Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110330-125

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 58

EDICTO

125
Procedimiento ordinario 76 de 2007

En el procedimiento juicio ordinario número 76 de 2007 seguido en este Juzgado se ha dictado sentencia de fecha 1 de marzo de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Fallo

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda y, en consecuencia, se debe condenar a los ignorados herederos de don Jesús Hernández Fernández a que eleven a escritura pública el contrato privado de fecha 19 de diciembre de 1977 favor de los actores de la finca sita en la calle Alfonso Fernández, número 24, piso bajo, letra B, de Madrid, inscrita en el Registro de la Propiedad número 15 de Madrid, en el tomo 255, folio 120, finca número 20.706, inscripciones segunda y tercera, y sin imposición de la condena de las costas causadas.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días. De conformidad con el contenido de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se indica a las partes que para la interposición del recurso de apelación la necesidad de constituir un depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (número 2655/0000/02 y número de procedimiento/año), indicando en el depósito que se trata del recurso de apelación.

Y para que sirva de notificación a los demandados doña Cristina Hernández Pérez, doña Isabel Congosto Hernández e ignorados herederos de don Jesús Hernández Pérez se expide la presente en Madrid, a 1 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(02/2.640/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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