Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110329-261

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

261
Ejecución 5 de 2011

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 5 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Beatriz Chacón Núñez, contra las empresas “Trisa, Sociedad Limitada”, y “MT Producciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto, despachando ejecución de fecha 28 de enero de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Begoña García Álvarez.—En Madrid, a 28 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante, doña Gema Beatriz Chacón Núñez, frente a la parte ejecutada “Trisa, Sociedad Limitada”, y “MT Producciones, Sociedad Limitada”, por importe de 15.225,78 euros en concepto de principal, más otros 1.522,57 euros, más otros 1.522,57 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso puedan devengarse durante la ejecución, y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Decreto

Secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 28 de enero de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitas, acuerdo: Requerir a “Trisa, Sociedad Limitada”, y “MT Producciones, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifieste relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrán ser sancionadas, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presente la relación de sus bienes, incluya en ella bienes que no sean suyos, excluyan bienes propios susceptibles de embargo o no desvelen las cargas y gravámenes que sobre ellos pesaren, y podrán imponérsele también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Trisa, Sociedad Limitada”, y “MT Producciones, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número 2526/0000/00/0853/10.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “MT Producciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de enero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.879/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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