Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2011

Sección 1.3.40.28: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110330-26

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID

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Resolución de 3 de marzo de 2011, del Director, por la que se aprueba la creación del fichero “Atención al ciudadano”.

El artículo 14 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, establece que la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid es un ente de derecho público de los previstos en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, actuando en el ejercicio de sus funciones con plena independencia de la Administración de la Comunidad.

El artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realizará mediante disposición de carácter general, que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o en el diario oficial que corresponda.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 40/2004, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, la Secretaría General desarrolla, entre otras funciones, la de “Informar al ciudadano de los derechos que la Ley le reconoce en relación con el tratamiento de sus datos de carácter personal”.

El procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros ha sido desarrollado por el Decreto 99/2002, de 13 de junio. De conformidad con el citado decreto, se elaboró un proyecto de resolución de creación del fichero “Atención al ciudadano”, que contiene datos de carácter personal relativos a la gestión de las consultas relacionadas con la protección de datos personales.

El proyecto de resolución ha sido sometido al trámite de alegaciones y ha sido objeto del preceptivo informe por parte de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y de la Dirección General de los Servicios Jurídicos.

La creación de este fichero se ajusta a los términos y condiciones fijados tanto en la Ley 8/2001, de 13 de julio citada, como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999.

En virtud de todo lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 11 del Decreto 40/2004, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, y a fin de dar cumplimiento al mandato legal del artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, el Director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid

RESUELVE

Primero

Proceder a declarar la creación del fichero de datos de carácter personal denominado “Atención al ciudadano”, cuyo contenido se describe en el Anexo único.

Segundo

La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 3 de marzo de 2011.—El Director de la Agencia de Protección de Datos, Santiago Abascal Conde.

ANEXO

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: ATENCIÓN AL CIUDADANO.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): Otras instituciones de la Comunidad de Madrid, Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. Secretaría General.

Nombre y descripción del fichero: ATENCIÓN AL CIUDADANO.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico.

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero: Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella. Otros datos de carácter identificativo: Dirección correo electrónico.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN DE LAS CONSULTAS RELACIONADAS CON PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES QUE PERSONAS FÍSICAS O REPRESENTANTES DE PERSONAS JURÍDICAS PLANTEAN AL DEPARTAMENTO DE ATENCIÓN AL CIUDADANO.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y RESIDENTES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos: El propio interesado o su representante legal, otras personas físicas, entidad privada, Administraciones Públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales: No se prevén cesiones.

(03/11.066/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.28: I. COMUNIDAD DE MADRID

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