Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 74

Fecha del Boletín 
29-03-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110329-262

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

262
Demanda 945 de 2010

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 945 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Luminita Elena Dobrica, doña María Victoria Esteban Encinas, doña Raquel García Zarza, doña Josefa Giles González, don Sergio Gómez Piñeiro, don Miguel Gómez Piñeiro, doña Carmen Gonzaga Monge, doña Consuelo González Hidalgo, doña Concepción Guerra Cuesta, don Luis Guijarro Suárez, doña María Judit Jiménez Gaona, don Abdel Jouard Kandil Chekroun, doña Ana Isabel Llorens Sánchez, don Juan José Llorente Miedes, doña Yolanda Lumbreras Díaz, doña Eva Adán Morato, don Manuel Álvarez Romero, doña Rosario Álvarez Álvarez, doña Basilisa Álvarez Álvarez, doña Adoración G. Calcerrada Reviriego, doña Pilar Carbajo Sanz, don Miguel Barbero de la Osa, don Javier Bernaldo Quirós Blanco, don Pedro Javier Casares Zafra, doña María Begoña de la Cruz Arrabal, doña Montserrat de la Fuente Ramón, doña Ana Isabel del Canto Fernández, doña Antonia Díaz Vizcaíno, doña Gema Díaz del Río Batanero, don Óscar Donis Sevillano, doña María del Carmen Murga López, doña Jesusa Martín Santos, don Carlos Martínez Martín, doña María Victoria Mencía Gutiérrez, doña María Victoria Mijares Molina, doña Nuria Patiño Martín, doña María Teresa Pérez Pérez, doña Eva María Pérez Macías, doña Hortensia Rodríguez Izquierdo, doña Ana San Vicente González, don Miguel Ángel Sierra Hernández, don Hilario Moreno Mora Granados, don Juan Manuel Morante Martín, doña Viviana M. Wong Abdala y don Eduardo Ibáñez Tamayo, contra Asociación Ferroviaria Médico Farmacéutica de Previsión Social, “Clínica del Valle, Sociedad Limitada”, y “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 17 de febrero de 2011 y decreto de fecha 23 de febrero de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:

Auto

En Madrid, a 17 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

Vistos los preceptos indicados y demás de general aplicación, su señoría, ante mí, dijo: que procedía despachar ejecución dineraria en aplicación de lo dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Procedimiento Laboral en la cuantía que se establezca en el decreto que ha de dictarse a continuación, mandándose oficiar al Instituto Nacional de la Seguridad Social a los efectos de alta y cotización de los trabajadores en aplicación de lo dispuesto en el artículo 282.b) de la Ley de Procedimiento Laboral, y en el mismo sentido, respecto de la actuación de los miembros del comité de empresa, delegados de personal o delegados sindicales, respecto de sus funciones y actividades propias.

Decreto

Secretario judicial, don Máximo Javier Herreros Ventosa.—En Madrid, a 23 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitas, acuerdo: Requerir a “Clínica del Valle, Sociedad Limitada”, y “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, a fin de que en el plazo de diez días manifiesten relacionadamente bienes y derechos suficientes para cubrir la cuantía de la ejecución, que asciende a 929.391,92 euros, con expresión, en su caso, de las cargas y gravámenes, así como, en el caso de inmuebles, si están ocupados, por qué personas y con qué título, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo, podrán ser sancionadas, cuando menos, por desobediencia grave, en caso de que no presenten la relación de sus bienes, incluyan en ella bienes que no sean suyos, excluyan bienes propios susceptibles de embargo o no desvelen las cargas y gravámenes que sobre ellas pesaren, y podrán imponérseles también multas coercitivas periódicas.

Librar los despachos pertinentes a fin de que remitan a este órgano relación de bienes y derechos de la parte ejecutada “Clínica del Valle, Sociedad Limitada”, y “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, despachos que se remitirán a las oficinas de colaboración correspondientes.

En caso positivo, se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a las ejecutadas, hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con el número 2526/0000/00/0945/10.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Centro Traumatológico Madrileño, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 25 de febrero de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/8.790/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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