente, el artículo 5 de la misma por no ser ajustado al ordenamiento jurídico.

No ha lugar a la imposición de las costas procesales causadas en esta instancia.

Así, por esta nuestra sentencia, juzgando, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.384/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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