Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110330-142

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

142
Demanda 1.828 de 2008

Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.828 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Moll Santa Isabel, contra don Alfonso González de Mármol, “Construcciones Igma 2000, Sociedad Limitada”, doña Teresa Aragón Sánchez, doña Belén Carvajal Gómez Cano, “Pirámides Instal, Sociedad Limitada”, y “Labici Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Rosario Barrio Pellegrini.—En Madrid, a 11 de marzo de 2011.

Con motivo del traslado de esta sede judicial a partir del día 8 de abril del presente año a la calle Princesa, número 3, segunda planta, 28008 Madrid, se remiten telegramas a las partes, a fin de participarles que los actos de conciliación y/o juicio señalados en este procedimiento para el día 7 de abril de 2011, a las nueve y treinta horas, se celebrarán en la nueva sede.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Igma 2000, Sociedad Limitada”, doña Belén Carvajal Gómez Cano y “Labici Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.569/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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