Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 75

Fecha del Boletín 
30-03-2011

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110330-91

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

OFERTAS DE EMPLEO

91
Nombramiento

Visto en el expediente, que con motivo del resultado de las últimas elecciones sindicales a personal funcionario, celebradas con fecha 23 de febrero de 2011, la sección sindical del CPPM, mediante escrito de fecha 10 de marzo de 2011, ha designado nominalmente a nuevos vocales titular y suplente, en representación de la citada sección sindical, en el tribunal del concurso-oposición para cubrir cinco plazas de auxiliar de control y mantenimiento de edificios públicos (cuyas bases específicas fueron aprobadas mediante decreto de Alcaldía 34/10, de 4 de marzo de 2010, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de abril de 2010, número 90).

En consecuencia, y en uso de las competencias que me atribuye el artículo 21.1 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, decreto:

Primero.—Nombrar a propuesta de la sección sindical del CPPM, a don José Rodríguez Pedrero, en sustitución de don José Manuel Galindo Alcaide, y a don Rubén Gascón López, en sustitución de don José Molina Pérez, como representantes sindicales titular y suplente, respectivamente, con voz y sin voto, del tribunal calificador nombrado por decreto de Alcaldía 193/10, de 29 de octubre de 2010, en el proceso selectivo para proveer cinco plazas de auxiliar de control y mantenimiento de edificios públicos.

Segundo.—Publicar la presente resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:

I. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que ha dictado el presente decreto, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación (artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Transcurrido un mes desde la interposición del recurso sin que se dicte y notifique su resolución, se entenderá desestimado por silencio administrativo, pudiendo en este caso interponer contra la desestimación presunta, recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses.

II. Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación del presente decreto. En ambos casos, el recurso contencioso-administrativo se interpondrá ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel (artículos 8.1 y 14.1.2.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).

III. Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime procedente (artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

En Humanes de Madrid, a 14 de marzo de 2011.—El alcalde, Adolfo Álvarez Sojo.

(03/10.070/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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