Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2011

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110331-69

Páginas: 22


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN

Tesorería General de la Seguridad Social

Dirección Provincial de Madrid

69
Edicto embargo bienes inmuebles

URE 28/01.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña Gloria Soto González, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01, con domicilio en la C/ Juan Bravo, 49 dpdo., 28006 Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en los expedientes que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLÁNDOSE LOS DEUDORES O LOS COTITULARES DEL INMUEBLE EN PARADERO DESCONOCIDO.

Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra los deudores relacionados a continuación y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el artículo 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

NOMBRE: DIRINVER SA.- DOMICILIO: CALLE CASTELLO NÚMERO 24- 2º D.- 28006 DE MADRID.- DATOS FINCA: PARCELA NÚMERO 65 RUSTICA DE CEREAL SECANO EN SITIO HILERA DE ZARZAS, TERMINO MUNICIPAL DE VIÑUELAS, REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE COGOLLUDO, GUADALAJARA, FINCA NÚMERO 3139.- SUPERFICIE: DOS HECTAREAS, NOVENTA Y SEIS AREAS Y DIEZ CENTIAREAS. DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS INCLUIDOS RECARGOS E INTERESES: 10.363,84 EUROS.

NOMBRE: MARIA TERESA MAKOLI IYANGA.- DOMICILIO: CALLE MADRID NÚMERO 40-2-4 IZD EN HUMANES DE MADRID.- DATOS FINCA URBANA: CALLE CAMINO DE LA MORALEJA SN, URBANIZACION LA ERMITA EN GRIÑON, REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 3 DE FUENLABRADA, MADRID, FINCA NÚMERO: 11851.-SUPERFICIE CONSTRUIDA:112,80M2.- DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS INCLUIDOS RECARGOS E INTERESES: 7.454,05 EUROS.

NOMBRE: JOSE ANGEL GIMENEZ HERNANDO.- DOMICILIO: CL ALCANTARA NÚMERO 64, 28006 MADRID.- DATOS FINCA URBANA: CALLE ALCANTARA NÚMERO 64, 1º, 28006, REGISTRO DE LA PROPIEDA DE MADRID NÚMERO 22, FINCA: 70968.- SUPERFICIE UTIL: 36,18 M2.- DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS INCLUIDOS RECARGOS E INTERESES: 25.777,70 EUROS.

NOMBRE: JOSE IGNACIO LIZASO AZCUNE.- DOMICILIO: CL DOCE DE OCTUBRE NÚMERO 15 DE MADRID.- DATOS FINCA: PLAZA DE GARAJE NÚMERO 89, 3º SOTANO, 28001, REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 1 DE MADRID, FINCA: 53716.- SUPERFICIE: 9,60M2.- DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS INCLUIDOS RECARGOS E INTERESES: 11.429,54 EUROS.

NOMBRE: JOSE MARIA MUGICA SALVADORES.- DOMICILIO: CL AYALA NÚMERO 6-6ºD DE MADRID.- DATOS FINCAS URBANAS: REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ALICANTE NÚMERO 7, FINCA NÚMERO 4250, VIVIENDA UNIFAMILIAR EN URB URBANOVA NÚMERO 3, AGUA AMARGA EN ALICANTE, SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 112M2 CON DERECHO A JARDIN Y ZONA COMUN.- FINCAS NÚMERO 4022/73, PLAZA DE GARAJE NÚMERO 13 Y NÚMERO 4022/74, PLAZA DE GARAJE NÚMERO 77 EN URB URBANOVA NÚMERO 3, AGUAMARGA DE ALICANTE.- DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS INCLUIDOS RECARGOS E INTERESES:97.840,16 EUROS. NOTIFIQUESE ESTA DILIGENCIA A LA CONYUGE DOÑA MARIA ISABEL PUY MATE.

NOMBRE: LORENA GORINELLA RUIZ.- DOMICILIO: CL HONTORIA DEL PINAR NÚMERO 5- 14 DE MADRID.- DATOS FINCA URBANA: CL HONTORIA DEL PINAR NÚMERO 5, 14D DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 29 DE MADRID, FINCA NÚMERO 17515, SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 187,23M2.- DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS INCLUIDOS RECARGOS E INTERESES: 7.339,16 EUROS.

NOMBRE: JESUS MANUEL PEREZ RODRIGUEZ.- DOMICILIO: CL UTRILLAS NÚMERO 43 DE MADRID.- DATOS FINCA URBAÑA: RUSTICA SECANO CON OLIVOS EN TEMINO DE VIANDAR DE LA VERA, CACERES, PARAJE JUERTA, FINCA NÚMERO 1389 DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE JARANDILLA DE LA VERA, CACERES.- DEUDA POR CUOTAS Y OTROS CONCEPTOS INCLUIDOS RECARGOS E INTERESES: 5.548,19 EUROS. NOTIFIQUESE ESTA DILIGENCIA A LOS COTITULARES: D. JOSE LUIS PEREZ RODRIGUEZ Y D. JOSE PEREZ MARTIN.

De los citados embargos se efectuará anotación preventiva de embargo en los Registros de la Propiedad correspondientes a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor, cónyuge o cotitulares del inmueble en paradero ignorado notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta Municipal del Municipio correspondiente al último domicilio conocido del correspondiente titular, en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto /2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto, podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el artículo 43.1 del Real Decreto 1415/2004, recurso ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de la publicación de este Edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el artículo 43.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

Madrid, 10 MARZO DE 2011.-La Recaudadora Ejecutiva, Gloria Soto González.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

Doña Gloria Soto González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/01, sita en la calle Juan Bravo número 49, en Madrid.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 01 08 108235 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por deudas a la Seguridad Social, contra ARESH ASOCIADOS S.COOP.MAD., cuyo último domicilio conocido fue en calle Velázquez número 126, 28001 Madrid, se ha dictado la providencia de subasta pública de bienes inmuebles, que después se transcribirá.

Hallándose la empresa deudora ARESH ASOCIADOS S.COOP.MAD en paradero ignorado o no habiendo podido ser notificados por encontrarse ausente tras dos intentos fallidos de notificación, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el correspondiente Diario Oficial, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 9 y 116 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) y los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Lo que se hace público a efecto de que sirva de notificación a la empresa deudora, cotitulares, acreedores preferentes y a los demás interesados.

Madrid, 21 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva, Gloria Soto González.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 15 de febrero de 2011 la subasta de bienes inmuebles propiedad de ARESH ASOCIADOS S.COOP.MAD. que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 28 de abril de 2011, a las 10:00 horas en la calle Agustín de Foxá, 28-30, entrada por c/ Manuel Ferrero, 15 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como su tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

RELACIÓN DE BIENES A SUBASTAR: DATOS FINCA URBANA: VIVIENDA ADOSADA EN UR PUERTA SOL PARC RU18-10., ACTUALMENTE CL CRIADO DEL VAL NÚMERO 20, 19190 TORIJA, GUADALAJARA, FINCA NÚMERO 19331.- CARGAS SUBSISTENTES: HIPOTECA IBERCAJA POR IMPORTE DE 203.222,73 EUROS.- IMPORTE DE LA TASACION A EFECTOS DE SUBASTA: 156.970,49 EUROS.- TIPO DE SUBASTA: 68.970,49 EUROS.

Doña Gloria Soto González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/01, sita en la calle Juan Bravo número 49, en Madrid.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 01 08 183411 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por deudas a la Seguridad Social, contra FRANCISCO JAVIER LOPEZ LAFARGA, cuyo último domicilio conocido fue en calle Reserva de Biniorella número 1, 07150 Andratx, Islas Baleares, se ha dictado la providencia de subasta pública de bienes inmuebles, que después se transcribirá.

Hallándose la cónyuge del deudor y cotitular del inmueble Dña ANDREA URSULA ECKNAUER BERCHTOL, con domicilio en cl Menhir (colina Golf) número 45, 07160 Camp de Mar, Islas Baleares en paradero ignorado o no habiendo podido ser notificados por encontrarse ausente tras dos intentos fallidos de notificación, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el correspondiente Diario Oficial, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 9 y 116 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) y los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Lo que se hace público a efecto de que sirva de notificación a la empresa deudora, cotitulares, acreedores preferentes y a los demás interesados.

Madrid, 21 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva, Gloria Soto González.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 09 de febrero de 2011 la subasta de bienes inmuebles propiedad de FRANCISCO JAVIER LOPEZ LAFARGA que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 28 de abril de 2011, a las 10:00 horas en la calle Agustín de Foxá, 28-30, entrada por c/ Manuel Ferrero, 15 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como su tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

RELACIÓN DE BIENES A SUBASTAR: DATOS FINCA URBANA: APARTAMENTO DE AV GABRIEL ROCA NÚMERO 4, 2º, EN PUERTO DE ANDRAXT, ISLAS BALEARES, FINCA: 18010.- CARGAS SUBSISTENTES: CAJA AHORROS DE SALAMANCA Y SORIA: HIPOTECA DE 67.765,58 EUROS.- IMPORTE DE LA TASACION A EFECTOS DE SUBASTA: 85.444,49 EUROS.- TIPO DE SUBASTA: 17.678,91 EUROS.

Madrid, a 14 DE MARZO DE 2011.-EL DIRECTOR PROVINCIAL, Rodrigo Mares Ramírez.

NOTIFICACIÓN DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

Doña GLORIA SOTO GONZALEZ, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/01 de las de Madrid, con domicilio en la Cl Juan Bravo número 49, 28006 de Madrid.

Hace saber: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la VALORACIÓN de los bienes inmuebles más abajo descritos.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al del recibo de la presente valoración inicial. En caso de discrepancia entre ambas valoraciones se aplicará la siguiente regla:

- Si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20%, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la U.R.E. solicitará a los Colegios Profesionales o mercantiles la designación de otro perito, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, deberá estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DÍAS, contados a partir de la publicación del presente, comparezcan en el expediente por sí o por medio de representante autorizado, a fin de señalar persona y domicilio para la practica de las notificaciones a las que haya lugar en el procedimiento, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin personarse se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento.

NOMBRE RAZON SOCIAL:SALA EMIR.- DOMICILIO: CL FRANCISCO NAVACERRADA NÚMERO 6, 1ºIZQ, 28006 MADRID.- DATOS FINCA: CL EL PEINADO NÚMERO 16, 2º, EN TORREVIEJA, ALICANTE, FINCA: 18186.- SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 41,47M2.- IMPORTE DE LA TASACION A EFECTOS DE SUBASTA: 62.987,95 EUROS.

Madrid a 23 de marzo de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Gloria Soto Gonzáalez.

URE 28/03.

EDICTO DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don Nicasio Fuentes Cobos, Recaudador Ejecutivo de la Ure 2803 de Madrid, con domicilio en la calle Fuencarral 77 - 4º planta.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra, EMPERADOR ARRIBAS MARIA DEL CARMEN por deudas a la Seguridad Social por el Régimen GENERAL, y cuyo último domicilio conocido es el CL HERMANOS PINZON 3 8 C de MOSTOLES y como cotitular SANTIAGO MARTIN LORENTE GARCIA PARRADO y cuyo último domicilio conocido es el CL HERMANOS PINZON 3 8 C de MOSTOLES, se procedió con fecha de 07 de febrero de 2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

Tipo/Identificador: 10 28176161286 Régimen 0111.

Número expediente: 28 03 10 00140892.

Nombre/Razón social: EMPERADOR ARRIBAS MARIA DEL CARMEN.

Domicilio: CL HERMANOS PINZON 3 8 C.

Localidad: 28937 - MOSTOLES.

Número de documento: 28 03 501 11 008795619.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA - 501).

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 050070176Q, por deudas a la Seguridad Social una vea notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NUM DE P. APREMIO. – PERIODO. – RÉGIMEN.

28 09 093564163. – 06 2009/06 2009. – 0111.

28 09 100392559. – 07 2009/07 2009. – 0111.

28 09 092921034. – 02 2009/02 2009. – 0111.

28 09 092921337. – 03 2009/03 2009. – 0111.

28 09 100392660. – 07 2009/07 2009. – 0111.

28 09 092920226. – 06 2008/06 2008. – 0111.

28 09 092920327. – 07 2008/07 2008. – 0111.

28 09 092920428. – 08 2008/08 2008. – 0111.

28 09 092920529. – 09 2008/09 2008. – 0111.

28 09 092920630. – 10 2008/10 2008. – 0111.

28 09 092920731. – 11 2008/11 2008. – 0111.

28 09 092920832. – 12 2008/12 2008. – 0111.

28 09 092920933. – 01 2009/01 2009. – 0111.

28 10 012710602. – 08 2009/08 2009. – 0111.

28 10 017058626. – 09 2009/09 2009. – 0111.

28 10 024218135. – 10 2009/10 2009. – 0111.

28 10 031101600. – 11 2009/11 2009. – 0111.

28 10 038074886. – 12 2009/12 2009. – 0111.

28 10 044657651. – 01 2010/01 2010. – 0111.

28 10 058595440. – 02 2010/02 2010. – 0111.

28 10 064887003. – 03 2010/03 2010. – 0111.

28 10 067040605. – 04 2010/04 2010. – 0111.

28 10 087955219. – 05 2010/05 2010. – 0111.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 128.873,16 euros..

RECARGOS DE APREMIO: 25.892,26 euros..

INTERESES: 12.513,26 euros..

COSTAS DEVENGADAS: 00,00 euros..

COSTAS PRESUPUESTAS: 250,00 euros..

TOTAL DÉBITOS: 167.528,68 euros..

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del l Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifique se esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicando les que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a los efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de la deuda, y que servir para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaran la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, considerada la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes no exceda el 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en un plazo no superior a quince días desde sus designación. Dicha valoración, que será la definitiva aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para aplicar el tipo de la subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitara certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevaran a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización para la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Madrid, a 7 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Nicasio Fuentes Cobos.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: EMPERADOR ARRIBAS MARIA DEL CARME.

FINCA NUMERO: 01.

DESCRIPCIÓN FINCA: URBANA - VIVIENDA.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: HERMANOS PINZON NÚMERO VÍA: 3 ESCAALERA: 4 PISO: 8 PUERTA: C COD POST: 28937 COD-MUNI: 2 8092.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REGISTRO: 28122 NÚMERO TOMO: 1242 NÚMERO LIBRO: 0081 NÚMERO FOLIO: 0146 NÚMERO FINCA08335.

FINCA NUMERO: 02.

DESCRIPCIÓN AMPLIADA.

URBANA VIVIENDA EN EL MUNICIPIO DE MOSTOLES, CALLE HERMANOS PINZON 3, PORTAL 4 PLANTA 8 PUERTA C.

TITULARIDAD DE LA DEUDORA 50% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA.

MADRID, a 7 de FEBRERO de 2011-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Nicasio Fuentes Cobos.

EDICTO DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Don Nicasio Fuentes Cobos, Recaudador Ejecutivo de la Ure 2803 de Madrid, con domicilio en la calle Fuencarral 77 - 4º planta.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra, SIMBAÑA MUQUINCHE MYRIAM por deudas a la Seguridad Social por el Régimen Autónomo y cuyo último domicilio conocido es el CL FEIJOO 8de MADRID, y como cotitular D. CESAR AUGUSTO RUESTA ASCOY y cuyo último domicilio conocido es el CL FEIJOO 8 de MADRID se procedió con fecha de 25 de FEBRERO de 2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

Tipo/Identificador: 07 281093786383 Régimen 0521.

Número expediente28 03 09 00299196.

Nombre/Razón social: SIMBAÑA MUQUINCHE MYRIAM.

Domicilio: CL FEIJOO 8.

Localidad: 28001-MADRID.

Número de documento: 28 03 501 11 011732089.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA - 501).

DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social contra el deudor de referencia, con DNI/NIF/CIF número 050635597Q, por deudas a la Seguridad Social una vea notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica:

NUM DE P. APREMIO PERIODO RÉGIMEN.

28 09 063667046. – 04 2006/04 2009. – 0521.

28 09 068565647. – 05 2009/05 2009. – 0521.

28 09 075588952. – 06 2009/06 2009. – 0521.

28 09 084007441. – 07 2009/07 2009. – 0521.

28 09 089672443. – 08 2009/08 2009. – 0521.

28 09 099869365. – 09 2009/09 2009. – 0521.

28 09 104420483. – 10 2009/10 2009. – 0521.

28 10 015925544. – 11 2009/11 2009. – 0521.

28 10 023268545. – 12 2009/12 2009. – 0521.

28 10 028853119. – 01 2010/01 2010. – 0521.

28 10 035105373. – 02 2010/02 2010. – 0521.

28 10 041438059. – 03 2010/03 2010. – 0521.

28 10 048817739. – 04 2010/04 2010. – 0521.

28 10 057961910. – 05 2010/05 2010. – 0521.

28 10 063819191. – 06 2010/06 2010. – 0521.

28 10 070687906. – 07 2010/07 2010. – 0521.

28 10 079857638. – 08 2010/08 2010. – 0521.

28 10 087473956. – 09 2010/09 2010. – 0521.

IMPORTE DEL PRINCIPAL: 4.507,92 euros..

RECARGOS DE APREMIO: 901,62 euros..

INTERESES: 240,28 euros..

COSTAS DEVENGADAS: 0,00 euros..

COSTAS PRESUPUESTAS: 250,00 euros..

TOTAL DÉBITOS: 5.899,82 euros..

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del l Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la RELACIÓN adjunta.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas o colaboradores que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a los efectos de la posible venta en publica subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de la deuda, y que servir para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese de acuerdo con la valoración que se efectúe, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le hayan sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicaran la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, considerada la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes no exceda el 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en un plazo no superior a quince días desde sus designación. Dicha valoración, que será la definitiva aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para aplicar el tipo de la subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitara certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevaran a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización para la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 días desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de las garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, “Boletín Oficial del Estado” del día 25), lo que se comunica a efectos oportunos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y de Procedimiento Administrativo común.

Madrid, a 25 de FEBRERO de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Nicasio Fuentes Cobos.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

DEUDOR: SIMBAÑA MUQUINCHE MYRIAM.

FINCA NUMERO: 01.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: URBANAPIJO FEIJO 8 SENISOTANO DERECHA LETRA A.

TIPO VÍA: CL NOMBRE VÍA: FEIJO NÚMERO VÍA: 8 PISO: SO PUERTA: DCCOD POST: 28010 COD-MUNI: 28079.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REGISTRO: 28 NÚMERO TOMO: 2724 NÚMERO LIBRO: 0727 NÚMERO FOLIO: 158 NÚMERO FINCA: 2915.

MADRID, a 25 de FEBRERO de 2010.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Nicasio Fuentes Cobos.

URE 28/06.

EDICTO DE PROVIDENCIA PARA LA PRORROGA DE ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra LOPEZ PADILLA MARIANO, por deudas a la Seguridad Social por el Régimen Autónomos y cuyo último domicilio conocido es el Cl. Ricardo Ortiz, 39, 28017 Madrid, se procedió con fecha de 21 de febrero de 2011 el Mandamiento de prórroga de Anotación Preventiva de embargo de Bienes Inmuebles, cuya providencia a continuación se transcribe:

Tipo/Identificador: 07 280904477100 Régimen 0521.

Número expediente: 28 06 05 00257004.

Deuda pendiente: 26.490,98.

Nombre/Razón social: LOPEZ PADILLA MARIANO.

Domicilio: Cl. Ricardo Ortiz, 39.

Localidad: 28017 Madrid.

DNI/CIF/NIF: 1.800.744-M.

Número de documento: 28 03 511 11 010716724.

PROVIDENCIA PARA LA PRORROGA DE ANOTACION PREVENTIVA DE EMBARGO POR CUTRO AÑOS.

PROVIDENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI: 1.800.744-M, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practico embargo de fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de ESCALONA (Toledo), garantizando la suma total de 1.797,88 euros., que incluye el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA ANOTACION.

0126. – 1068. – 0097. – 12714 A.

Que no siendo posible la ultimación del procedimiento antes de que transcurran los 4 años desde la anotación registral del embargo de dichas fincas, ACUERDO solicitar del Sr. Registrador de la Propiedad de ESCALONA (Toledo), la prórroga, por el, plazo de 4 años más, de las anotaciones registrales del embargo de las fincas relacionadas, al amparo de lo dispuesto en el artículo 86 de la Ley Hipotecaria.

Madrid, a 21 de febrero de 2011.-El recaudador ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

RELACION DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS.

DEUDOR: LOPEZ PADILLA MARIANO.

DATOS DE LA FINCA URBANA.

DESCRIPCIÓN FINCA: PARCELA DE TERRENO CON VIVIENDA 50% PLENO DOMINIO.

TIPO VÍA: CALLE IGLESUELA, ACTUALMENTE CALLE HUERTA DE VALDECARABANOS NÚMERO 10, DE ESCALONA (Toledo).

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REGISTRO: 1 NÚMERO TOMO: 1068 NÚMERO LIBRO: 126 NÚMERO FOLIO: 97 NÚMERO FINCA: 12714.

DESCRIPCION AMPLIADA.

PARCELA DE TERRENO EN EL SITIO DE LA PARRA, CON UNA SUPERFICIE DE 170 M², CON UNA CASA CONSTRUIDA DE UNA SUPERFICIE DE 76 M².

Madrid a 16 de marzo de 2011.El recaudador ejecutivo. Agustín Rama Manzano.

EDICTO DE NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/06, con sede en la avenida de la Albufera, número 41, 28038 Madrid.

HAGO SABER: Que en el expediente ejecutivo número 28 06 03 00163481 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, contra el deudor ANA MARIA CARMEN MATILLA SUAREZ, cuyo último domicilio conocido es calle Arco del Poniente, 21, 28110 Majadahonda (Madrid), por deudas a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, se ha dictado providencia de subasta pública de bienes inmuebles, propiedad de la deudora y de Dolores Rosario Suarez Andrés, Dolores Laura Matilla Suarez y Antonia Menéndez Suarez, que a continuación se transcribe:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al deudor, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social y en virtud de lo establecido en el artículo 88 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se publica la presente providencia de subasta, a fin de que surta efectos como notificación a la empresa afectada.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 23 de febrero de 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 28 de abril de 2011, a las 10 horas, en la calle Agustín de Foxá, 28-30 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar ofertas hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como el tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor, y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge del deudor, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de bienes.

RELACION DE BIENES QUE SE SUBASTAN:

FINCA URBANA: LA NUDA PROPIEDAD DE UNA SEXTA PARTE INDIVISA DE VIVIENDA en calle Gil Imón número 10, Esc. 1ª, 4º A, 28005 Madrid, superficie construida 80 m².

DATOS DEL REGISTRO: Finca 45267 Tomo 2473 Libro 1318 Folio 211 Registro de la Propiedad número 4 de Madrid.

VALOR DE LA TASACION: 38.920 Euros. TIPO DE SUBASTA: 38.920.

Madrid, 16 de marzo de 2011.-El recaudador ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO DE NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/06, con sede en la avenida de la Albufera, número 41, 28038 Madrid.

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos que se citan en párrafos posteriores, se han dictado las DILIGENCIAS DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES, que se transcriben a continuación, por deudas contraídas con la Seguridad Social, motivadas por desconocerse el domicilio o que intentada la notificación no se ha podido practicar, en relación al deudor, y/o su cónyuge u otro titular o poseedor de derechos sobre las fincas embargadas.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 10 00294933 contra JUAN MANUEL MEDINA ANDRES D.N.I. 51.938.022-C, por deudas a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 10 032360576 a 28 10 046272194, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 1.007,89 euros.. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor y a Noelia Peralta Ayala, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: SESEÑA (TOLEDO), NATURALEZA DE LA FINCA: 50% TERRERO CON VIVIENDA, VÍA PÚBLICA: CALLE CIUDADELA NÚMERO 16, SUPERFICIE DEL TERRENO: 462,04 M², SUPERFICIE DE LA VIVIENDA: 146,34 M², SUPERFICIE DEL GARAJE: 18,16 M².

FINCA 9729 TOMO 1793 LIBRO 124 FOLIO 50. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Escalona (Toledo).

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 95 00110600 contra RAFAEL COLODRERO ARJONA D.N.I. 1.804.260-W, por deudas a la Seguridad Social, Régimen General, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 98 034322702 a 28 02 025433437, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 35.302,66 euros.. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor y a Concepción Caballero Prada, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: MADRID, NATURALEZA DE LA FINCA: 100% PLENO DOMIIO VIVIENDA DE V.P.O., VÍA PÚBLICA: CALLE CARLOS SOLE NÚMERO 62, SUPERFICIE CONSTRUIDA: 95,89 M², SUPERFICIE UTIL: 75,95 M².

FINCA 120073 TOMO 1316 LIBRO 1304 FOLIO 47. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 39 de Madrid.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 09 00277627 contra YE, GUOFU D.N.I. 0X2029633K, por deudas a la Seguridad Social, Régimen General, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 09 032910568 a 28 10 055450822, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 16.773,12 euros.. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor y a AIMEI YE, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: MADRID, NATURALEZA DE LA FINCA: 100% PLENO DOMIIO VIVIENDA, VÍA PÚBLICA: CALLE PUERTO ALTO NÚMERO 4, SUPERFICIE CONSTRUIDA: 78 M².

FINCA 84933 TOMO 1584 LIBRO 1572 FOLIO 18. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 10 de Madrid.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 10 00131649 contra PABLO GOMEZ PINO D.N.I. 5.419.667-Q, por deudas a la Seguridad Social, Régimen General, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 09 101090959 a 28 10 017003658, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 18.104,72 euros.. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: MADRID, NATURALEZA DE LA FINCA: 100% PLENO DOMIIO VIVIENDA, VÍA PÚBLICA: CALLE SAN MAXIMO NÚMERO 19, SUPERFICIE CONSTRUIDA: 73,97 M².

FINCA 5858 TOMO 1665 LIBRO 78 FOLIO 203. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 41 de Madrid.

Los citados bienes quedan afectados en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en los expedientes, que al día de la fecha ascienden a las cantidades totales antes reseñadas, y respecto a los mismos se proseguirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del citado Reglamento General.

Asimismo, expídanse los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, para que se efectúen las anotaciones preventivas de los embargos realizados a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicite certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento de estos expedientes a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose los deudores, cónyuges, copartícipes o acreedores hipotecarios en paradero ignorado, notifique mediante edictos que se publicarán en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153, de 25 de junio), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación a los deudores, y si los hubiera, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de quince días. Advirtiéndose que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último de que transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que hayan comparecido los deudores o sus representantes en los expedientes de apremio que se les sigue, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, a 17 de marzo de 2011.-El recaudador ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

EDICTO DE NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

El jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/06, con sede en la avenida de la Albufera, número 41, 28038 Madrid.

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos que se citan en párrafos posteriores, se han dictado las DILIGENCIAS DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES, que se transcriben a continuación, por deudas contraídas con la Seguridad Social, motivadas por desconocerse el domicilio o que intentada la notificación no se ha podido practicar, en relación al deudor, y/o su cónyuge u otro titular o poseedor de derechos sobre las fincas embargadas.

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 09 00230238 contra FRANCISCO JAVIER SANCHEZ GARCIA D.N.I. 50.812.159-F por deudas a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 09 027101076 a 28 10 055432331, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 4.975,09 euros.. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor y a María Pilar Salazar Ceballos, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: EL BARRACO (AVILA), NATURALEZA DE LA FINCA 50% DE VIVIENDA, VÍA PÚBLICA: CALLE LA MARQUESA, S/N, SUPERFICIE DEL TERRENO: 340 M², SUPERFICIE CONTRUIDA: 70 M².

FINCA 3645 TOMO 778 LIBRO 43 FOLIO 204. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Cebreros (Ávila).

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio número 28 06 10 00034245 contra EMEH, JACOB OGANDU, D.N.I. 0X4468594Q por deudas a la Seguridad Social, Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos, que corresponden al siguiente detalle: providencias de apremio de 28 09 065848940 a 28 10 055477494, por descubiertos en los períodos varios por importe total de 4.246,-- euros.. DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor, que a continuación se relacionan:

URBANA: MUNICIPIO: MADRID, NATURALEZA DE LA FINCA 100% PLENO DOMINIO DE VIVIENDA, VÍA PÚBLICA: CALLE GODELLA, 203, SUPERFICIE CONTRUIDA: 59,63 M².

FINCA 1121 TOMO 1613 LIBRO 26 FOLIO 163. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 41 de Madrid.

Los citados bienes quedan afectados en virtud de estos embargos a las responsabilidades de los deudores en los expedientes, que al día de la fecha ascienden a las cantidades totales antes reseñadas, y respecto a los mismos se proseguirá de acuerdo con lo establecido en el artículo 110 del citado Reglamento General.

Asimismo, expídanse los oportunos mandamientos a los Registros de la Propiedad correspondientes, para que se efectúen las anotaciones preventivas de los embargos realizados a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicite certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento de estos expedientes a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose los deudores, cónyuges, copartícipes o acreedores hipotecarios en paradero ignorado, notifique mediante edictos que se publicarán en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente. Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el artículo 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” número 153, de 25 de junio), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación a los deudores, y si los hubiera, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se les requiere para que faciliten los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de quince días. Advirtiéndose que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de la publicación de este Edicto, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Se advierte por último de que transcurridos ocho días desde la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento correspondiente sin que hayan comparecido los deudores o sus representantes en los expedientes de apremio que se les sigue, se les tendrá por notificados de las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que les asiste a comparecer.

Madrid, a 16 de marzo de 2011.-El recaudador ejecutivo, Agustín Rama Manzano.

URE 28/14.

EDICTO SUBASTA BIENES INMUEBLES.

DOÑA MARIA LUISA MARTÍN CARBALLO, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/14, de las de Madrid, con domicilio en la calle Julio Camba s/n c/v a C/ Londres, 60.

HACE SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad a mi cargo, contra la empresa M.B. PREVENCIÓN DE RIESGOS Y CONSULTING, S.L., C.I.F. B83369777, por deudas a la Seguridad Social, se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, con fecha 11 de febrero de 2011, Providencia de Subasta pública de bienes inmuebles que luego se transcribirá, y no habiendo sido posible la notificación de la misma al interesado, en los domicilios conocidos, se realiza a través de la publicación del presente edicto:

EDICTO DE NOTIFICACION DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 11 de febrero de 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 28 de abril de 2011, a las 10: 00 horas, en C/ AGUSTIN DE FOXA, 28-30 MADRID, y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), siendo el plazo para presentar posturas en sobre cerrado hasta el día hábil inmediatamente anterior a la celebración de la subasta.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son los indicados a continuación:

FINCA NÚMERO 1: Urbana: 20% pleno dominio local comercial en Las Palmas de Gran Canaria, calle Concejal García Feo, 2, bloque A, planta baja, local 2. Superficie construida: 158,39 m/2. Cuota de participación: 0,5325%. Inscrito en el Registro de la Propiedad número 5 de Las Palmas de Gran Canaria, tomo 2645, libro 698, folio 39, sección 3, finca 64303.

CARGAS SUBSISTENTES:

Hipoteca Banco Bilbao Vizcaya (B.V.V.A.), Importe pendiente: 26.307,84 euros..

Anot. Preventiva Juzgado social 31 de Madrid, Importe pendiente: 37.287,40 euros..

IMPORTE TASACIÓN: 65.217,72 euros..

TIPO DE SUBASTA: 1.622,48. euros..

De conformidad con los art. 122 y 123 de la Ley Hipotecaria y 1860 del Código Civil, el adjudicatario responderá solidariamente por la carga hipotecaria pendiente (131.539,22 euros.).

Notifíquese esta providencia al deudor, a los terceros poseedores y, en su caso, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, al cónyuge de dicho deudor y a los condueños, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación, podrán liberar los bienes embargados, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

Madrid, a 10 de marzo de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, MARIA LUISA MARTÍN CARBALLO.

URE 28/15.

EDICTO DE NOTIFICACION A DEUDORES NO LOCALIZADOS.

Doña Esperanza Alonso González, jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/15, con sede en la Av. Monforte de Lemos, 155, 28029-Madrid.

Hace saber: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,4 y 61 de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en la relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos indicados, obligados con la Seguridad Social, o sus representantes legales debidamente acreditados, podrán comparecer ante esta Unidad, sita en Av. Monforte de Lemos número 155 de Madrid (teléfono 913769080), en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Ayuntamiento del último domicilio conocido del deudor, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Cuando transcurrido dicho plazo no se hubiese comparecido, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Interesado. – Domicilio. – CP. – Localidad. – Expediente. – Procedimiento. – Nombre/Razón social. – C.C.C.

DIAZ BUENO, MANUEL. – PASEO DE LA DIRECCIÓN, 320 – 3º I. – 28029. – MADRID. – 28 15 09 00153294. – OFICIO COMUNICANDO TRAMITE DE AUDIENCIA AL ADMINISTRADOR D. MANUEL DÍAZ BUENO (DNI 051383748T) PARA INICIAR EXPEDIENTE DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD. – ALFONSO DÍAZ PERALES E HIJOS S.L. – 28128053229 0111.

Madrid, a 21 de abril de 2011.-La recaudadora ejecutiva, Esperanza Alonso González.

URE 28/16.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Rio Arlanza número 30 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 09 00186321, que se instruye contra AUTOS KISTEL, S.L. por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F./N.I.E. 0B84164821 con domicilio en Camarma de Esteruelas, c/Fresadores, 15, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de MECO, garantizando la suma total de 4.004,80 euros., que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 0082, Tomo 3782, Folio 0001 y Finca 4933 anotación letra “A” sobre la que se amplia el embargo.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle y que pertenecen al Régimen General: (Número Providencia de Apremio, Periodo y Régimen): 28 09 077511572, 06 2009/06 2009, 0111; 28 09 091782696, 07 2009/07 2009, 0111; 28 09 095585807, 08 2009/08 2009, 0111; expediente número 28 16 09 00186321, importe del principal 2.362,93 euros., recargos de apremio 827,03 euros., intereses 191,86 euros., costas devengadas 0,00 euros., costas e intereses presupuestados 104,59 euros., total débitos 3.486,41 euros..

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 3.486,41 euros., con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 7.491,21 euros.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor: AUTOS KISTEL, S.L. con CIF 0B84164821 y cuyo último domicilio conocido es c/Fresadores, 15 de Camarma de Esteruelas y en su caso, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA SOBRE LA QUE SE AMPLIA EL EMBARGO.

Deudor: Autos Kistel, S.L.

Finca número 1.

Datos finca urbana. Edif. Indust. en Camarma de Esteruelas (100% pleno domini privativo), en la calle Fresadores, 15, piso 1º, puerta 2, código postal 28816.

Datos Registro. Número Reg.: 28181 Número Tomo: 3782 Número Libro: 0082 Número Folio: 0001 Número Finca: 4933. Inscrita en el Registro de la Propiedad de MECO.

Alcalá de Henares, 10 de marzo de 2011.-La recaudadora ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Rio Arlanza número 30 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 08 00410404, que se instruye contra D. Oscar SERRANO MARTINEZ por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F./N.I.E. 009020154Z, con domicilio en Alcalá de Henares, c/Baza número 2, piso 2º, letra A, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de GUADALAJARA, número 2, garantizando la suma total de 1.262,89 euros., que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 0031, Tomo 1917, Folio 0177 y Finca 2774 anotación letra “A” sobre la que se amplia el embargo.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle y que pertenecen al Régimen autónomos y general (Número Providencia de Apremio, Periodo y Régimen): 28 08 069005808, 07 2008/07 2008, 0521; 28 08 075050322, 08 2008/08 2008, 0521; 28 08 082858721, 09 2008/09 2008, 0521; 28 08 095343025, 10 2008/10 2008, 0521; 28 09 014710136, 11 2008/11 2008, 0521; 28 09 027318621, 12 2008/12 2008, 0521; 28 09 036285158, 012009/01 2009, 0521; 28 09 055346163, 03 2009/03 2009, 0111; 28 09 033487619, 12 2008/12 2008, 0111; 28 09 044885220, 01 2009/01 2009, 0111; 28 09 058513619, 04 2009/04 2009, 0111; 28 09 070061669, 05 2009/05 2009, 0111; 28 09 106861853, 09 2009/09 2009, 0111; 28 10 011350679, 10 2009/10 2009, 0111; 28 10 018249908, 11 2009/11 2009, 0111; 28 10 030024088, 12 2009/12 2009, 0111; 28 09 077595539, 06 2009/06 2009, 0111; 28 09 091869592, 07 2009/07 2009, 0111; 28 09 095663003, 08 2009/08 2009, 0111; expediente número 28 16 08 00410404, importe del principal 11.629,86 euros., recargos de apremio 3.813,13 euros., intereses 916,03 euros., costas devengadas 104,43 euros., costas e intereses presupuestados 493,90 euros., total débitos 16.957,35 euros..

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 16.957,35 euros., con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 18.220,24 euros..

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor D. Oscar SERRANO MARTINEZ con DNI 009020154Z y cuyo último domicilio conocido es c/Baza, número 2 2º A de Alcalá de Henares y en su caso, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA SOBRE LA QUE SE AMPLIA EL EMBARGO.

Deudor: Serrano Martínez, Oscar.

Finca número: 1.

Datos finca urbana: Vivienda unifamiliar en Galápagos (100% pleno dominio ganancial), en la av. de la Cebada número 12 código postal 17174.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número2 de Guadalajara, al Tomo 1917, Libro 0031, Folio 0177, Finca número 2774.

Alcalá de Henares, 10 de marzo de 2011.-La recaudadora ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Rio Arlanza número 30 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 16 06 00363765, que se instruye contra D. Alexandru Mariu SVINTI por deudas a la Seguridad Social, se ha procedido a la ampliación del embargo de bienes inmuebles mediante diligencia que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F./N.I.E. 0X6834755Y con domicilio en Alcalá de Henares C/Fernán González, número 9 piso 5º letra B, resulta lo siguiente:

a) Que, para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó el embargo de la finca que se detalla, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de Alcalá de Henares, número 5, garantizando la suma total de 3.089,81 euros., que incluye el principal, el recargo de apremio, intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican: Libro 608, Tomo 4122, Folio 28 y Finca 46937 anotación letra “B” sobre la que se amplia el embargo.

b) Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle y que pertenecen al Régimen autónomos y general (Número Providencia de Apremio, Periodo y Régimen): 28 07 112010979, 09 2007/09 2007, 0521; 28 07 120284473, 09 2007/09 2007, 0111; 28 08 011226241, 10 2007/10 2007, 0521; 28 08 014666610, 10 2007/10 2007, 0111; 28 08 016009755, 11 2007/11 2007, 0521; 28 08 020536827, 11 2007/11 2007, 0111; 28 08 022764591, 12 2007/12 2007, 0521; 28 08 027566596, 12 2007/12 2007, 0111; 28 08 036966607, 01 2008/01 2008, 0521; 28 08 036966708, 02 2008/02 2008, 0521; 28 08 044258276, 03 2008/03 2008, 0521; 28 08 049923682, 04 2008/04 2008, 0521; 28 08 058435535, 05 2008/05 2008, 0521; 28 09 036934553, 01 2009/01 2009, 0521; 28 09 041192752, 02 2009/02 2009, 0521; 28 09 049218288, 03 2009/03 2009, 0521; 28 09 061677132, 04 2009/04 2009, 0521; 28 09 066559565, 05 2009/05 2009, 0521; 28 09 073466672, 06 2009/06 2009, 0521; 28 09 081932247, 07 2009/07 2009, 0521; 28 09 087487721, 08 2009/08 2009, 0521; 28 09 097828628, 09 2009/09 2009, 0521; 28 09 102430064, 10 2009/10 2009, 521; expediente número 28 16 06 00363765, importe del principal 7.603,74 euros., recargos de apremio 1.520,80 euros., intereses 931,16 euros., costas devengadas 76,69 euros., costas e intereses presupuestados 303,97 euros., total débitos 10.436,36 euros..

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre la finca indicada en la suma de 10.436,36 euros., con lo que la responsabilidad total sobre la misma asciende a la cantidad de 13.526,17 euros..

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor D. Alexandru Mariu SVINTI con NIE 0X6831422Y y cuyo último domicilio conocido es c/ Fernán González, 9, 5º B de Alcalá de Henares (Madrid)8 y en su caso a los cotitulares Letitia SVINTI con NIE 0X4721367L y domicilio en c/Fernán González, 9, 5º B de Alcalá de Henares (Madrid) y Mihai Cristian PASTOR con NIE 0x6012082C y domicilio en C/Lavadero de Burgos, 3 2º A de Motril (Granada) y a los acreedores hipotecarios, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 103 y 104 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expídase, asimismo, mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

DESCRIPCIÓN DE LA FINCA EMBARGADA SOBRE LA QUE SE AMPLIA EL EMBARGO.

Deudor: Alexandru Mariu SVINTI.

Finca número: 1.

Datos Finca Urbana: Vivienda V.P.O. (40% pleno dominio privativo c. venta), en la calle Fernán González número 61, piso 5º, puerta B, código postal 28803 de Alcalá de Henares.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 5 de Alcalá de Henares, al Tomo 4122, Libro 608, Folio 28, Finca número 46937, Letra B.

Alcalá de Henares, 11 de marzo de 2011.-La recaudadora ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

NOTIFICACION PROVIDENCIA DE APREMIO DEL S.P.E.E.

Doña Begoña Ortiz Fernández, Recaudadora Ejecutiva de la Seguridad Social y titular de la U.R.E. número 28/16 de ALCALÁ DE HENARES, con domicilio en la calle Rio Arlanza número 30.

HAGO SABER: Que en estas oficinas se sigue expediente administrativo contra los sujetos obligados al pago, por deudas al S.P.E.E. (inem), que posteriormente se relacionan, a los que no fue posible notificar la providencia de apremio dictada por la Subdirectora Provincial de la T.G.S.S., por resultar en paradero desconocido en los domicilios que se citan. En consecuencia, acuerdo practicar NOTIFICACIÓN por medio de este edicto a los sujetos pasivos obligados al pago, de la siguiente.

“PROVIDENCIA.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social de 20 de junio de 1994, según redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (“Boletín Oficial del Estado” de 31.12.94), y en uso de la facultad que me confiere el artículo 110 del Real Decreto 1637/1995 de 6 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” 24.10.95), dicto la presente providencia de apremio para proceder ejecutivamente contra el patrimonio del deudor con la advertencia de que si en el plazo de QUINCE DIAS no se abona la deuda que se certifica más el 20% de recargo de apremio, se procederá al embargo de sus bienes.

La presente notificación se publica con el fin de requerir al deudor para que efectúe el pago de la deuda en el plazo de quince días ante esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, con la advertencia de que en caso contrario se procederá al embargo de los bienes del deudor en cantidad bastante para el pago de la deuda por principal, recargo de apremio, intereses, en su caso, y costas del procedimiento de apremio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 del Reglamento General de Recaudación, así como para solicitar su comparecencia en el plazo de ocho días por sí o por medio de representante, con la advertencia de que si ésta no se produce se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la substanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer, conforme dispone el artículo 109.4 del citado Reglamento General.

Contra el presente acto, que no agota la vía administrativa, podrá formularse oposición al apremio dentro del plazo de los quince días siguientes al de su notificación, ante el mismo órgano que lo dictó, por alguna de las causas señaladas en el artículo 34.2 de la Ley General de la Seguridad Social citada anteriormente, debidamente justificadas, suspendiéndose el procedimiento de apremio hasta la resolución de la oposición.

Asimismo, y durante el plazo de un mes a contar del día siguiente al de la publicación de este anuncio, podrá interponerse recurso ordinario ante el órgano superior jerárquico del que dictó el acto, que no suspenderá el procedimiento de apremio de apremio, salvo que se realice el pago de la deuda perseguida, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe incluido el recargo de apremio y el 3 por 100 a efectos de cantidad a cuenta de las costas reglamentariamente establecidas, a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 34.4 de la citada Ley General de la Seguridad Social; transcurridos tres meses desde su interposición si no ha sido resuelto, podrá entenderse desestimado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 183 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social citado anteriormente.

Sujetos obligados al pago que se relacionan.

Apellidos y nombre o razón social. – Domicilio. – D.N.I./C.I.F. – Certificación. – Periodo. – Importe.

DENTECHV PARVANOV EVGENI. – Pza Jazmín número 7- 10º A. – 28803 Alcalá de Henares. – 0X3362194P. – 28 11 050002835. – 23.09.2005/30.09.2005. – 120,27 euros..

SUAREZ ARTECHE SERGIO. – Calle del Arroyo número 17- Bajo. – 28816 Camarma de Esteruelas. – 053505392D. – 28 11 050005360. – 24.10.2008/12.02.2009. – 3.927,77 euros..

Alcalá de Henares, 11 de marzo de 2011.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES MUEBLES EMBARGADOS.

La Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/16, con sede en calle Empecinado número 21, 28801, de Alcalá de Henares (Madrid).

HACE SABER:

“En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor Jose Luis MOYA CURIEL, con NIF. 9018069E, cuyo último domicilio conocido es C/Senda de la Cultura, 7 – 2º C, 28806.- ALCALÁ DE HENARES por deudas a La Seguridad Social por importe de principal: 26.121,17 euros., recargo: 7.327,57 euros., intereses: 4.769,16 euros., costas: 1.066,04 euros., TOTAL: 39.283,94 euros., se ha procedido con fecha 22.10.2007 al embargo de bienes muebles de su propiedad. Como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta unidad de Recaudación Ejecutiva, según se detalla al pie de este edicto, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese de acuerdo con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de QUINCE DIAS, a contar desde el día siguiente al de la publicación en el boletín oficial de la provincia correspondiente.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla:

- Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de recaudación ejecutiva solicitará de los Colegios de Asociaciones Profesionales o Mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004 (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de notificación en forma y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición del deudor, se expide el presente edicto.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándole que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado reglamento, lo que se comunica a efectos de lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, “Boletín Oficial del Estado” del día 27, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento administrativo Común, LO QUE SE COMUNICA A EFECTOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 42.4 DE DICHA LEY 30/92.

En Alcalá de Henares, a 16 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva.

DESCRIPCIÓN DEL BIEN EMBARGADO:

Vehículo: IVECO 35S14 – 8363FJV.

IMPORTE DE TASACION: 8.300,00 Euros”.

En Alcalá de Henares, a 16 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Rio Arlanza número 30 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social número 28 16 09 00148329 que instruye contra María Ángeles ESTEBAN ABRIL, con D.N.I./C.I.F/N.I.F. 011698167E, con domicilio en ALCALA DE HENARES (MADRID), C/José Chacón, número 6, se ha procedido al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 22 de noviembre de 2010 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F/N.I.F.011698167E por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica (NÚMERO PROVIDENCIA, PERIODO, RÉGIMEN): 28 09 036884841, 01 2009/01 2009, 0521; 28 09 041141727, 02 2009/02 2009, 0521; 28 09 049165546, 03 2009/03 2009, 0521; 28 09 061629440, 04 2009/04 2009, 0521; 28 09 066511469, 05 2009/05 2009, 0521; 28 09 073418071, 06 2009/06 2009, 0521; 28 09 081884656, 07 2009/07 2009, 0521; 28 09 087438918, 08 2009/08 2009, 0521; 28 09 097783562, 09 2009/09 2009, 0521; 28 09 102386517, 10 2009/10 2009, 0521; 28 10 013771841, 11 2009/11 2009, 0521; 28 10 021166271, 12 2009/12 2009, 0521; 28 10 026740236, 01 2010/01 2010, 0521; 28 10 033042509, 02 2010/02 2010, 0521; 28 10 039463303, 03 2010/03 2010, 0521; 28 10 052030459, 04 2008/04 2008, 0111; 28 10 052030560, 05 2008/05 2008, 0111; 28 10 052030661, 06 2008/06 2008, 0111; 28 10 052030762, 07 2008/07 2008, 0111; 28 10 052030863, 07 2008/07 2008, 0111; 28 10 052030964, 09 2008/09 2008, 0111; 28 10 052031065, 10 2008/10 2008, 0111; 28 10 052031166, 02 2009/02 2009, 0111; 28 10 052031267, 03 2009/03 2009, 0111; 28 10 052031368, 04 2009/04 2009, 0111; 28 10 052031469, 05 2009/05 2009, 0111; 28 10 052031570, 06 2009/06 2009, 0111; 28 10 052031671, 07 2009/07 2009, 0111; 28 10 052031873, 08 2009/08 2009, 0111; 28 10 052031974, 09 2009/09 2009, 0111; 28 10 052032075, 10 2009/10 2009, 0111; IMPORTE DEUDA: Principal: 12.932,60 euros., Recargo, 3.361,70 euros., Intereses, 1.215,32 euros., Costas devengadas, 21,28 euros., Costas e intereses presupuestados, 525,92 euros., Total deuda: 18.056,82 euros.).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta (que se describe al final).

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor/a: María Ángeles ESTEBAN ABRIL, cuyo último domicilio conocido es C/José Chacón número 6 de ALCALA DE HENARES (MADRID), en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 diez días a contar desde el siguiente a la publicación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado Reglamento.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

Deudora: Esteban Abril, María Ángeles.

Finca número: 01.

Datos finca urbana: Departamento en Zamora (100% pleno dominio privativo), en la calle La Vega número 10-12-13 y 13, planta 1ª, código postal 49026.

Datos registro: Número Registro: 49009 Número Tomo: 2243 Número Libro: 0906 Número Folio: 0078 Número Finca: 74681.

Descripción ampliada: Urbana. Finca número 74681 inscrita en Registro de la Propiedad número 1 de Zamora.

- Departamento en la localidad de Zamora, números 10, 11, 12 y 13 de la calle La Vega con vuelta a calle de nueva apertura. Vivienda tipo B en la planta primera.

- Superficie útil de ochenta y un metros y ochenta y cinco decímetros cuadrados.

- Lleva como anejo el trastero número 4 en la planta semisótano. Cuota de participación de 2,90%.

(Embargo del 100% del pleno dominio inscrito en favor del apremiado con carácter privativo por título de compraventa).

Alcalá de Henares, 18 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Rio Arlanza número 30 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social número 28 16 09 00378402 que instruye contra INTER COMPLUTUM, S.L., con D.N.I./C.I.F/N.I.F. 0B82526088, con domicilio en ALCALA DE HENARES (MADRID), Paseo de los Pinos, C.C. 2-27, se ha procedido al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 18 de febrero de 2011 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F/N.I.F.0B82526088 por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: (NÚMERO PROVIDENCIA, PERIODO, RÉGIMEN: 28 09 044152161, 01 2009/01 2009, 0111; 28 09 069424907, 05 2009/05 2009, 0111; 28 09 091245358, 07 2009/07 2009, 0111; 28 09 091245459, 07 2009/08 2009, 0111; 28 09 095086053, 08 2009/08 2009, 0111; 28 09 095086154, 08 2009/09 2009, 0111; 28 09 106300263, 09 2009/09 2009, 0111; 28 10 010830115, 10 2009/10 2009, 0111; 28 10 017721660, 11 2009/11 2009, 0111; 28 10 029494430, 0111; 28 10 036028186, 01 2010/01 2010, 0111; 28 10 042547293, 02 2010/02 2010, 0111; 28 10 049677302, 03 2010/03 2010, 0111; 28 10 049677403, 03 2010/03 2010, 0111; 28 10 053047848, 04 2010/04 2010, 0111; IMPORTE DEUDA: Principal: 98.883,23 euros., Recargo,19.776,64 euros., Intereses, 6.155,45 euros., Costas devengadas, 10,64 euros., Costas e intereses presupuestados, 3.744,77 euros., Total deuda: 128.570,73 euros.).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta (que se describe al final).

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor: INTER COMPLUTUM, S.L., cuyo último domicilio conocido es Paseo de los Pinos, C. Comercial, 2 27 de Alcalá de Henares (Madrid), en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 diez días a contar desde el siguiente a la publicación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado Reglamento.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

Deudor: Inter Complutum, S.L.

Finca número 01.

Datos finca urbana: Local Comercial en Alcalá de Henares (100% pleno dominio privativo), en el Paseo de los Pinos número 2, piso 1º puerta 27, código postal 28806.

Datos registro: Número Registro: 28068 Número Tomo: 3510 Número Libro: 50 Número Folio: 120 Número Finca: 6815.

Descripción ampliada: Urbana. Finca número 6815 inscrita en el Registro de la Propiedad 1 de Alcalá de Henares.

- Local comercial en la localidad de Alcalá de Henares, número 2, planta 1ª, puerta 27 del Paseo de los Pinos, urbanización El Chorrillo, entre Paseo de los Pinos.

- Superficie útil de veinte metros, seis decímetros cuadrados.

- Cuota de participación de cero enteros, treinta y una centésimas por ciento.

- Tiene como anejo inseparable una participación indivisa de 0,52 centésimas por ciento del local garaje-apartamento del sótano uno.

(Embargo del 100% del pleno dominio inscrito en favor del apremiado con carácter privativo por título de compraventa).

Alcalá de Henares, 18 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA BEGOÑA ORTIZ FERNÁNDEZ, Recaudadora Ejecutiva de la U.R.E. 28/16 de la Seguridad Social de Alcalá de Henares, sita en C/ Rio Arlanza número 30 de dicha localidad.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social número 28 16 09 00396990 que instruye contra SOLADOS Y PAVIMENTOS SANCHEZ MOYA, S.L., con D.N.I./C.I.F/N.I.F. 0B82871690, con domicilio en MECO (MADRID), C/Geranio número 6, se ha procedido al embargo de bienes inmuebles mediante diligencia de fecha 3 de septiembre de 2010 que se transcribe a continuación:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES:

“DILIGENCIA: En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor de referencia, con D.N.I./C.I.F/N.I.F.0B82871690 por deudas a la Seguridad Social, una vez notificadas al mismo las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe a continuación se indica: (NÚMERO PROVIDENCIA, PERIODO, RÉGIMEN: 28 09 091305376, 07 2009/07 2009, 0111; 28 09 095140112, 08 2009/08 2009, 0111; 28 09 106352605, 09 2009/09 2009, 0111; 28 10 010880837, 10 2009/10 2009; 0111 28 10 017770463, 11 2009/11 2009, 0111; 28 10 029542728, 12 2009/12 2009, 0111; IMPORTE DEUDA: Principal: 26.358,33 euros., Recargo, 5.271,66 euros., Intereses, 1.319,58 euros., Costas devengadas, 0,00 euros., Costas e intereses presupuestados, 988,48 euros., Total deuda: 33.938,05 euros.).

No habiendo satisfecho la mencionada deuda y conforme a lo previsto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25), DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen en la relación adjunta (que se describe al final).

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor: SOLADOS Y PAVIMENTOS SANCHEZ MOYA, S.L., cuyo último domicilio conocido es C/Geranio número 6 de MECO (Madrid), en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados con referencia a los precios de mercado y de acuerdo con los criterios habituales de valoración por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: si la diferencia entre ambas consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados en el plazo de 10 diez días a contar desde el siguiente a la publicación. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, contando a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso de alzada, sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del citado Reglamento.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS:

Deudor: Solados y Pavimentos Sánchez Moya, S.L.

Finca número: 02.

Datos finca: Local Comercial (100% pleno dominio privativo) en la c/Geranio número 6 de Meco.

Datos registro: Número Registro: 28181, Número Tomo: 3488 Número Libro: 0103 Número Folio: 0120 Número Finca: 7603.

Descripción ampliada: Urbana. Finca 7603 inscrita en Registro de la Propiedad de Meco.

- Local comercial en la localidad de Meco, número 6 de la calle Geranio.

- Superficie construida de setenta y dos metros cuadrados.

- Superficie de terreno de cuarenta y dos metros cuadrados.

Parcela 8-L al sitio de los Alcaceces del Barrio Mecuelo.

(Embargo del 100% del pleno dominio inscrito a favor del apremiado con carácter privativo por título de compraventa).

Alcalá de Henares, 18 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva, Begoña Ortiz Fernández.

URE 28/24.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra FELIPE REY DIAZ con código cuenta de cotización número 07 280136434029 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL VEREDILLA 19 5º E DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 03-02-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor FELIPE REY DIAZ, con D.N.I/N.I.F. Número 70014354P, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 863,34 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 172,67 EUROS.

INTERESES: 32,05 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 21,28 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 103 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 1192,34 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE TORREJON DE ARDOZ 3.

TOMO: 1853 LIBRO: 156 FOLIO: 97 FINCA: 10922.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, CL ALICANTE 6 1º C. SUPERFICIE CONSTRUIDA 70,11 M2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 14 de marzo de 2011.-EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra JULIAN MENCIAS MANTAS con código cuenta de cotización número 07 280409279467 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en PZ RIO LOZOYA 2 2º A DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 28-01-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor MENCIAS MANTAS JULIAN, con D.N.I/N.I.F. Número 52115864A, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 1096,87 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 219,40 EUROS.

INTERESES: 84,87 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 28,32 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 130 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 1559,46 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ 1.

TOMO: 3428 LIBRO: 737 FOLIO: 157 FINCA: 51878.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DEL LOCAL COMERCIAL EN TORREJON DE ARDOZ, CL ZEUS 1, BLQ A1, BJ, SECTOR II LOS FRESNOS. SUPERFICIE CONSTRUIDA 46,84 M2, UTIL 41,84 M2, LOCAL 1.2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 14 de marzo de 2011.-EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra JOAQUIN LOPEZ DOMINGUEZ con código cuenta de cotización número 07 280395214669 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL LOS CURAS 49 4º B DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 28-01-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor LOPEZ DOMINGUEZ JOAQUIN, con D.N.I/N.I.F. Número 52114165Y, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 1267,99 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 253,60 EUROS.

INTERESES: 57,82 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 10,64 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 151 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 1741,05 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ 3.

TOMO: 3979 LIBRO: 1204 FOLIO: 169 FINCA: 67322.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DE LAVIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, CL LOS CURAS 49 4º B EDF 2 PORTAL 3. SUPERFICIE UTIL 80,28 M2, CONSTUIDA 108,30 M2. ANEJOS INSEPARABLES PLAZA DE GARAJE 15 DE 11,04 M2 Y TRASTERO 13 DE 4,71 M2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 14 de marzo de 2011.-EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra SARA HURTADO ROMERO con código cuenta de cotización número 07 281010794294 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL LA IGLESIA 2 3º B DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 01-02-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor SARA HURTADO ROMERO, con D.N.I/N.I.F. Número 53436131R, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 1.255,98 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 251,20 EUROS.

INTERESES: 58,83 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 38,96 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 150 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 1754,97 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDZ 3.

TOMO: 3313 LIBRO: 646 FOLIO: 222 FINCA: 20896.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, CL DE LA IGLESIA 2 3º B. SUPERFICIE 102,42 M2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 14-03-2011.-EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra MARIA TERESA GARCIA ANDRES con código cuenta de cotización número 07 190012957771 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL REGUERILLA 18 DE SERRACINES FRESNO DE TOROTE se procedió con fecha 03-02-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor TEJERO ANDRES MARIA TERESA, con D.N.I/N.I.F. Número 3076182R, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 10.569,14 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 2.113,91 EUROS.

INTERESES: 1.631,22 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 1.267 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 15.581,27 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MECO.

TOMO: 3504 LIBRO: 6 FOLIO: 93 FINCA: 621.

DESCRIPCION. 50% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN SERRACINES, AV REGUERILLA 18. SUPERFICIE CONSTRUIDA 97,66 M2, TERRENO 600 M2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 14 de marzo de 2011.-EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra MITA MONTAJES INDUSTRIALES SL con código cuenta de cotización número 10 28156242540 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL ANDALUCIA 2, A, 2º B DE TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 20-01-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor MITA MONTAJES INDUSTRIALES SL, con D.N.I/N.I.F. Número B84441484, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 2.973,54 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 594,71 EUROS.

INTERESES: 107,78 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 10,64 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 356 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 4.042,67 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ 1.

TOMO: 4013 LIBRO: 1238 FOLIO: 19 FINCA: 29912.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA EN TORERJON DE ARDOZ, CL SOLANA 150 7º A. SUPERFICIE 119,30 M2.TIENE SERVIDUMBRE DE PASO E INSTALACION PARA CONDUCCIONES DIVERSAS.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 14 de marzo de 2011.-EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra FRANCISCO JAVIER USSIA GARCIA con código cuenta de cotización número 07 080397036786 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL FEDERICO GARCIA LORCA 95 PQ VALLEJO, ALOVERA, GUADALAJARA, se procedió con fecha 07-02-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor USSIA GARCIA FRANCISCO JAVIER, con D.N.I/N.I.F. Número 40973047L, por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 7.844,05 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 1568,87 EUROS.

INTERESES: 929,68 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: 10,64 EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 940 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 11.293,24 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD GUADALAJARA 3.

TOMO: 1677 LIBRO: 57 FOLIO: 96 FINCA: 5215.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO DE LA VIVIENDA UNIFAMILIAR EN ALOVERA, CL FEDERICO GARCIA LORCA 44, PQ VALLEJO 95, SUPERFICIE CONSTRUIDA 266,79 M2, TERRENO 300 M2.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 18 de marzo de 2011.-EL JEFE DE U.R.E.

EDICTO.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DON FRANCISCO GUZMAN GOMEZ SELLES, Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 24 de Madrid, sita en la calle Manuel Sandoval, 5 de Torrejón de Ardoz.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra JOSE LUIS BRAVO HILARIO con código cuenta de cotización número 07 280424828769 por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CL RONDA DE PONIENTE 4 3º A, BLQ TORREJON DE ARDOZ se procedió con fecha 09-02-2011 al embargo de bienes inmuebles, cuya diligencia a continuación se transcribe:

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social expediente administrativo de apremio contra el deudor BRAVO HILARIO JOSE LUIS, con D.N.I/N.I.F. Número 825301S por deudas a la Seguridad Social que responden al siguiente detalle:

IMPORTE PRINCIPAL: 3.774,46 EUROS.

RECARGO DE APREMIO: 754,89 EUROS.

INTERESES: 306,17 EUROS.

COSTAS DEVENGADAS: EUROS.

COSTAS PRESUPUESTAS: 452 EUROS.

TOTAL DEBITOS: 5.287,52 EUROS.

Y en cumplimiento de la Providencia de Embargo, dictada en su día, al amparo del artículo 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de l1 de junio) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al deudor que se describen al final de esta diligencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores, a los acreedores hipotecarios y a los anotantes anteriores, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado.

No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, que podrá ser ampliada por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, en su caso.

Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicarán las siguientes reglas:

- Si la diferencia entre ambas no excediera del 20% de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta.

- Si, por el contrario, la diferencia entre ambas excede del 20%, queda convocado en su condición de deudor para dirimir las diferencias en el plazo de 15 días siguientes a la presentación de la peritación contradictoria y, si se logra acuerdo, hacer una sola.

- Cuando no exista acuerdo entre las partes, esta Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará una nueva valoración por perito adecuado y su valoración de los bienes embargados, que deberá estar entre las efectuadas anteriormente, será la definitivamente aplicable y servirá como tipo para la venta pública del bien embargado.

Todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de tres días en el supuesto de residencia en la propia localidad donde tiene ubicadas las oficinas esta Unidad, o en quince días en el caso contrario. Advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS.

FINCA NUMERO 1:

REGISTRO DE LA PROPIEDAD TORREJON DE ARDOZ 1.

TOMO: 3649 LIBRO: 891 FOLIO: 220 FINCA: 57856.

DESCRIPCION. 100% DEL PLENO DOMINIO D LA VIVIENDA EN TORREJON DE ARDOZ, CL SOLANA 2, PORTAL 4, 1º. SUPERFICIE CONSTRUIDA 101,16 M2.D.

Al propio tiempo, se requiere al deudor para que en el plazo de OCHO DIAS, comparezca, por sí o por medio de representante en el expediente de apremio que se le sigue, a fin de proceder a la práctica de las notificaciones a que haya lugar, con la prevención de que en el caso de no personarse el interesado, se le tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 85, 86 y 93 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un MES, contado a partir de la publicación de este EDICTO, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), según la redacción dada al mismo por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 31), de medidas fiscales, administrativas y de orden social, significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda.

Torrejón de Ardoz, 18 de marzo de 2011.-EL JEFE DE U.R.E.

URE 28/25.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE ACTOS DE GESTIÓN DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA.

Doña Marina Rodríguez López, Recaudadora Ejecutiva en Funciones de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/25, sita en la C/ Portugal, 33 (28943-Fuenlabrada.-Madrid).

HACE SABER: Que por haber resultado infructuosas las notificaciones realizadas en el ultimo domicilio conocido del deudor, practicadas conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio), que remite a los artículos 58 a 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, se recurre a la notificación por edictos de los actos dictados por los Jefes de las Unidades de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de Madrid a los apremiados que se relacionan, incursos en procedimientos ejecutivos seguidos por débitos a la Seguridad Social, haciendo constar que el presente edicto se hace publico a los efectos de que sirva de notificación al deudor.

Para conocimiento del contenido íntegro de los correspondientes actos, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en las dependencias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva.

Contra los ACTOS notificados, que no agotan la vía administrativa, cabe interponer RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la T.G.S.S. de Madrid, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente a la publicación del presente edicto, según lo dispuesto en el artículo 34,4 de la Ley General de la Seguridad Social, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29) en la nueva redacción dada al mismo por la Ley 52/2003 de 10 de diciembre de Disposiciones Especificas en Materia de Seguridad Social. El procedimiento solo se suspenderá por la interposición del recurso si se garantiza con aval o consignación del importe de la deuda, incluidos los recargos, intereses y costas del procedimiento. El silencio administrativo se considera negativo transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso sin que haya recaído resolución conforme señala el artículo 115.2 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Fuenlabrada, a 21 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva en funciones, Marina Rodríguez López.

NÚMERO EXPEDIENTE. – NÚMERO DOCUMENTO. – PROCEDIMIENTO. – RÉGIMEN. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – C.P. – LOCALIDAD.

28250790003667. – S/N. – EMBARGO INMUEBLES. – 281091247310. – 0111. – ANTONOV PETROV - ROUMEN. – 28970. – HUMANES DE MADRID.

28251090000318. – S/N. – CÉDULA CERTIFICACIÓN INEM. – 281169747386. – 0111. – JUAN CARLOS SIMBANA CASAS. – 28944. – FUENLABRADA.

28251090002641. – S/N. – CÉDULA CERTIFICACIÓN INEM. – 281102777778. – 0111. – SOUAD - EL GOSSE. – 28945. – FUENLABRADA.

28251090003146. – S/N. – CÉDULA CERTIFICACIÓN INEM. – 280462709592. – 0111. – GABRIEL CÓLERA MARTÍNEZ. – 28970. – HUMANES DE MADRID.

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Tesorería General de la Seguridad Social.

Unidad de Recaudación Ejecutiva 2825.

Portugal 33 -28943 FUENLABRADA.

Tfno. 916490425 - Fax. 916490422.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del R.D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y en virtud de lo previsto en el artículo 262, en relación con el artículo 260 apartado 1, puntos 3, 4, 5 y 7, de la Ley de Sociedades Anónimas aprobada por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre (BB.OO.EE. de 27-12-89 y 01-02-90); o en el artículo 105, en conexión con el artículo 104, apartado 1, letras c), d), e), f) y g), de la Ley 2/1995 de 23 de marzo de Sociedades de Responsabilidad Limitada (“Boletín Oficial del Estado” del 24), los sujetos más abajo relacionados podrían haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por no haber convocado junta general para disolver la sociedad o instar concurso, existiendo causa legal de disolución o presunta insolvencia. De ser así, el procedimiento para declarar la responsabilidad en los casos previstos en el artículo 12 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), se ajustará a lo dispuesto en el artículo 13 del mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los consejos de Administración de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la administración de la Seguridad Social cuyo importe y período se señalan en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, o intentada su práctica ha sido imposible por causas no imputables a esta administración, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en los términos establecidos en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14 de enero de 1999).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no superior a quince días, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la sociedad mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la calle Portugal, 33, código postal 28943 en la localidad de Fuenlabrada (Madrid).

EXPEDIENTE. – SOCIEDAD MERCANTIL. – C.C.C. – ADMINISTRADOR. – DIRECCIÓN DE ENVÍO. – CP. – LOCALIDAD. – PERIODO DE LA DEUDA. – IMPORTE DE LA DEUDA EUROS.

28250700447207. – FINANCIACIONES FUENLABRADA SL. – 28160712826. – GISMERO CORPAS MIGUEL ÁNGEL. – 28019. – MADRID. – 03/2007 A 08/2009. – 30.442,08 EUROS.

28250900083412. – TRM AISLAMIENTOS, S.L. – 28117778707. – JUAN ANTONIO BAREA AYLLON. – 28970. – HUMANES DE MADRID. – 04/2009 A 07/2009. – 16.837,10 EUROS.

28250900395933. – CASTELLANOS DEL ARCO RESTAURACIÓN, S.L. – MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ DEL ARCO. – 28944. – FUENLABRADA. – 01/2009 A 07/2010. – 16.472,50 EUROS”.

28251000024835. – TRM AISLAMIENTOS, S.L. – 28117988366. – TOMÁS RUIZ MARTÍN. – 28944. – FUENLABRADA. – 04/2009 A 07/2009. – 16.837,10 EUROS.

En Fuenlabrada, a 14 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva en funciones, Marina Rodríguez López.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA PÚBLICA DE BIENES INMUEBLES.

Doña Marina Rodríguez López, jefa en funciones de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/25, sita en la calle Portugal, número 33 de Fuenlabrada.

HAGO SABER: Que en el expediente administrativo de apremio número 28 25 04 00136621 que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por deudas a la Seguridad Social, contra SEBASTIAN ALMIRON VALENZUELA, cuyo último domicilio conocido fue en C/ Suecia, 3 – 4º 2 (28942 Fuenlabrada) se ha dictado la providencia de subasta pública de bienes inmuebles, que después se transcribirá.

Hallándose la cónyuge SILVIA ROLDAN LOPEZ c/ Suecia, 3 – 4º 2 (28942 Fuenlabrada), y el acreedor hipotecario GENERAL ELECTRIC CAPITAL BANK, C/ Retama, 7 – 4º (28045 Madrid) en paradero ignorado o no habiendo podido ser notificados por encontrarse ausentes tras dos intentos fallidos de notificación, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de su último domicilio y en el correspondiente Diario Oficial, en cumplimiento de lo que establecen los artículos 9 y 116 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio) y los artículos 58 a 61 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Lo que se hace público a efecto de que sirva de notificación al interesado y a su cónyuge.

Fuenlabrada, a 15 de marzo de 2011. LA RECAUDADORA EJECUTIVA EN FUNCIONES. Fdo.: Marina Rodríguez López.

PROVIDENCIA: Una vez autorizada con fecha 11 de febrero de 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad de SEBASTINA ALMIRON VALENZUELA, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra dicho deudor, procédase a la celebración de la citada subasta el día 28 de ABRIL de 2011, a las 10:00 horas en la calle Agustín de Foxá, 28-30, entrada por c/ Manuel Ferrero, 15 de Madrid y obsérvense en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25). Siendo el plazo para presentar ofertas HASTA EL DIA 27 DE ABRIL de 2011.

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta su venta, así como su tipo de subasta, son los indicados en relación adjunta.

Notifíquese esta providencia al deudor y, en su caso, al depositario de los bienes embargados, al cónyuge, los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos pagando el importe total de la deuda, incluidos el principal, recargo, intereses y las costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes.

Madrid, a 11 de febrero de 2011.-EL DIRECTOR PROVINCIAL, Rodrigo Mares Ramírez.

RELACION ADJUNTA DE BIENES QUE SE DECRETA SU VENTA CON TIPO DE SUBASTA.

Deudor: SEBASTIAN ALMIRON VALENZUELA.

BIEN: FINCA NÚMERO 1 LOTE NÚMERO 01.- DATOS FINCA URBANA.- 100% pleno dominio ganancial, vivienda en urb. El paraíso de Torrevieja, en calle: urb. El paraíso edific. R. número 4 03180 Torrevieja (Alicante).- DATOS REGISTRO: Torrevieja número 02, Tomo:1886, Libro: 0772, Folio: 0064 número finca: 52622, IMPORTE TASACION: 90.133,42 Euros.- CARGAS QUE DEBERAN QUEDAR SUBSISTENTES, Carga.- Hipoteca de General Electric Capital Bank importe: 18.863,70 Euros, TIPO SUBASTA: 71.269,72 Euros.- DESCRIPCION AMPLIADA.- Urbana, vivienda situada en la urbanización “El Paraiso” edif. R. calle Montesinos, 18 c/v c/ Urbano Arregui, escalera 2 – 1º pta. 4ª en Torrevieja. Tiene una superficie construida de 62,7500 m2. Tiene unas terrazas de unos 10,52 m2. Se embarga el 100% pleno dominio por titulo de compraventa con carácter para su sociedad conyugal.

Madrid a 11 de febrero de 2011.-EL DIRECTOR PROVINCIAL, Rodrigo Mares Ramírez.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

Doña Marina Rodríguez López, Recaudadora Ejecutiva en funciones de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 25 de las de Madrid, con domicilio en la calle Portugal, número 33, 28943 - Fuenlabrada.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimientos administrativos de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, y que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según redacción dada por la Ley 4/199, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación a los interesados o a sus representantes por dos veces, sin que haya sido posible practicarlas por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendiente de notificar la siguiente.

DILIGENCIA: En cumplimiento de las Providencias de apremio, dictadas en su día, al amparo del artículo 84 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25) DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes a los deudores que se describen en la RELACIÓN adjunta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 de dicho Reglamento. Los citados bienes quedan afectos, en virtud de estos embargos, a las responsabilidades de los deudores en sus respectivos expedientes, y que al día de la fecha ascienda a la cantidad total señalada para cada uno.

Notifíquese esta diligencia de embargo al deudor, en su caso al cónyuge, a los terceros poseedores y a los acreedores hipotecarios, indicándoles que los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, o por las personas colaboradoras que se indican en el vigente Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos, en caso de no atender al pago de su deuda, y que dicha tasación servirá para fijar el tipo de salida, de no mediar objeción por parte del apremiado. No obstante, en caso de que el deudor apremiado no estuviese de acuerdo con la valoración efectuada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la valoración inicial realizada a instancias de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva. En caso de discrepancia, si la diferencia entre ambas valoraciones, considerada por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por 100 de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará a los Colegios o Asociaciones Profesionales o Mercantiles oportunos la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente y será la definitivamente aplicable.

Asimismo, expídase el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado, a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Solicítese certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y llévense a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del citado Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de 10 días a partir del siguiente a la recepción de la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad en el plazo de UN MES, contando a partir de la publicación del presente Edicto, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Fuenlabrada, a 15 de marzo de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA EN FUNCIONES, Marina Rodríguez López.

CÓDIGO CUENTA COTIZACIÓN. – EXPEDIENTE. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – D.N.I./N.I.F. – LOCALIDAD. – PERIODO DE LA DEUDA. – NOTIFICACIÓN EN FORMA. – IMPORTE PRINCIPAL. – RECARGO DE APREMIO. – COSTAS DEVENGADAS. – COSTAS PRESUPUESTADAS. – IMPORTE TOTAL. – PROCEDIMIENTO. – NÚMERO DOCUMENTO. – DESCRIPCIÓN REGISTRAL.

28163135705. – 28250800357813. – GARDE NIETO M. NIEVES. – 001801032V. – FUENLABRADA. – 12/2008 A 05/2010. – AL DEUDOR. – 12062,39. – 2802,92. – 0,00. – 1486,53. – 17196,97. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550111003540340. – REG. NÚMERO 4 FUENLABRADA. FINCA: 14289 TOMO: 1679 LIBRO: 420 FOLIO: 118.

URBANA.- VIVIENDA EN FUENLABRADA, CALLE FERROCARRIL 5, PLANTA 1ª, PUERTA A. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, Y UTIL DE CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS. LE CORRESPONDE COMO ANEJO INSEPARABLE EL CUARTO TRASTERO NÚMERO 10. TITULARIDADES: GARDE NIETO MARIA DE LAS NIEVES EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 4, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.

280335072144. – 28250900011266. – ALONSO REYERO MARIA MERCEDES. – 007529524Z. – FUENLABRADA. – 05/2008 A 12/2008. – AL DEUDOR. – 1876,95. – 375,40. – 10,46. – 225,23. – 2630,96. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550109071244362. – REG. NÚMERO 2 FUENLABRADA FINCA: 13374 TOMO: 1139 LIBRO: 87 FOLIO: 4.

VIVIENDA EN FUENLABRADA 50% PLENO DOMINIO PRIVATIVO. CL. URB. NUEVO VERSALLES NÚMERO 205 PISO 7 PUERTA B. COD. POSTAL:28942.

280335072144. – 28250900011266. – ANTONIO GARCIA DURAN. – ---. – FUENLABRADA. – 05/2008 A 12/2008. – AL COTITULAR. – 1876,95. – 375,40. – 10,46. – 225,23. – 2630,96. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550109071244362. – REG. NÚMERO 2 FUENLABRADA FINCA: 13374 TOMO: 1139 LOBRO: 87 FOLIO: 4.

VIVIENDA EN FUENLABRADA 50% PLENO DOMINIO PRIVATIVO. CL. URB. NUEVO VERSALLES NÚMERO 205 PISO 7 PUERTA B. COD. POSTAL: 28942.

280297746443. – 28250900287112. – SORREL CALDERON ANTONIO. – 050425204G. – FUENLABRADA. – 10/2008 A 06/2010. – AL DEUDOR. – 7535,09. – 1725,10. – 0,00. – 926,01. – 10733,78. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550111004707572. – REG. NÚMERO 3 FUENLABRADA. FINCA: 22667 TOMO: 1550 LIBRO: 413 FOLIO: 159.

URBANA.- VIVIENDA SEGUNDO LETRA A, DEL BLOQUE SEÑALADO CON EL NUMERO UNO, HOY AVENIDA DE LAS NACIONES NUMERO VEINTISEIS, EN TERMINO MUNICIPAL DE FUENLABRADA MADRID. LINDA: AL FRENTE, CON EL RELLANO DE SU PLANTA, CAJA DE LA ESCALERA Y VIVIENDA LETRA D. POR LA DERECHA ENTRANDO, CON LA VIVIENDA LETRA B. POR LA IZQUIERDA, CON EL RESTO DE LA FINCA MATRIZ. Y POR EL FONDO, CON CALLE SIN NOMBRE MIDE SETENTA Y SIETE METROS TREINTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRAOS. TITULARIDADES: ANTONIO SORREL CALDERON EL 50% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA CON CARACTER PRIVATIVO. ROMI ROBLES DE JUSTINIANO EL 50% DEL PLENO DOIIMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA CON CARACTER PRIVATIVO, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 3, SE EMBARGA EL 50% DEL PLENO DOMINIO CORRESPONDIENTE A ANTONIO SORREL CALDERON.

280297746443. – 28250900287112. – ROMY ROBLES DE JUSTINIANO. – ---. – FUENLABRADA. – 10/2008 A 06/2010. – AL COTITULAR. – 7535,09. – 1725,10. – 0,00. – 926,01. – 10733,78. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550111004707572. – REG. NÚMERO 3 FUENLABRADA. FINCA: 22667 TOMO: 1550 LIBRO: 413 FOLIO: 159.

URBANA.- VIVIENDA SEGUNDO LETRA A, DEL BLOQUE SEÑALADO CON EL NUMERO UNO, HOY AVENIDA DE LAS NACIONES NUMERO VEINTISEIS, EN TERMINO MUNICIPAL DE FUENLABRADA MADRID. LINDA: AL FRENTE, CON EL RELLANO DE SU PLANTA, CAJA DE LA ESCALERA Y VIVIENDA LETRA D. POR LA DERECHA ENTRANDO, CON LA VIVIENDA LETRA B. POR LA IZQUIERDA, CON EL RESTO DE LA FINCA MATRIZ. Y POR EL FONDO, CON CALLE SIN NOMBRE MIDE SETENTA Y SIETE METROS TREINTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRAOS. TITULARIDADES: ANTONIO SORREL CALDERON EL 50% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA CON CARACTER PRIVATIVO. ROMI ROBLES DE JUSTINIANO EL 50% DEL PLENO DOIIMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA CON CARACTER PRIVATIVO, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 3, SE EMBARGA EL 50% DEL PLENO DOMINIO CORRESPONDIENTE A ANTONIO SORREL CALDERON.

280297746443. – 28250900287112. – SORREL CALDERON ANTONIO. – 050425204G. – FUENLABRADA. – 10/2008 A 06/2010. – AL DEUDOR. – 7535,09. – 1725,10. – 0,00. – 926,01. – 10733,78. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550111004715858. – REG. NÚMERO 1 DE LEGANES FINCA: 2379 TOMO: 872 LIBRO: 30 FOLIO: 83.

URBANA.- PISO SEGUNDO LETRA B, EXTERIOR, DEL PORTAL SEIS DE LA CALLE DE LA PAZ, EN PLANTA SEGUNDA DEL EDIFICIO COMPUESTO DE DOS PORTALES SEÑALADOS CON LOS NUMEROS VEINTIUNO DE LA CALLE DE SAN AMADO Y NUMERO SEIS DE LA CALLE DOS SANTOS, HOY LA PAZ, EN EL POBLADO DE LA FORTUNA, EN LEGANES. LINDA: POR SU FRENTE, CON LA CALLE DE LA PAZ. POR LA DERECHA, MIRANDO DESDE ESTA FACHA CON EL PISO LETRA C EXTERIOR DE SU MISMA PLANTA Y PORTAL. POR LA IZQUIERDA, CON LA CALLE DE SAN AMADO. Y POR EL FONDO, CON EL PISO LETRA A EXTERIOR DE SU MISMA PLANTA Y PORTAL Y MESETA Y HUECO DE ESCALERA. MIDE: CINCUENTA Y DOS METROS CON SETENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS UTILES. TITULARIDADES: ANTONIO SORREL CALDERON EL 50% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO POR TITULO DE COMPRAVENTA. MARIA MILAGROS BICHO VINAGRE EL 50% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATVO POR TITULO DE COMPRAVENTA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LEGANES NÚMERO 1, SE EMBARGA EL 50% DEL PLENO DOMINIO CORRESPONDIENTE A ANTONIO SORREL CALDERON.

280128761935. – 28250900330053. – MARIA JESUS C. ALONSO RUIZ. – ---. – MADRID. – 01/2005 A 06/2010. – AL COTITULAR. – 19543,54. – 3908,70. – 31,92. – 2345,22. – 30244,07. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550111009091568. – REG. NÚMERO 22 DE MADRID. FINCA: 78662 TOMO: 3123 LIBRO: 3123 FOLIO: 141.

URBANA.- VIVIENDA LETRA A EN LA PLANTA TERCERA DE LA CASA SITA EN MADRID, Y SU CALLE DE ANTONIA RUIZ SORO NUMERO 29, CON VUELTA POR SU IZQUIERDA ENTRANDO, A LA DE OLTRA; DESCRITA EN LA INSCRIPCION 6 ª DE LA FINCA MATRIZ NUMERO 10476 AL FOLIO 5 DEL LIBRO 473 DEL ARCHIVO DICHA VIVIENDA CONSTA DE VESTIBULO, COCINA, ASEO, BAÑO, COMEDOR, TRES DORMITORIOS Y TERRAZA. MIDE SETENTA METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, MAS DIEZ METROS CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS DE LA TERRAZA. LINDA: POR SU FRENTE O ENTRADA, RELLANO, CAJA DE ESCALERA Y VIVIENDA B DE ESTA PLANTA; AL FONDO, SOLAR DEL SEÑOR LLORENTE; DERECHA, ENTRANDO, VIVIENDA LETRA B, Y CALLE DE ANTONIA RUIZ SOR; E IZQUIERDA, PATIO COMUN. TITULARIDADES: PILAR MARCELINA ALONSO RUIZ DEL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. HERMINIO ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. SONSOLES ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. MARIA JESUS CATALINA ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. JOSE LUIS ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID NÚMERO 22, SE EMBARGA EL 20% DEL PLENO DOMINIO PERTENECIENTE A JOSE LUIS ALONSO RUIZ. EXISTE UNA SERVIDUMBRE REAL DE ACUEDUCTO QUE SE CITA EN LAS INSCRIPCIONES 1ªS DE LAS FINCAS DE PROCEDENCIA 5509 Y 5757.

280128761935. – 28250900330053. – HERMINIO ALONSO RUIZ. – ---. – MADRID. – 01/2005 A 06/2010. – AL COTITULAR. – 19543,54. – 3908,70. – 31,92. – 2345,22. – 30244,07. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550111009091568. – REG. NÚMERO 22 DE MADRID. FINCA: 78662 TOMO: 3123 LIBRO: 3123 FOLIO: 141.

URBANA.- VIVIENDA LETRA A EN LA PLANTA TERCERA DE LA CASA SITA EN MADRID, Y SU CALLE DE ANTONIA RUIZ SORO NUMERO 29, CON VUELTA POR SU IZQUIERDA ENTRANDO, A LA DE OLTRA; DESCRITA EN LA INSCRIPCION 6 ª DE LA FINCA MATRIZ NUMERO 10476 AL FOLIO 5 DEL LIBRO 473 DEL ARCHIVO DICHA VIVIENDA CONSTA DE VESTIBULO, COCINA, ASEO, BAÑO, COMEDOR, TRES DORMITORIOS Y TERRAZA. MIDE SETENTA METROS CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS, MAS DIEZ METROS CUARENTA DECIMETROS CUADRADOS DE LA TERRAZA. LINDA: POR SU FRENTE O ENTRADA, RELLANO, CAJA DE ESCALERA Y VIVIENDA B DE ESTA PLANTA; AL FONDO, SOLAR DEL SEÑOR LLORENTE; DERECHA, ENTRANDO, VIVIENDA LETRA B, Y CALLE DE ANTONIA RUIZ SOR; E IZQUIERDA, PATIO COMUN. TITULARIDADES: PILAR MARCELINA ALONSO RUIZ DEL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. HERMINIO ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. SONSOLES ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. MARIA JESUS CATALINA ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA. JOSE LUIS ALONSO RUIZ EL 20% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE HERENCIA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE MADRID NÚMERO 22, SE EMBARGA EL 20% DEL PLENO DOMINIO PERTENECIENTE A JOSE LUIS ALONSO RUIZ. EXISTE UNA SERVIDUMBRE REAL DE ACUEDUCTO QUE SE CITA EN LAS INSCRIPCIONES 1ªS DE LAS FINCAS DE PROCEDENCIA 5509 Y 5757.

28149339574. – 28251000140124. – PREFIC MONTAJES DE HORMIGON ARQUITECTON. – 0B84089663. – HUMANES DE MADRID. – 06/2009 A 04/2010. – AL DEUDOR. – 39292,81. – 11227,67. – 53,12. – 5052,04. – 57445,69. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550111004175890. – REG. NÚMERO 1 FUENLABRADA FINCA: 17029 TOMO: 1729 LIBRO: 318 FOLIO: 104.

URBANA.- VIVIENDA SEGUNDO C, EN LA SEGUNDA PLANTA, CUARTA DE CONSTRUCCION, DEL EDIFICIO EN TERMINO DE HUMANES DE MADRID, CALLE PARLA 27; SITUADA EN LA PARTE TRASERA SEGUN SE SUBE POR LA ESCALERA. OCUPA UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE CUARENTA Y SEIS METROS VEINTIOCHO DECIMETROS CUADRADOS. LINDA: FRENTE, VIVIENDA PRIMERO B, EN LA SEGUNDA PLANTA DE SU DUPLEX, HUECO DE ASCENSOR Y VESTIBULO DE CIRCULACIONES DONDE TIENE SU ACCESO Y VIVIENDA PRIMERO D, EN LA SEGUNDA PLANTA DE SU DUPLEX; DERECHA ENTRANDO, PATIO DE LUCES DEL EDIFICIO; IZQUIERDA, CALLE PARLA; Y FONDO, MEDIANERA DE LA FINCA DE LA CALLE PARLA 25. LE CORRESPONDE COMO ANEJOS: EL TRASTERO 7 SITUADO EN EL SOTANO DEL EDIFICI, QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE DOS METROS CINCUENTA Y TRES DECIMETROS CUADRADOS. Y LA PLAZA DE GARAJE 6, SITUADA EN EL SOTANO DEL EDIFICIO QUE TIENE UNA SUPERFICIE DE VEINTIUN METROS SETENTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS. TITULARIDADES: PREFIC MOTAJES HOMIGON ARQUITENTONICO EN CUANTO AL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRA Y AMPLIACION Y MODIF. HIPOT., INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 1 DE FUENLABRADA, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.

28029036423. – 28251000376257. – TRANSPORTES DE CERCANIAS, S.A. – 0A28529022. – FUENLABRADA. – 01/2010 A 01/2010. – AL DEUDOR. – 176154,46. – 35230,89. – 42,56. – 21138,53. – 237793,16. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550110065678157. – REG. NÚMERO 3 FUENLABRADA FINCA: 915 TOMO: 1433 LIBRO: 324 FOLIO: 6.

URBANA.- TIERRA EN TERMINO MUNICIPAL DE FUENLABRADA, AL SITIO LAS LAGUNAS DE PARLA, CON UNA SUPERFICIE DE MIL UN METROS TREINTA DECIMETROS CUADRADOS APRX. LINDA: AL NORTE EN LINEA DE SETENTA Y TRES METROS CINCUENTA CENTIMETROS CON LA PARCELA DESIGNADA CON EL NUMERO SIETE-CINCO, EL PLANO GENERAL DE LA URBANIZACION; SUR, PARCELA DESIGANADA CON EL NUMERO SIETE-SIETE DEL PLANO GENERAL DE LA URBANIZACION; AL ESTE CON PARCELA NUMERO SEIS DEL PLANO GENERAL DEL POLIGONO, SEPARADA POR EL COLECTOR GENERAL, Y AL OESTE EN LINEA DE TRECE METROS CINCUENTA DECIMETROS CON CAMINO INTERIOR POR EL QUE TIENE SU ACCESO, ES LA PARCELA SIETE-SEIS DEL PLANO DE URBANIZAON. SOBRE DICHA PARCELA SE HA CONSTRUIDO LA SIGUIENTE NAVE INDUSTRIAL DE UNA SOLA PLANTA, TENIENDO EN SU LINDERO OESTE UNA PLANTA ALTA PARA OFICINA. LA PLANTA BAJA TOTALMENTE DIAFANA TIENE UNA SUPERFICIE DE QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS Y LA PLANTA ALTA, TIENE UNA SUPERFICIE DE CUARENTA Y CINCO METROS TREINTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS. LA SUPERFICIE NO CONSTRUIDA SE DESTINA A PATIOS Y ZONAS DE PASO. TITULARIDADES: TRANSPORTES CERCANIAS, S.A. EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COPRAVENTA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PORPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 3, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.

28029036423. – 28251000376257. – TRANSPORTES DE CERCANIAS, S.A. – 0A28529022. – FUENLABRADA. – 01/2010 A 01/2010. – AL DEUDOR. – 176154,46. – 35230,89. – 42,56. – 21138,53. – 237793,16. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550110065829620. – REG. NÚMERO 3 FUENLABRADA FINCA: 11236 TOMO: 1488 LIBRO: 367 FOLIO: 205.

URBANA.- PARCELA DE TERRENO EN TERMINO MUNICIPAL DE FUENLABRADA, MADRID, AL SITIO DE LAS LAGUNAS DE PARLA, CON UNA SUPERFICIE DE MIL OCHOCIENTOS UN METROS SESENTA DECIMETROS CUADRADOS, APROX. ; QUE LINDA: NORTE, EN LINEA DE SESENTA Y TRES METROS CINCUENTA CENTIMETROS, PARCELA DESIGNADA CON EL NUMERO SIETE-SIETE DEL PLANO GENERAL DE URBANIZACION; SUR EN LINEA DE SETENTA Y SIETE METROS, FINCA NUMERO CIENTO SESENTA Y COHO DEL POLIGONO QUINC DEL CATASTRO DE RUSTICAS; ESTE, PARCELA NUMERO SEIS DEL PLANO GENERAL DEL POLIGONO, SEPARADA POR EL COLECTOR GENERAL; Y OESTE EN LINEA DE CATORCE METROS, CON CAMINO POR EL QUE TIENE SU ACCESO. ADOPTA LA FORMA DE UN TRAPECIO. ES LA PARCELA SIETE-OCHO DEL PLANO DE URBANIZACION. SOBRE DICHA PARADA SE HA CONSTRUIDO LA SIGUIENTE NAVE INDUSTRIAL DE UNA SOLA PLANTA, TENIENDO EN SU LINDERO OESTE, UNA PLANTA ALTA PARA OFICINA. LA PLANTA BAJA TOTALMENTE DIAFANA TIENE UNA SUPERFICIE DE QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS Y LA PLANTA ALTA, TIENE UNA SUPERFICIE DE CUARENTA Y CINCO METROS TREINTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS LINDA POR TODOS SUS VIENTOS CON TERRENOS DE LA PROPIA PARADA SOBRE LA QUE SE HALLA ENCLAVADA. LA SUPERFICIE NO CONSTRUIDA SE DESTINA A PATIOS Y ZONAS DE PASO. TITULARIDADES: TRANSPORTES CERNANIAS, S.A. EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 3, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.

28029036423. – 28251000376257. – TRANSPORTES DE CERCANIAS, S.A. – 0A28529022. – FUENLABRADA. – 01/2010 A 01/2010. – AL DEUDOR. – 176154,46. – 35230,89. – 42,56. – 21138,53. – 237793,16. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550110065850838. – REG. NÚMERO 3 DE FUENLABRADA. FINCA: 11237 TOMO: 1359 LIBRO: 264 FOLIO: 63.

URBANA.- PARCELA DE TERRENO EN TERMINO MUNICIPAL DE FUENALBRDA MADRID, AL SITIO DE LAS LAGUNAS DE PARLA, CON UNA SUPERFICIE DE MIL UN METROS TREINTA DECIMETROS CUADRADOS APROX. QUE LINDA: NORTE EN LINEA DE SETENTA Y TRES METROS CINCUENTA CENTIMETROS, PARCELA DESGNADA CON EL NUMERO SIETE-SEIS DEL PLANO GENERAL DE URBANIZACION; SUR, CON PARCELA DESIGNADA CON EL NUMERO SIETE-OCHO DEL PLANO GENERAL DE URBANIZACION; ESTE, PARCELA NUMERO SEIS DEL PLANO GENERAL DEL POLIGONO, SEPARADA POR EL COLECTOR GENERAL, Y OESTE, EN LINEA DE TRECE METROS CINCUENTA CENTIMETROS, CAMINO INTERIOR POR EL QUE TIENE SU ACCESO. ES LA PARCELA SIETE-SIETE DEL PLANO DE URBANICACION. SOBRE DICHA PARCELA SE HA CONSTRUIDO LA SIGUIENTE NAVE INDUSTRIAL DE UNA SOLA PLANTA, TENIENDO EN SU LINDERO OESTE UNA PLANTA ALTA PARA OFICINA. LA PLANTA BAJA, TOTALMENTE DIAFANA, TIENE UNA SUPERFICIE DE QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE EMTROS VEINICUATRO DECIMETROS CUADRADOS, Y LA PLANTA ALTA TIENE UNA SUPERFICIE DE CUARENTA Y CINCO METROS TREINTA Y SEIS DECIMETROS. LINDA POR TODOS SUS VIENTOS CON TERRENOS DE LA PROPIA PARCELA SOBRE LA QUE SE HALLA ENCLAVADA. LA SUPERFICIE NO CONSTRUIDA SE DESTINA A PATIOS Y ZONAS DE PASO. TITULARIDADES: TRANSPRTES DE CERCANIAS S.A. EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 3, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.

28029036423. – 28251000376257. – TRANSPORTES DE CERCANIAS, S.A. – 0A28529022. – FUENLABRADA. – 01/2010 A 01/2010. – AL DEUDOR. – 176154,46. – 35230,89. – 42,56. – 21138,53. – 237793,16. – DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES. – 282550110065784150. – REG. NÚMERO 3 FUENLABRADA. FINCA: 916 TOMO: 1504 LIBRO: 380 FOLIO: 5.

URBANA.- TIERRA EN TERMINO MUNICIPAL DE FUENLABRADA, AL SITIO DE LAS LAGUNAS DE PARLA, CON UNA SUPERFICIE DE MIL UN METROS Y TREINTA DECIMETROS CUADRADOS, APROX. LINDA: AL NORTE EN LINEA DE SETENTA Y TRES METROS CINCUENTA CENTIMETROS CON PARCELA NUMERO SIETE-CUATRO DEL PLANO GENERAL DE LA URBANIZACION; AL SUR PARCELA DESIGNADA CON EL NUMERO SIETE-SEIS DEL PLANO GENERAL DE LA URBANIZACION; AL ESTE CON PARCELA SEIS DEL PLANO GENERAL DEL POLIGONO, SEPARADA POR EL COLECTOR GENERAL Y OESTE EN LINEA DE TRECE METROS Y CINCUENTA CENTRIMETROS CON CAMINO INTERIOR POR EL QUE TIENE SU ACCESO. ES LA PARCELA SIETE-CINCO DEL PLANO DE URBANIZACION. SOBRE DICHA PARADA SE HA CONSTRUIDO LA SIGUIENTE NAVE INDUSTRIAL DE UNA SOLA PLANTA, TENIENDO EN SU LINDERO OESTE, UNA PLANTA ALTA PARA OFICINA. LA PLANTA BAJA TOTALMENTE DIAFANA, TIENE UNA SUPERFICIE DE QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE METROS VEINTICUATRO DECIMETROS CUADRADOS Y LA PLANTA ALTA, TIENE UNA SUPERFICIE DE CUARENTA Y CINCO TREINTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS. LINDA POR TODOS SUS VIENTOS CON TERRENOS DE LA PROPIA PARADA SOBRE LA QUE SE HALLA ENCLAVADA. TITULARIDADES: TRASPORTES CERCANIAS, S.A. EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 3, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE VALORACIÓN DE BIENES INMUEBLES EMBARGADOS (TVA-503).

Dña. Marina Rodríguez López, Recaudadora Ejecutiva en funciones de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 25 de las de Madrid, con domicilio en la calle Portugal, número 33, 28943 - Fuenlabrada.

HACE SABER: Que en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva se sigue procedimiento administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social, contra los apremiados que figuran en la relación adjunta, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según redacción dada por la Ley 4/199, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31), de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar la siguiente.

DILIGENCIA: Notificadas al deudor de referencia las providencias de apremio por los débitos perseguidos, cuyo importe más abajo se indica, sin haberlas satisfecho, y habiéndose procedido al embargo de bienes inmuebles de su propiedad, como interesado se le notifica que los bienes embargados han sido tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, según se transcribe en RELACIÓN adjunta, a efectos de su posible venta en pública subasta, si no se realiza el pago de la deuda.

La valoración efectuada servirá para fijar el tipo de subasta. No obstante, si no estuviese conforme con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al de la presente notificación. En el caso de existir discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicará la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20 por ciento de la menor, se estimará como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitará de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a quince días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los límites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Fuenlabrada, a 15 de marzo de 2011. LA RECAUDADORA EJECUTIVA EN FUNCIONES: Marina Rodríguez López.

CÓDIGO CUENTA COTIZACIÓN. – EXPEDIENTE. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – D.N.I./N.I.F. – CÓDIGO POSTAL. – LOCALIDAD. – NOTIFICACIÓN EN FORMA. – IMPORTE PRINCIPAL. – RECARGO DE APREMIO. – INTERESES. – COSTAS DEVENGADAS. – COSTAS PRESUPUESTADAS. – IMPORTE TOTAL. – PROCEDIMIENTO. – NÚMERO DOCUMENTO. – DESCRIPCIÓN REGISTRAL. – TASACIÓN.

281014751288. – 28250700133369. – RAQUEL MUÑOZ MONTAÑO. – 053044807E. – 28940. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 8428,55. – 1685,62. – 1532,14. – 345,91. – 11992,22. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550310071348920. – REG. NÚMERO 2 DE OROPESA DEL MAR FINCA: 28926 TOMO: 1295 LIBRO: 408 FOLIO: 97.

URBANA.- VIVIENDA EN OROPESA DEL MAR (CASTELLON) EN CALLE SECTOR R5-A, EN LA URBANIZACION. – MARINA TREBOL III. – PLANTA SEGUNDA, CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 50;97 M2. LINDEROS: DERECHA: VIVIENDA TIPO 7 DE LA MISMA PLANTA, IZQUIERDA: ELEMENTOS COMUNES, FONDO: ELEMENTOS COMUNES. VIVIENDA TIPO 7 TIENE COMO ANEJOS LA PLAZA DE GARAJE SEÑALADA CON EL NÚMERO 123 UBICADO EN LA PLANTA 8ª DE 5,20 M2 GRAVADA CON LA CUENTA DE LIQUIDACION PROV. EN LA REPARCELACION DE LA QUE PROCEDE. TITULARES: PEDRO SANTIAGO GARCIA ASPERIILLA Y RAQUEL MUÑOZ MONTAÑO. SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO GANANCIAL. LA FINCA ESTA INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 2 DE OROPESA DEL MAR.- IMPORTE TASACION.- 118.950,00 EUROS. – 118.950.

280453634335. – 28250600371394. – GARCIA ASPERILLA PEDRO. – 052959692F. – 28945. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 5269,29. – 1053,92. – 1357,01. – 563,88. – 8244,1. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550310071331035. – REG. NÚMERO 1 DE OROPESA DEL MAR FINCA: 28926 TOMO: 1295 LIBRO: 408 FOLIO: 97.

URBANA.- VIVIENDA EN OROPESA DEL MAR, CALLE SECTOR R5-A, PLANTA 2ª URBANIZACION MARINA TREBOL III, CODIGO POSTAL: 12594. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA: 50,97 M2. LINDEROS: DERECHA: VIVIENDA TIPO 7 DE LA MISMA PLANTA. IZQUIERDA: ELEMENTOS COMUNES. FONDO: ELEMENTOS COMUNES. VIVIENDA DEL TIPO 7, TIENE COMO ANEJOS LA PLAA DE GARAJE SEÑALADA CON EL NUMERO 123, UBICADO EN LA PLANTA 8ª, DE 5,20 METROS CUADRADOS CONSTRUIDOS. TITULARIDADS: PEDRO SANTIAGO GARCIA ASPERRILLA Y RAQUEL MUÑOZ MONTAÑO EL 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER GANANCIAL POR TITULO DE COMPRAVENTA, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE OROPESA DEL MAR, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.- IMPORTE TASACION: 118.950,00 EUROS. – 118.950.

280358484308. – 28250600123844. – TORRESANO SESMERO GREGORIO. – 28943. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 5706,58. – 1288,69. – 847,20. – 295. – 8137,47. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550310077989780. – FINCA NUM. 01.- DATOS FINCA URBANA: VIVIENDA vpo EN FUENLABRADA 50% PLENO DOMINIO PRIVATIVO EN CALLE ALAVA, 6 6º A COD-POST: 28943 COD-MUNI: 28058. DATOS REGISTRO: REGISTRO 2 DE FUENLABRADA TOMO: 684, LIBRO: 521 FOLIO: 133 FINCA: 42862.- DESCRIPCION AMPLIADA: URBANA.- VIVIENDA DE PROTECCION OFICIAL EN FUENLABRADA EN LA CALLE ALAVA, 6 CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 63,33 M2, TITULARES: MARIA REYES ERGUETA SANCHEZ (50% PRIVATIVO) Y GREGORIO TORRESANO SESMERO (50% PLENO DOMINIO PRIVATIVO). SE EMBARGA EL 50% CORRESPONDIENTE A GREGORIO TORRESANO SESMERO.- IMPORTE TASACION: 49.924,31 Euros. – 49.924,31.

280148859830. – 28250800007094. – DURAN RUIZ CRISTOBAL. – 002065371V. – 28340. – VALDEMORO. – AL DEUDOR. – 2710,62. – 542,13. – 392,17. – 295. – 3939,92. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550310071609911. – R.16 DE MADRID, FINCA 110305 EN LA CALLE ARIZONICAS, 2 - 1º B 28041 DE MADRID. SE EMBARBA EL 2/30 PRIVATIVO Y 1/30 DE LA NUDA PROPIEDAD.- DESCRIPCION VIVIENDA EN MADRID EN LA CALLE ARIZONICAS, 2 FORMA PARTE DE LA PROMOCION DENOMINADA “RANCHO DE EL CORDOBES. TIENE UNA SUPERFICIE UTIL DE 78,88 M2. TITULARES: MARIA ANGELES DURAN MARTIN, JOSEFA DURAN MARTIN, MARIA PILAR DURAN MARTIN, JOSE LUIS DURAN MARTIN, CRISTOBAL DURAN RUIZ (CADA UNO DE ELLOS 2/30 PLENO DOMINIO PRIVATIVO Y 1/30 DE LA NUDA PROPIEDAD POR HERENCIA) Y TEODORA MARTIN GONZALEZ/1/2 PLENO DOMINIO PRIVATIVO POR TITULO DE ADJUDICACION DE PAGO DE GANNCIALES Y 1/6 EN USUFRUCTO.- VALOR TASACION: 14.514,25 EUROS. – 14.514,25.

280442343535. – 28250800489872. – GONZALEZ RODRIGUEZ JOSE M. – 012762252N. – 28945. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 6102,55. – 1220,51. – 598,27. – 398,83. – 8320,16. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550310077602184. – REG. NÚMERO 4 DE FUENLABRADA FINCA: 342 TOMO: 1096 LIBRO: 38 FOLIO: 224.

VIVIENDA EN AV. DE LOS ANDES, 12 6- A. CUOTA TRES ENTEROS, SESENTA Y DOS CENTESIMAS POR CIENTO. SUPERFICIE, CONSTRUIDA SETENTA Y NUEVE METROS, CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS. REFERENCIA CATASTRAL 3110002VK3631S0025AX POLIGONO: PARCELA. TITULARIDADES: GONZALEZ RODRIGUEZ JOSE MANUEL 12762252-N 100% DEL PLENO DOMINIO CON CARACTER PRIVATIVO POR TITULO DE DISOLUCION DE COMUNIDAD. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA 4, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO. VALOR TASACION: 124.020,00 EUROS. – 124.020.

280357910691. – 28309600332317. – RAMIREZ DIAZ FRANCISCO. – 050165955B. – 28944. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 16497,38. – 5537,78. – 650,08. – 148,45. – 22833,69. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550311005128514. – REG. NÚMERO 3 DE FUENLABRADA FINCA: 10864 TOMO: 1303 LIBRO: 218 FOLIO: 154.

URBANA.- PISO QUINTO LETRA A, DEL BLOQUE NUMERO NUEVE DE LA URBANIZACION EL ARROYO, HOY PLAZA VALDESERRANO, NUMERO DOS, EN FUENLABRADA. MIDE OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS.- CONSTA DE VARIAS HABITACIONES Y SERVICIOS. LINDA: DERECHA ENTRANDO VIVIENDA LETRA B DE IGUAL PISO; IZQUIERDA ENTRANDO Y FONDO, CON VIENTOS DE TERRENO NO EDIFICABLE, Y FRENTE, RELLANO DE ACCESO, CAJA DE ESCALERA, VIVIENDA LETRA D DE IGUAL PISO Y CON VIENTOS DE TERRNO NO EDIFICABLE. TITULARIDADES: FRANCISCO RAMIREZ DIAZ E INMACULADA GARCIA SANCHEZ EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMPRAVENTA CON CARACTER GANANCIAL, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD NÚMERO 3 DE FUENLABRADA, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.- IMPORTE VALORACION: 143.220,00 EUROS. – 143.220.

28113940335. – 28250800441877. – GRUPO RUBIO FERFUMERIAS, S.L. – 0B81316549. – 28943. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 12528,12. – 2505,60. – 1553,59. – 698,40. – 17285,71. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550311010261834. – REG. PROP. ILLESCAS FINCA: 27224 TOMO: 2592 LIBRO: 419 FOLIO: 100.

URBANA: PARCELA 8.3 PERTENECIENTE A LA AMPLIACION DEL SAU 13. FASE 2 DE LAS NORMAS SUBSIDIARIAS DEL MUNICIPIO DE ILLESCAS, OCUPA UNA SUPERFICIE DE TRES MIL DOSCIENTOS VEINTIUN METROS CON CUARENTA Y CUATRO DECIMETROS CUADRADOS. LINDA NORTE, ROTONDA DE NUEVA CREACION EN LA CALLE B-2C, SUR ROTONDA DE NUEVA CREACION EN LA CALLE B-2B, ESTE, PARCELAS RESULTANTES 8.1 Y 8,4 Y OESTE CON EL TERMINO MUNICIPAL DE CASARRUBUELOS. USO:- INDUSTRIAL. EDIFICABILIDAD.- MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS METROS CON OCHENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS. SOBRE DICHA PARCELA EXISTE UNA NAVE PARA GANADO PORCINO DE CINCUENTA METROS DE LARGO POR DIEZ DE ANCHO, QUE HACEN QUINIENTOS METROS CUADRADOS DE SUPERFICIE. TITULARIDAD: FIGURA INSCRITA EN PLENO DOMINIO A FAVOR DE LA SOCIEDAD GRUPO RUBIO PERUMERIAS, S.L. CIF: B81316549, INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ILLESCAS, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO. -IMPORTE TASACION: 490.551,27 Euros. – 490.551,27.

28140003326. – 28250900245783. – MONTAJES DE CARPINTERIA LA CARCOMA GLOTONA. – 0B83325217. – 28944. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 52552,67. – 10510,53. – 4602,45. – 490,66. – 68156,31. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550311010330946. – REG. NÚMERO 3 DE FUENLABRADA FINCA: 24486 TOMO: 1546 LIBRO: 409 FOLIO: 125.

URBANA.- NUMERO CIENTO SESENTA.- PLAZA DE GARAJE NUMERO CIENTO SESENTA, EN TERMINO MUNICIPAL DE FUENLABRADA, AL SITIO DENOMINADOñ “BARRANCO DE LA ARBOLEDA“ñ EN LA CALLE ARADOS 12, ESQUINA AL PASEO DEL HIGUERAL. SITUADA EN LA PLNATA SEGNDA DEL EDIFICIO PARA APARCAMIENTO SUBTERRANEO. TIENE UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA APROXIMADA DE 19,37 METROS CUARADOS. LINDA A LA DERECHA, CON PLAZA NUMERO CIENTO CINCUENTA Y NUEVE; A LA IZQUIERDA CON PLAZA NUMERO CIENTO SESENTA Y UNO; AL FENTE CON PASILLO, Y AL FONDO CON MURO DE EDIFICIACION. TITULARIDADES: MONTAJE DE CARPINTERIA LA CARCOMA GLOTONA, S.L. EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE COMRAVENTA, INSCITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENLABRADA NÚMERO 3, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO.- IMPORTE TASACION: 17.357,15 EUROS. – 17.357,15.

28031992596. – 28250900471412. – HIPERMOVIL, S.A. – 0A28737161. – 28942. – FUENLABRADA. – AL DEUDOR. – 151970,26. – 30394,04. – 15142,45. – 2808,50. – 200315,25. – NOTIFICACION DE VALORACION DE BIENES INMUEBLES. – 282550311011909723. – REG. 2 FUENLABRADA. FINCA: 6491 TOMO: 1092 LIBRO: 43 FOLIO: 107.

URBANA.- EDIFICIO INDUSTRIAL EN FUENLABRADA, CALLE MOSTOLES NUMERO 70, CARRETERA DE MOSTOLES. TIENE UNA SUPERFICIE EL TERRENO DE TRES MIL CIENTO SESENTA METROS CUADRADOS Y CONSTRUIDO DOS MIL CIENTO DIEZ METROS, VEINTIOCHO DECIMETROS CUADRADOS. LINDEROS: FRENTE, CON LA CALLE MOSTOLES Y FINCA PROPIEDAD DE RAIMUNDO FRUTOS. DERECHA, CON HEREDEROS DE ANTONIO MARTIN. IZQUIERDA, CON PROPIEDAD DE RAIMUNDO FRUTOS Y FONDO, CON PROPIEDAD DE RAFAEL MUÑOZ. 3 EDIFICACIONES. TITULARIDADES: HIPERMOVIL SA EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE AGRUPACION Y EL 100% DEL PLENO DOMINIO POR TITULO DE OBRA NUEVA. INSCRITA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE FUENALBRADA NÚMERO 2, SE EMBARGA EL 100% DEL PLENO DOMINIO. - IMPORTE TASACION: 2.762.076,02 euros. – 2.762.076,02.

URE 28/27.

EDICTO.

Don José Luis Miguel Vázquez, Recaudador Ejecutivo de la Seguridad Social y titular de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 28/27, con domicilio en la C/ Londres 60 de Madrid.

HAGO SABER: que con fecha de hoy he dictado la siguiente diligencia en el expediente que en ella misma se expresa:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR Y/O COTITULARES EN PARADERO DESCONOCIDO. (COTITULAR: MARIA ROSARIO VILLAR SANTIAGO, domicilio en calle Los Yébenes número 144, 14º B 28047 de Madrid).

“Diligencia: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra JOSE CARLOS REGO FERNANDEZ, Expte.: 28271000163229 y C.C.C. 28177273857, con domicilio en calle Los Yébenes número 144, 14º B 28047 de Madrid, calle Eduardo Aunos número 34 28028 Madrid y Camino Villamanta El Alamo 28607 El Alamo y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADOS los inmuebles pertenecientes al mismo que a continuación se describen por los descubiertos que igualmente se expresan:

FINCA URBANA SITA EN MADRID 28047, CALLE LOS YEBENES NÚMERO 144 PISO 14 PUERTA B.

REGISTRO PROPIEDAD NÚMERO 9 DE MADRID, TOMO 1118, LIBRO 1118, FOLIO 89, FINCA 869178.

DEBITOS: Por descubierto de cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 145.547,22 Euros, por descubiertos de cuotas de los períodos siguientes:

REGIMEN GENERAL: varios de 07/2006 A 07/2008.

Del citado embargo se efectuará anotación preventiva de embargo en el Registro de la Propiedad a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Hallándose el deudor en paradero ignorado, notifíquese mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios de la Junta Municipal correspondiente, en cumplimiento de lo que establece el art. 103 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social“.

Lo que se hace público, en cumplimiento de los Recursos del sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor, y si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos los que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Igualmente se requiere al deudor para que, en el plazo de 15 días, haga entrega en esta Recaudación de los títulos de propiedad correspondientes, a cuyo término serán suplidos a su costa por medio de certificación registral.

Contra este acto podrá interponerse de conformidad con lo establecido en el art. 46.1 del R.D. 1415/2004, recurso ante el Director Provincial de Madrid de la Tesorería General de la Seguridad Social, dentro del mes siguiente a la fecha de la notificación de este edicto, sin que ello implique suspensión del procedimiento, excepto en términos y cumplidas que sean las condiciones establecidas en el art. 46.2 del Reglamento General de Recaudación, ya mencionado.

Madrid, a 18 de marzo de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, José Luis Miguel Vázquez.

URE 28/28.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA ANA CASTILLO IRURITA Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/28, con sede en C/ Manuel Ferrero, 19 - 28036 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado las siguientes diligencias en los expedientes que en ellas mismas se expresan:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR DAVID MUÑOZ RODRIGUEZ, AUSENTE EN DOMICILIO. Exp.: 28 28 06 00192096.

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra D. DAVID MUÑOZ RODRIGUEZ con NIF número 047016634B cuyo último domicilio conocido fue en MADRID (28034), CL/ SANTIAGO DE COMPOSTELA NÚMERO 30-3º D y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 592.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADO el Inmueble perteneciente al deudor que a continuación se describe por los descubiertos que igualmente se expresan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

DATOS FINCA.

FINCA URBANA: PISO SEGUNDO LETRA A, EN EL EDIFICIO SITO EN MADRID, EN LA CL/ MONASTERIO DE SILOS, SOBRE LA PARCELA 11.1. MANZANA 11, PAU II 2 MONTECARMELO. ESTA SITUADO EN LA PLANTA SEGUNDA DEL EDIFICIO, CON ENTRADA POR EL PORTAL DOS, BLOQUE UNO. LE CORRESPONDE COMO ANEJOS EL CUARTO TRASTERO NUMERO CUATRO, SITO EN PLANTA SOTANO 1 DEL EDIFICIO.

Registro de la propiedad número 35 de MADRID Tomo 2516 Libro 1025 Folio 51 Número de finca 57334.

DÉBITOS: Por descubierto de Cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 6.608,53 euros.s comprensiva de 5.071,60 euros.s de principal, 1.014,29 euros.s de recargo, 502,17 euros.s de Intereses y 20,47 euros.s de Costas devengadas, de las siguientes providencias de apremio:

REGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTONOMOS: 28 08 063747903;28 08 071267524;28 08 077513314;28 08 085276445;28 08 097723262;28 09 017142715;28 09 029847792;28 09 038481705;28 09 042745863;28 09 050747656;28 09 063133950;28 09 068040736;28 09 075025847;28 09 0834457369;28 09 089092766;28 09 099329094;28 09 103882640;28 10 015309895;28 10 022687252;28 10 028252628.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicara la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimara como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose el deudor ausente en domicilio, notifíquese mediante edictos que se publicaran en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de MADRID en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero“.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el art. 103 Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería a General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30 1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 15 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva.

EDICTO DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA ANA CASTILLO IRURITA Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/28, con sede en C/ Manuel Ferrero, 19 - 28036 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado las siguientes diligencias en los expedientes que en ellas mismas se expresan:

DILIGENCIA DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES HALLANDOSE EL DEUDOR MUSITANDO SL, DESCONOCIDO EN DOMICILIO. Exp.: 28 28 07 00222237.

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra MUSITANDO SL con NIF número B83018861 cuyo último domicilio conocido fue en MADRID, CL/ DOCTOR FLEMING NÚMERO 44-5º-4 y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 592.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

DECLARO EMBARGADO el Inmueble perteneciente al deudor que a continuación se describe por los descubiertos que igualmente se expresan, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 103 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por el Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

DATOS FINCA.

VIVIENDA IDENTIFICADA CON EL NÚMERO TRES, TIPO C, SITA EN LA PLANTA SEXTA, DEL BLOQUE VII, DE LA URBANIZACIÓN PUERTOMAR, FASE DOS, SITA EN EL TERMINO DE SAN JAVIER (MURCIA), PARTIDA DE LA MANGA DEL MAR MENOR, CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 58,95 M2.

Registro de la propiedad número 1 de SAN JAVIER Tomo 1348 Libro 1027 Folio 10 Número de finca 68393.

DÉBITOS: Por descubierto de Cuotas a la Seguridad Social que ascienden a la cantidad total de 22.249,10 euros.s comprensiva de 16.583,68 euros.s de principal, 4.080,43 euros.s de recargo y 1.584,99 euros.s de Intereses de las siguientes providencias de apremio:

REGIMEN GENERAL: 28 07 101129906; 28 07 102919554; 28 07 110124028; 28 07 119788460; 28 08 014180293; 28 08 020022727; 28 08 027069371; 28 08 030214191; 28 08 042335858; 28 08 053403255; 28 08 055465012; 28 08 066326584; 28 08 073113049; 28 08 079438156; 28 08 088220292; 28 09 011292504; 28 09 022500953; 28 09 024750848; 28 09 033500854; 28 09 044897445; 28 09 052778693; 28 09 058524430; 28 09 070071066; 28 09 055356671; 28 09 077607158; 28 09 091879801; 28 09 095670982; 28 09 106870644; 28 10 011359167.

Los citados bienes quedan afectos en virtud de este embargo a las responsabilidades del deudor en el presente expediente, que al día de la fecha ascienden a la cantidad total antes reseñada.

Los bienes serán tasados por esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, por las personas o colaboradores que se indican en el citado Reglamento de Recaudación, a efectos de la posible venta en pública subasta de los mismos en caso de no atender al pago de su deuda, y que servirá para fijar el tipo de salida de no mediar objeción por parte del apremiado. Si no estuviese conforme el deudor con la tasación fijada, podrá presentar valoración contradictoria de los bienes que le han sido trabados en el plazo de 15 días, a contar desde el siguiente al de la notificación de la valoración inicial efectuada por los órganos de recaudación o sus colaboradores. Si existe discrepancia entre ambas valoraciones, se aplicara la siguiente regla: Si la diferencia entre ambas, consideradas por la suma de los valores asignados a la totalidad de los bienes, no excediera del 20% de la menor, se estimara como valor de los bienes el de la tasación más alta. En caso contrario, la Unidad de Recaudación Ejecutiva solicitara de los Colegios o asociaciones profesionales o mercantiles oportunos, la designación de otro perito tasador, que deberá realizar nueva valoración en plazo no superior a 15 días desde su designación. Dicha valoración, que será la definitivamente aplicable, habrá de estar comprendida entre los limites de las efectuadas anteriormente, y servirá para fijar el tipo de subasta, de acuerdo con los artículos 110 y 111 del mencionado Reglamento.

Asimismo, se expedirá el oportuno mandamiento al Registro de la Propiedad correspondiente, para que se efectúe anotación preventiva del embargo realizado a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social. Se solicitará certificación de cargas que figuren sobre cada finca, y se llevarán a cabo las actuaciones pertinentes y la remisión, en su momento, de este expediente a la Dirección Provincial para autorización de la subasta.

Hallándose el deudor ausente en domicilio, notifíquese mediante edictos que se publicaran en el B.O.C.M. y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de MADRID en cumplimiento de lo que establecen los artículos 58 a 61 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo común, en la redacción dada por Ley 4/1999 de 13 de enero“.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo que establece el art. 103 Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” 153 de 25 de junio) por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, a los efectos de que sirva de notificación al deudor y, si los hubiere, a su cónyuge, terceros poseedores, acreedores hipotecarios y demás interesados, con la advertencia a todos que pueden designar peritos que por su parte intervengan en la tasación.

Finalmente, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 103.2 y 3 del repetido Reglamento, se le requiere para que facilite los títulos de propiedad de los bienes inmuebles embargados, en el término de diez días, advirtiéndole que de no hacerlo así, serán suplidos tales títulos a su costa.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN FORMA y demás efectos pertinentes al destinatario, en su condición de deudor se expide la presente notificación.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería a General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30 1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 16 de marzo de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva.

EDICTO DE PROVIDENCIA DE SUBASTA DE BIENES INMUEBLES.

DOÑA ANA CASTILLO IRURITA, Jefa de la Unidad de Recaudación Ejecutiva de la Seguridad Social número 28/28, con sede en C/Manuel Ferrero, 19 - 28036 Madrid.

HAGO SABER: Que con fecha de hoy he dictado las siguientes diligencias en los expedientes que en ellas mismas se expresan:

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE PROVIDENCIA DE SUBASTA DE BIENE INMUEBLE en el Exp.: 28 28 08 00138806 A NOMBRE DE CARLOS RODRIGUEZ GONZALEZ:

PARA SU NOTIFICACIÓN AL CONYUGE ODETTE MARIA DA SILVA SOUZA AUSENTE EN DOMICILIO DE CL/ GARDENIA NÚMERO 61 DE ALCOBENDAS (MADRID).

“DILIGENCIA: Tramitándose en esta Unidad de Recaudación de la Seguridad Social a mi cargo expediente administrativo de apremio contra CARLOS RODRIGUEZ GONZALEZ con CIF número 014859612W cuyo último domicilio conocido fue en (MADRID), PS/DE LA CASTELLANA NÚMERO 56 y desconociéndose la existencia de otros bienes o derechos que preferentemente deban ser trabados, conforme al orden establecido en el art. 1447 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

HAGO SABER que se ha dictado por el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social la siguiente:

“PROVIDENCIA: Una vez autorizada, con fecha 09 de 02 de 2011, la subasta de bienes inmuebles propiedad del deudor de referencia, que le fueron embargados en procedimiento administrativo de apremio seguido contra el mismo, procédase a la celebración de la citada subasta el día 28 de ABRIL de 2011, a las 10:00 horas, en CL AGUSTIN DE FOXA, 28-30 DE MADRID y obsérvese en su trámite y realización las prescripciones de los artículos 114 a 121 del Reglamente General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 25).

Los bienes embargados sobre los cuales se decreta la venta, así como el tipo de subasta son:

DATOS FINCA.

100% DEL PLENO DOMINIO CON CARÁCTER GANANCIAL.

Registro de la propiedad 19 DE MADRID Tomo 1349 Libro 1349 Folio 100 Número de finca 70747.

IMPORTE DE TASACION.: 171.262,78 euros.

CARGAS QUE DEBERÁN QUEDAR SUBSISTENTES.

CAJA DE AHORROS Y PENSIONES DE BARCELONA CARGA: HIPOTECA IMPORTE: 89.923,44.

TIPO DE SUBASTA.: 81.339,34 euros.

DESCRIPCION AMPLIADA.

LOCAL COMERCIAL SITUADO EN LA CL/GUADALCAZAR NÚMERO 16-PLANTA SOTANO, CON UNA SUPERFICIE CONSTRUIDA DE 241,9 M2.

Notifíquese esta providencia al deudor, y en su caso, a los terceros poseedores, al depositario de los bienes embargado, al cónyuge, a los condueños, a los acreedores hipotecarios y pignoraticios, y a los titulares de anotaciones de embargo practicadas con anterioridad al derecho de la Seguridad Social, con expresa mención de que, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, podrán liberarse los mismos, pagando el importe total de la deuda, incluido el principal, recargo, intereses y costas del procedimiento, en cuyo caso se suspenderá la subasta de los bienes”.

Madrid, 18 de MARZO de 2011.-La Recaudadora Ejecutiva.

RESOLUCIONES.

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

Dirección Provincial de Madrid. Subdirección Provincial de Procedimientos Especiales.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y el artículo 2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), ha dictado las respectivas resoluciones, en el sentido que se citan en la relación que se acompaña, respecto de los sujetos responsables y actos administrativos recurridos que figuran en la misma.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del deudor o de su representante, procede practicar la notificación de las resoluciones que se relacionan de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

Frente a las resoluciones dictadas en relación con solicitudes de suspensión del procedimiento recaudatorio o en general contra las resoluciones que no ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso alzada ante el Director Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al de su notificación, advirtiéndole que tal interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio salvo que se realice el pago de la deuda, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe; todo ello de conformidad con los artículos 30.5 ó 34.3, según proceda, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, conforme a la redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, y el artículo 46, apartados 1 y 2, del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aplicados en virtud de la disposición adicional sexta.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Transcurrido el plazo de tres meses computados desde la fecha de interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley, quedando, expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

Contra las resoluciones recaídas en relación con los recursos de alzada interpuestos frente a las reclamaciones administrativas de deuda o providencias de apremio, o los recursos de alzada presentados oponiéndose a los actos del recaudador ejecutivo, o en general aquellas resoluciones dictadas por los órganos de gestión recaudatoria de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid que ponen fin a la vía administrativa, podrá formularse recurso contencioso-administrativo en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” del 14-7-98) y 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.

Para conocimiento del contenido de la correspondiente resolución, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, sitos en la Calle Agustín de Foxá, 28-30, 28036 - Madrid.

En Madrid, a 21 marzo de 2011.-EL DIRECTOR PROVINCIAL, RODRIGO MARES RAMÍREZ (firmado).

Código de Cuenta de Cotización/Número de Afiliación/Identificador de Persona Física (CCC/NAF/IPF); Nombre del Sujeto Responsable o Razón Social (NOMBRE/R. SOCIAL). – Representante del sujeto responsable o persona que efectúa la impugnación, en caso de no ser el propio Sujeto Responsable(REPR/RECURRENTE) Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). – Código Postal (CP). – Localidad del envío (LOCALIDAD). – Provincia del envío (PROVINCIA). – Año del expte. (AÑO). – Número de orden del expte. (NÚMERO EXPTE). – Acto Administrativo recurrido (ACTO ADMINISTRATIVO RECURRIDO). – Tipo de Impugnación (TIPO IMPUGNACION). – Fecha de la interposición del recurso (FECHA IMPUGNA.). – Tipo de Resolución adoptada (TIPO RESOLUCION).

CCC/NAF/IPF. – NOMBRE/R.SOCIAL. – REPR/RECURRENTE. – DIRECCION ENVIO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – AÑO. – NÚMERO EXPTE. – ACTO ADMINISTRATIVO RECURRIDO. – TIPO IMPUGNACION. – FECHA IMPUGNA. – TIPO RESOLUCION.

28178609730. – ENRIQUE NAGER PASTOR. – CL PONIENTE NÚMERO 34. URB. MONTEALINA. – 28223. – POZUELO DE ALARCÓN. – MADRID. – 2010. – 100318. – Acuerdo derivación. Expte número 28/90/2010/101233. – Extraordinario de Revisión. – 26/11/2010. – ESTIMATORIA PARCIAL.

28177977412. – ENRIQUE NAGER PASTOR. – CL PONIENTE NÚMERO 34. – 28223. – POZUELO DE ALARCÓN. – MADRID. – 2010. – 100317. – Acuerdo derivación. Expte número 28/90/2010/100763. – Recurso Ordinario/Alzada. – 26/11/2010. – DESESTIMATORIA.

28180399479. – DAVID BASILIO GOMEZ. – PL. DOCTOR LAGUNA NÚMERO 9 11G. – 28009. – MADRID. – MADRID. – 2010. – 100327. – Acuerdo derivación. Expte número 28/90/2010/102556. – Recurso Ordinario/Alzada. – 17/12/2010. – DESESTIMATORIA.

28178906083. – CONSTRUCCIONES AUGUSTINE GODWIN, S.L. – PEDRO TORRES DOMINGUEZ. – CABALLERIA ESPAÑOLA, 10. – 28803. – ALCALA DE HENARES. – MADRID. – 2010. – 100332. – Acuerdo derivación. Expte número 28 90 2010 102321. – Recurso Ordinario/Alzada. – 21/12/2010. – DESESTIMATORIA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11), en virtud del artículo 367.1, en relación con los artículos 363. 1 d) y 365. 1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (“Boletín Oficial del Estado” 3.07.2010), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Subdirección citada en el encabezamiento cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29). Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Unidad de Recaudación Ejecutiva, sita en la Calle Agustín de Foxá, número 28-30, Código Postal- 28036 - Madrid.

En Madrid, a 21 de marzo de 2011.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, JUAN LUIS RODRIGUEZ HURTADO (firmado).

Número del Documento Nacional de Identidad del Administrador o miembro del Consejo de Administración (DNI). – Nombre del Administrador o miembro del Consejo de Administración (NOMBRE). – Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). – Código Postal (CP). – Localidad del envío (LOCALIDAD). – Provincia del envío (PROVINCIA). – Número del expte. Administrativo de apremio (NÚMERO EXPTE). – Empresa o sociedad mercantil de la que es administrador o miembro de su consejo de administración (ENTIDAD MERCANTIL). – Importe de la Deuda que mantiene en la Unidad de Recaudación Ejecutiva (IMPORTE). – Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO).

DNI. – NOMBRE. – DIRECCION ENVIO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – NÚMERO EXPE. – ENTIDAD MERCANTIL. – IMPORTE. – PERÍODO.

50.149.407-T. – JUAN ANTONIO COLOMINA SEVILLA. – C/ COBOS DE SEGOVIA, NÚMERO 7 6ºA. – 28005. – MADRID. – MADRID. – 28/90/2011/110353. – JUSECO PROMOCIÓN DEL INMUEBLE, S.L., C.C.C.28159307841. – 150.179,20 EUROS. – 01/2008 a 11/2008.

53.007.494-S. – DAVID PIÑEIRO JARIOD. – AVDA.FÉLIX RODRIGUEZ DE LA FUENTE, 33. – 28210. – VALDEMORILLO. – MADRID. – 28/90/2011/110365. – JARPIN, S.L. – C.C.C.28103668136. – 61.720,72 EUROS. – 11/2006 a 10/2010.

53.407.657-R. – FÉLIX COLLADO ÁLVAREZ. – C/ PERDICES, NÚMERO 17. – 28700. – SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES. – MADRID. – 28/90/2011/110367. – SOPECO GRUPO INMOBILIARIO, S.L. C.C.C.28160895409. – 47.726,44 EUROS. – 11/2006 a 02/2009.

53.014.528-B. – JOSE ÁNGEL SOLERA MONTOYA. – AVDA. CONDE DE CORUÑA, NÚMERO 106. – 28814. – DAGANZO DE ARRIBA. – MADRID. – 28/90/2011/110368. – SOPECO GRUPO INMOBILIARIO, S.L. C.C.C.28160895409. – 47.726,44 EUROS. – 11/2006 a 02/2009.

50.731.559-E. – PEDRO ISMAEL MARTÍN TORRES. – VÍA DEL BERROCAL, NÚMERO 38 PTA.A. – 28411. – MORALZARZAL. – MADRID. – 28/90/2011/110383. – CANAL TOLDO, S.L.U. C.C.C.28143450462. – 33.539,06 EUROS. – 11/2007 a 10/2010.

50.818.064-R. – PEDRO MEMBA TORRES. – C/ BELMONTE DE TAJO, NÚMERO 76 2º F. – 28019. – MADRID. – MADRID. – 28/90/2011/110422. – DI MEMBA JOYEROS, S.L. C.C.C.28118279265. – 29.156,44 EUROS. – 12/2007 a 10/2009.

51.886.954-N. – JOSÉ MARTOS MARTOS. – C/ LOS ÁNGELES NÚMERO 55. – 28903. – GETAFE. – MADRID. – 28/90/2011/110329. – INSTALACIONES ARAGONESES CALVO, S.L. C.C.C. 28148221852. – 34.337,31 EUROS. – 07/2008 a 10/2010.

X-5.702.557-Y. – FLORINITA MIREL FLAMAND ---. – C/ CARABELA, NÚMERO 13. – 28500. – ARGANDA DEL REY. – MADRID. – 28/90/2011/110330. – IMPACT POWER MOTORS, S.L. C.C.C.28158366234, 28158365729. – 5.705,91 EUROS. – 04/2008 a 02/2009.

51.628.537-T. – LUIS VALLE CATALÁN. – AVDA. DE MADRID NÚMERO 28. – 28609. – SEVILLA LA NUEVA. – MADRID. – 28/90/2011/110322. – DROGUERÍA PERFUMERÍAS ECO-DÍA, S.L. C.C.C.28117749910. – 22.183,48 EUROS. – 07/2008 a 02/2010.

53.953.138-Z. – LEONARDO CARDOZO VELASQUEZ. – PLAZA LUIS BUÑUEL, NÚMERO 5 1º D. – 28529. – RIVAS VACIAMADRID. – MADRID. – 28/90/2011/110318. – SERVIPHASE 2008, S.L. C.C.C.28172114669. – 11.230,10 EUROS. – 11/2008 a 12/2009.

33.503.928-N. – JUAN CARLOS GAMBOA MAYNE. – C/ FEDERICO GARCÍA LORCA, NÚMERO 3 BAJO C. – 28770. – COLMENAR VIEJO. – MADRID: 28/90/2010/103152. – IL TROVATORE RESTAURANTE, S.L. C.C.C.28139572987. – 16.115,30 EUROS. – 08/2009 a 09/2010.

34.853.902-R. – RAQUEL ANDREU RUIZ. – PLAZA CIUDAD DE VIENA, NÚMERO 6 9º PTA. 4. – 28040. – MADRID. – MADRID. – 28/90/2011/110298. – ASIAN TRANSIT, S.L. C.C.C.28173059411. – 42.824,17 EUROS. – 03/2009 a 10/2010.

1.821.379-D. – LUIS MIGUEL DOMINGUEZ MENCÍA. – C/ CONCEPCIÓN JERÓNIMA, NÚMERO 35 5º B. – 28012. – MADRID. – MADRID. – 28/90/2011/110262. – AVATAR PRODUCCIONES, S.L. C.C.C. 28139236016. – 69.646,65 EUROS. – 04/2006 a 10/2010.

1.185.544D. – IVÁN LARA SÁNCHEZ PRIETO. – CAMINO ANCHO NÚMERO 84 CHALET 23. – 28109. – ALCOBENDAS. – MADRID. – 28/90/2011/110260. – PROMOZIONA, S.L. C.C.C.28141060727. – 65.000,66 EUROS. – 04/2007 a 12/2009.

52.105.841-P. – MARINA DE PACO PINGARRÓN. – C/ HORNO NÚMERO 4 BIS 4º A. – 28901. – GETAFE. – MADRID. – 28/90/2011/110257. – DAROCCA OBRAS Y DESARROLLO, S.L. C.C.C.28170564285. – 14.230,31 EUROS. – 06/2008 a 10/2009.

5.257.391-M. – ALFREDO CUEVAS TELLO. – C/ VOLGA, NÚMERO 12. – 28707. – SAN SEBASTIÁN DE LOS REYES. – MADRID. – 28/90/2010/102552. – TRADICIONAL COUSINE FACTORÍA, S.L. C.CC.28144397022. – 23.455,96 EUROS. – 03/2010 a 10/2010.

10.086.774-D. – JOSE LUIS GÓMEZ PENA. – C/ MAYOR NÚMERO 39. – 28801. – ALCALÁ DE HENARES. – MADRID. – 28/90/2010/100884. – UNIPUL COMPLUTENSE, S.L. C.C.C.28169035123. – 20.922,19 EUROS. – 08/2008 a 01/2009.

X-0046.885-B. – HENRY LUIS SZUREK SOLER. – C/ COLOMBIA, NÚMERO 10 11º PTA.A. – 28220. – MAJADAHONDA. – MADRID. – 28/90/2010/101012. – CONSULTORIO MÉDICO MAGALLANES, S.L. C.C.C.28122233229. – 234.596,50 EUROS. – 08/2008 a 05/2010.

11.814.995-X. – MANUEL GUTIÉRREZ IBÁNEZ. – C/ DULZAINA, NÚMERO 2 3º E. – 28100. – ALCOBENDAS, MADRID. – 28/90/2011/110479. – TRANS Y TRANS RUTAS INTERNACIONALES, S.L. C.C.C.28162840358 Y 21106647403. – 24.112,84 EUROS. – 12/08 a 11/2010.

7.479.477-S. – JUAN PEDRO VILLAVERDE ESTEBAN. – C/ SALVADOR DALÍ, NÚMERO 5. – 28300. – ARANJUEZ. – MADRID. – 28/90/2010/101740. – SERVICESA ARANJUEZ, S.L. C.C.C.28159312891. – 181.283,03 EUROS. – 09/2006 a 10/2009.

51.897.895-M. – PAULINO IZQUIERDO GARCÍA. – C/ PASCUAL RODRIGUEZ, NÚMERO 11. – 28011, MADRID. – MADRID. – 28/90/2010/101383. – FLAMENQUITO Y TAPAS ESPUELA, S.L. C.C.C.28172081024. – 18.436,88 EUROS. – 11/2008 a 08/2009.

1.803.869-W. – ENRIQUE ADRIÁN CHAVES. – C/ CAMELIA, NÚMERO 30. – 28529. – RIVAS VACIAMADRID. – MADRID. – 28/90/2010/102878. – ALCIDEZ HUETE BALLESTEROS, S.L. C.C.C.28121814715. – 200.897,52 EUROS. – 10/2007 a 07/2010.

50.412.595-E. – ALICIA RODRIGUEZ HERRERO. – C/ CATALUÑA, NÚMERO 20. – 28290. – LAS MATAS. – MADRID. – 28/90/2010/102974. – RODHEAL ASESORÍA, S.L. C.C.C.28144564952. – 32.822,47 EUROS. – 01/2006 a 12/2008.

8.934.026-K. – FRANCISCO GONZÁLEZ BARROSO. – C/ JUAN DE OCAÑA, NÚMERO 25. – 28931. – MÓSTOLES, MADRID. – 28/90/2011/110503. – EDIENFOBA, S.L. C.C.C.28161221468 y 28162267553. – 100.330,28 EUROS. – 09/2008 a 07/2009.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRAMITE DE AUDIENCIA DE ACUERDO CON EL ARTICULO 84.2 DE LA LEY 30/1992, DE 26 DE NOVIEMBRE, A SUJETOS NO LOCALIZADOS, PREVIO A LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 29), según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11), en virtud del artículo 367.1, en relación con los artículos 363. 1 d) y 365. 1 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio (“Boletín Oficial del Estado” 3.07.2010), podría haber incurrido en los supuestos de responsabilidad solidaria que en ellos se describen, por lo que en su caso daría lugar a la apertura del correspondiente expediente de derivación de responsabilidad conforme se señala en el artículo 12.2 del R.D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 13 de mismo texto.

De los antecedentes que obran en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, ha podido comprobarse que los sujetos que a continuación se relacionan, son o fueron administradores o miembros de los Consejos de Administración, de las sociedades mercantiles que se citan, las cuales mantienen una deuda con la Administración citada en el encabezamiento, cuyo importe y período se señala en la relación que se adjunta.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los citados sujetos, procede practicar la notificación de las comunicaciones previas a la posible declaración de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

En cualquier caso, el administrador o miembro del consejo de administración designado en la relación, en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, podrá efectuar las alegaciones y presentar los documentos o justificantes que estime convenientes, de acuerdo con lo especificado en el artículo 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 29).

Para conocimiento del contenido del expediente de apremio que consta a nombre de la mercantil indicada, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Dirección Provincial, sita en la Calle Agustín de Foxá, número 28-30, Código Postal- 28036 - Madrid.

En Madrid, a 23 de marzo de 2011.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL DE PROCEDIMIENTOS ESPECIALES, JUAN LUIS RODRIGUEZ HURTADO (firmado).

Código cuenta de cotización del posible sujeto responsable (CCC). – Nombre o Razón Social del posible sujeto responsable (NOMBRE). – Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). – Código Postal (CP). – Localidad del envío (LOCALIDAD). – Provincia del envío (PROVINCIA). – Número del expte. Administrativo en el que se sigue la posible derivación de responsabilidad (NÚMERO EXPTE). – Nombre o Razón Social del deudor o deudores principales (DEUDOR/DEUDORES PRINCIPAL/ES). – Código cuenta cotización deudor/es principal/es (CCC DEUDOR PRINCIPAL). – Importe de la Deuda que mantiene con la Administración de la Seguridad Social el/los deudor/deudores principal/es (IMPORTE). – Período que abarca la Deuda (PERÍODO). – Normativa en la que se fundamenta la posible derivación de responsabilidad (NORMATIVA). – Hechos en los que se basa la posible derivación de Responsabilidad (HECHOS).

28176621836. – FERRALIA LYDIA, S.L. – C/ JULIO REY PASTOR, NÚMERO 1. – 28806. – ALCALÁ DE HENARES. – MADRID. – 28/90/2010/100896. – ALCAÑIZ GÓMEZ, S.L. – 28152411343. – 90.386,48 EUROS. – 02/2008- 12/2009. – NORMATIVA: Artículos 15.3 y 104.1 del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 24 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social y el artículo 44 del Real Decreto Legislativo, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadoresñ; Primero.- La actividad de ambas empresas es la misma, en concreto, la construcción y las reformas. Segundo.- Hay socios y órganos de administración con relaciones familiares entre ellos. En ALCAÑIZ GÓMEZ, S.L. el administrador único es Don Manuel Alcañiz Gallego y en FERRALLA LYDIA, S.L. el socio y administrador único es su hermano Don José Antonio Alcañiz Gómez. Tercero.- En cuanto a los trabajadores, los últimos seis trabajadores de ALCAÑIZ GÓMEZ, S.L. van causando baja en la misma entre noviembre y diciembre de 2009, hasta que la mercantil queda de baja por carecer de empleados. De éstos cinco pasan a la plantilla de FERRALLA LYDIA, S.L. el 14 de diciembre de 2009, iniciando la actividad de la misma.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL GRANADA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

(Expte. 2010/199).

Don Félix Usúa Palacios, Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva.

Hace saber: de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14) que modifica la anterior y la Ley 24/2001, de 27 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” del 31) de Medidas Fiscales, Administrativa y del Orden Social y habiéndose intentado la notificación al interesado, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentran pendientes de notificar los actos cuyo interesado, número de expediente y procedimiento se especifican en relación adjunta.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia o Comunidad Autónoma y en el Ayuntamiento correspondientes para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9 a 14 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

Burgos, 14 de marzo de 2011.-El Subdirector Provincial de Recaudación, Félix Usúa Palacios (firmado).

RELACIÓN ADJUNTA.

NAF/CCC/CIF: 24.155.909K.

NOMBRE/RAZÓN SOCIAL: PEDRO RUIZ RUIZ.

DOMICILIO: C/ Tejar, número 3 – 3ºA. 28220 Majadahonda (MADRID).

EXPEDIENTE: 2010/199.

PROCEDIMIENTO: INICIO DE EXPEDIENTE Y TRAUDI DERIVACION RESP.

DEUDOR ORIGINAL: QUALITY CLEAN OUTSOURCONG, S.L.

PERIODO DE LA DEUDA: Julio 2009 a Marzo 2010, Mayo 2010, Julio 2010 a Noviembre 2010 (inclusive).

IMPORTE: 42.431,96 euros.

NÚMERO DE DOCUMENTOS: 2.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN BARCELONA.

Subdirección Provincial de Procedimientos Especiales.

EDICTO.

COMUNICACIÓN DE INICIO DE EXPEDIENTES DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD SOLIDARIA.

Por esta Subdirección Provincial se procede a comunicar los acuerdos de inicio de expedientes de derivación de responsabilidad solidaria a las personas y/o empresas relacionadas como POSIBLES RESPONSABLES SOLIDARIOS de las deudas contraídas con la Seguridad Social por las personas y/o empresas relacionadas como DEUDORES PRINCIPALES.

Previo a la propuesta de resolución se da audiencia a los interesados en los referidos expedientes para que de acuerdo con lo dispuesto en el art. 84 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente Edicto puedan examinar los respectivos expedientes que están a su disposición en la Tesorería General de la Seguridad Social, Subdirección Provincial de Procedimientos Especiales, calle Aragón, 273-275, 3ª planta, de Barcelona, y formular las alegaciones que estimen pertinentes.

Al propio tiempo y en cumplimiento de lo previsto en el art. 42 de la mencionada Ley, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se comunica que el plazo de tramitación de los expedientes es de seis meses a contar de la fecha de los acuerdos de inicio de los mismos, que se indican para cada caso, por lo que de no recibir resolución expresa en dicho plazo se declarará, de acuerdo con lo previsto en el art. 44 del propio texto legal, la caducidad de los mismos, ello sin perjuicio de que de no resultar prescrita la deuda pueda iniciarse nuevo expediente de derivación de responsabilidad solidaria.

NÚMERO EXPTE: MD20110154.

INTERESADO: ÁNGEL VERGE GARCÍA.

DEUDOR PRINCIPAL: LATERIS TESTA CONSTRUCCIONS, S.L.

FECHA ACUERDO INICIO: 14-01-2011.

NÚMERO EXPTE.: MD20091219.

INTERESADO: JESUS BARAJAS MASCARAQUE.

DEUDOR PRINCIPAL: BAFETRANS, S.L.

FECHA ACUERDO INICIO: 30-11-2010.

Se publica el presente Edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid para que sirva de notificación a los efectos legales, de conformidad con lo previsto en el art. 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-92), modificada por la Ley 4/1999 (“Boletín Oficial del Estado” de 14-1-99), a causa de que no ha sido posible la notificación personal.

Barcelona, 21 de marzo de 2011.-El Subdirector Provincial, Andrés Ruano Franco.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE LOS ACUERDOS DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29) en materia de gestión recaudatoria, y los artículos 15 y 104, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 11); los artículos 2, sobre competencia y atribución de funciones, 12, 13, 14, 15, reguladores respectivamente, de los responsables de pago: normas comunes, de los responsables solidarios, de los responsables subsidiarios y de los sucesores mortis causa, y 62.2 sobre reclamaciones de deuda, del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), ha dictado los acuerdos de derivación de responsabilidad que se citan en la relación que se acompaña.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio de los sujetos responsables, procede practicar la notificación de los acuerdos de derivación de responsabilidad que se relacionan en virtud de lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

Frente a estos acuerdos que no ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Director Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al de su notificación, advirtiéndole que tal interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio salvo que se realice el pago de la deuda, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe; todo ello de conformidad con los artículos 30.5 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social y el artículo 46, apartados 1 y 2 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aplicados en virtud de la disposición adicional sexta.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Transcurrido el plazo de tres meses computados desde la fecha de interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley, quedando, expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

Para asegurar el cobro de las deudas con la Seguridad Social y antes del inicio del procedimiento de apremio, los órganos de recaudación ejecutiva de la Tesorería General podrán adoptar medidas cautelares de carácter provisional, que se convertirán en definitivas ya en el marco del procedimiento de apremio, ello en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por R. D. Legislativo 1/1994, de 20 de junio, según redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de seguridad social, y en el artículo 54 del R. D. 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Para conocimiento del contenido del correspondiente acuerdo, el interesado podrá comparecer, si lo estima oportuno, en los locales de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Madrid, sitos en la Calle Agustín de Foxá, 28-30, 28036 - Madrid.

En Madrid, a 21 de marzo de 2011.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, JUAN LUIS RODRIGUEZ HURTADO (firmado).

Código de Cuenta de Cotización/Número de Afiliación/Identificador de Persona Física (CCC/NAF/IPF). – Razón Social o Nombre del Sujeto Responsable (R. SOCIAL/NOMBRE). – Dirección del envío (DIRECCION ENVIO). – Código Postal (CP). – Localidad del envío (LOCALIDAD). – Provincia del envío (PROVINCIA). – Año del expte. (AÑO). – Número de orden del expte. (NÚMERO EXPTE). – Empresas o Sujetos Antecesores (ANTECESORES). – Tipo de Derivación de Responsabilidad (TIPO DERIVACION). – Concepto de la Derivación (CONCEPTO DERIVACION). – Importe de la Derivación de Responsabilidad (IMPORTE). – Período que abarca la Deuda Reclamada (PERÍODO).

CCC/NAF/IPF. – R. SOCIAL/NOMBRE. – DIRECCION ENVIO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – AÑO. – NÚMERO EXPTE. – ANTECESORES. – TIPO DERIVACION. – CONCEPTO DERIVACION. – IMPORTE. – PERÍODO.

50980266F. – EVA SAINZ SAINZ. – AVDA. DE BURGOS NÚMERO 7 D. – 28380. – COLMENAR DE LA OREJA. – MADRID. – 2010. – 102007. – CONSTRUCCIONES BERDOTE, S.L. C.C.C.28158179106. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 6.141,05 EUROS. – 01/07 a 01/08.

051978881P. – ROGELIO GARCIA DIAZ. – AZAFRAN, 3. – 28220. – MAJADAHONDA. – MADRID. – 2010. – 102473. – LA BODEGA DE LA CARNE, S.A. C.C.C.28166364892. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 36.878,91 EUROS. – 05/09 A 03/10.

395398M. – FERNANDO BLANCO VIU. – OLIMPICO AURELIO GARCIA, 12 7º A. – 28923. – ALCORCON. – MADRID. – 2011. – 110363. – REHABILITACIONES FERPASE, S.L. C.C.C.28147549522. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 4.804,23 EUROS. – 07/09 a 08/09;.

51613075V. – PURIFICACION LAZARO JIMENEZ. – PUERTO DE CONTRERAS, 3. – 28500. – ARGANDA DE REY. – MADRID. – 2011. – 110361. – PURMA BUILDING SERVICE, S.L. C.C.C.28169216995. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 26.232,60 EUROS. – 03/10 a 07/10.

014301076k. – DAVID ARACIL HERNÁNDEZ. – SANTOLINA, 2 - 1º PTA 86. – 28232. – LAS ROZAS DE MADRID. – MADRID. – 2011. – 110498. – NUOVO BABY HOGAR, S.L C.C.C. 28168616306. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 37.357,34 EUROS. – 10/09 a 08/10.

030058132F. – CARMEN PEREZ CAMPOS. – MARQUES DE VALDAVIA, 45 -2º PTA K. – 28100. – ALCOBENDAS. – MADRID. – 2011. – 110188. – GEMAFIS SL C.C.C. 28142855833. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 12.572,13 EUROS. – 08/07 A 04/10.

X4128130K. – YULIET MARTINEZ TORRES. – ARGANDA, 27. – 28005. – MADRID. – MADRID. – 2011. – 110359. – JUMAR-MARTO CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS, S.L. C.C.C.28162212484. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 33.543,45 EUROS. – 07/09 a 05/10.

33502463L. – FRANCISCO JAVIER VIÑAS BARRERA. – LAS NAVES, 9 - 4º PTA 14. – 28005. – MADRID. – MADRID. – 2011. – 110414. – VOSS HOME, S.L. CCC 28156149479. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 23.544,49 EUROS. – 09/08 a 03/10.

050208094 Z. – JUAN JOSE IBAÑEZ PEREZ. – AVDA JUAN PABLO II, 22 -3º B. – 28860. – PARACUELLOS DEL JARAMA. – MADRID. – 2010. – 102184. – CONDUCTOMANIA, S.L. CCC: 28160707267. – SOLIDARIA. – ADMINISTRADORES. – 16.065,14 EUROS. – 02/08 A 04/09.

Dirección Provincial de Madrid.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), y el artículo 2 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por R.D. 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25).

Hace saber: Que de conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el PROC. Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27/11/1992), en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” 14/01/1999), habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante la presente publicación, que se encuentran pendientes de notificar las siguientes resoluciones:

NAF 2800397886819, ANA MARIA POZAS BUENO. RÉG 0111. EXPTE 28 101 2011 00278 0 GES. RESOLUCIÓN DE FECHA 25/01/2011, DE DESESTIMACION DEL RECURSO DE ALZADA, PROCEDS. RECAUDATORIOS: Acta de Liquidación número 28 10 008036616;. DOMICILIO CL. DODGE, 4 PTAL. 1 6º A. CÓDIGO POSTAL 28041 - MADRID.

NAF 280059656787, JUAN JOSE ANAYA FUERTES. RÉG 0111. EXPTE 28 101 2011 00839 0 FGR. RESOLUCIÓN DE FECHA 24/02/2011, DE DESESTIMACION DEL RECURSO DE ALZADA, PROCEDS. RECAUDATORIOS: Acta de Liquidación número 28 10 008033279;. DOMICILIO CL. GABRIELA MISTRAL, 3 PTA B. CÓDIGO POSTAL 28922 - ALCORCON.

En virtud de lo anterior, dispongo que los sujetos pasivos obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante el órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en la sede de la Dirección Provincial de Madrid - Unidad de Impugnaciones, calle Agustín de Foxá, 28-30 - 1ª planta, de Madrid.

Asimismo se advierte que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

Frente a estas resoluciones, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” del 14-7-98), ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, salvo que la resolución tenga una cuantía superior a 60.101,21 euros.s, en que podrá interponerse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Madrid, a 18 de marzo de 2011.-El Director Provincial.

PROVINCIAS.

PROVINCIA 04 ALMERIA.

ANUNCIO DE ACTOS PENDIENTES DE NOTIFICAR.

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número uno de la Tesorería General de la Seguridad Social en Almería.

HACE SABER: Que en los expedientes administrativos de apremio que se instruyen en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva detallados en la relación adjunta, por deudas a la Seguridad Social, se procedió en las fechas relacionadas a dictar el acto administrativo que se indica e intentadas las notificaciones de los referidos actos de conformidad con lo establecido en el art. 59.2 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, las mismas no se han podido practicar, encontrándose pendientes de notificación, por lo que en aplicación de lo establecido en el Art. 61 de la referida norma, mediante el presente anuncio se cita a las personas relacionadas para que comparezcan, por sí, o por medio de representante debidamente autorizado, en esta Unidad sita en calle Fuente Victoria número 2 de Almería, en horario de 9 a 14 horas, en el plazo de 10 días, al objeto de darles conocimiento del contenido íntegro de los actos y dejar constancia de ello.

Asimismo, se advierte a los interesados, en los expediente administrativos de apremio que se relacionan, que de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado.

Almería, 21 marzo 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Serafín Castaño García.

Nota: en la relación adjunta se utilizarán algunas de las siguientes abreviaturas con el significado que se cita a continuación: B.I. = bienes inmuebles; CONY.= cónyuge del deudor; DEU. = deudor; DEV. TRIBUT. = devolución tributaria; EMB. = embargo; INM. = inmueble; NOT. = notificación; PROR.= prórroga; REQUERIM.= requerimiento; RET. = empresa retenedora; TARJ.= tarjeta; VALORAC. = valoración; LEV. = levantamiento; C.D. Y PROV. DE APR.= Certificación de Descubierto y Providencia de Apremio INEM; ACREEHIP. = Acreedor anterior; M. CAUTEL.= Medidas Cautelares; CONV.= Conversión; B. MUEB. = Bienes Muebles; SUB. = subasta; EXPTE. = expediente. APZ. = Aplazamiento. Relación que se cita.

EXPTE NOMBRE DNI/CIF FECHAACTO TIPOACTO DEUDA.

04 01 09 00506960 EL REFUGIO DE CARIATEIZ, S.L. 0B82590647 03/02/2010 EMB. B.I. DEUDOR 6660,34.

04 01 09 00209088 RUIZ RUIZ FRANCISCO JAVIER 002913478E 24/11/2010 EMB. B.I. DEUDOR 6702,19.

PROVINCIA 33 ASTURIAS.

Dirección Provincial de Asturias.

Notificación de Acuerdo de Iniciación de Expediente de derivación de responsabilidad.

La Jefa de Sección, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” de27) de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la imposibilidad de notificación por ausencia, ignorado paradero o rehusado, comunica al destinatario que se señala por medio del presente edicto:

Acuerdo de Iniciación de Expediente de derivación de responsabilidad, previo a la emisión de la reclamación de deuda que contendrá los hechos y fundamentos de derecho en que se funda la responsabilidad, dándole Trámite de Audiencia por un plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación, a fin de que efectúe las alegaciones y presente los documentos y justificantes que estime pertinentes, para que puedan ser tenidos en cuenta en la resolución del expediente. Este Acuerdo se dicta por aplicación de lo establecido en el art. 13.4 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social.

Expte. – Destinatario. – CIF/NIF. – Deudor Principal. – NIF. – Deuda (euros.s).

2011/026. – FRANCISCO ÁLVAREZ GARCÍA. – 52474998S. – MANTENIMIENTO INTEGRAL Y LIMPIEZAS OCCIDENTE. – A74061193. – 5148,11.

En Oviedo, a 23 de marzo de 2011.-LA JEFA DE SECCIÓN, María Rosario Galán Moreno.

PROVINCIA 05 AVILA.

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 05/01.

CITACIONES PARA SER NOTIFICADOS POR COMPARECENCIA.

Intentadas las notificaciones que se indican sin que haya sido posible realizarlas, se cita a los interesados o sus representantes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social (RGRSS) y 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero “Boletín Oficial del Estado” del 14 y Ley 24/2001, de 27 de diciembre “Boletín Oficial del Estado” del 31), para ser notificados por comparecencia.

LOCALIDAD. – INTERESADO. – ASUNTO. – DOCUMENTO. – EXPEDIENTE.

MADRID. – GREENPAR PROYECTOS INMOBILIARIOS. – CONV.EMB.PRE.INM. EN DEF. – EP 05/2010.

MADRID. – PINILLOS GALINDO, Julio. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 11 000305281. – 05 01 10 00366085.

EL ESCORIAL. – MARTÍNEZ RUIZ, Antonia. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 10 002141333. – 05 01 10 00162486.

ARGANDA DEL REY. – BARROSO PÉREZ, Aimé. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 10 002130219. – 05 01 09 00120326.

SAN FERNANDO DE HENARES. – ONIX PLUS, S.A. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 11 000113608. – 05 01 09 00392532.

NAVAS DEL REY. – BARROSO PÉREZ, Analvis. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 10 002130219. – 05 01 09 00120326.

NAVAS DEL REY. – MORENO HERVÁS, Juan. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 10 002130219. – 05 01 09 00120326.

COSLADA. – BAENA CANTOS, Sonia. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 11 000231018. – 05 01 10 00365984.

VELILLA DE SAN ANTONIO. – LÓPEZ ORTIZ, Felipe. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 11 000113608. – 05 01 09 00392532.

FUENLABRADA. – MUÑOZ FERNÁNDEZ, Alberto. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 10 002573991. – 05 01 10 00115202.

FUENLABRADA. – SANTIAGO GONZÁLEZ, Sandra. – EMBARGO INMUEBLES. – 05 01 501 10 002573991. – 05 01 10 00115202.

ÓRGANO ANTE EL QUE SE HA DE COMPARECER: Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social.- Unidad de Recaudación Ejecutiva 05/01.- Av. de Portugal, 4.- 05071 ÁVILA.

PLAZO PARA COMPARECER: DIEZ (10) DÍAS desde la publicación en el boletín oficial de la provincia.

ADVERTENCIA: En caso de no comparecer en el plazo señalado, la notificación se entenderá realizada a todos los efectos legales desde el vencimiento de dicho plazo.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en que se encuadre el órgano indicado para comparecer, en el plazo de un mes, contado a partir de su recepción por el interesado (o desde el transcurso de los diez días antes mencionados) conforme lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley General de la Seguridad Social, aprobada por R.D.Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el art. 46.1 del RGRSS, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el art. 42.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ávila, 15 de marzo de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Elena Sánchez Bardera.

PROVINCIA 39 CANTABRIA.

NOTIFICACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES A TRAVES DE ANUNCIO (TVA 502).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 04, de CANTABRIA.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor D. JOAQUIN ANTONIO MARTINEZ DIAZ, por deudas a la Seguridad Social, se procedió con fecha 8 de febrero de 2011 a la ampliación del embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA adjunta al presente Edicto al no haber sido posible la notificación al coparticipe Dª. Mª Belén Martinez Arriola, por encontrarse desconocida en el domicilio de Madrid, C/ Manuel Cortina, 8.

Contra el acto notificado, que no agota la vía administrativa, podrá interponer RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, contado a partir de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto Art. 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de TRES MESES desde la interposición de dicho Recurso de Alzada sin que recaiga Resolución expresa el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el art. 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el art. 42. 4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Santander, 16 de marzo de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Elena Alonso García.

NÚMERO IDENTIFICADOR: 10 39102034758.

NOMBRE: MARTINEZ DIAZ JOAQUIN ANTONIO.

NIF: 072124211Y.

DOMICILIO: C/ Gándara, 3 Bajo 39004 SANTANDER.

EXPEDIENTE: 39 04 10 00031810.

UNIDAD 39/04.

DILIGENCIA DE AMPLIACION DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA504).

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia, con DNI 072124211Y y con domicilio en la C/ Gándara, 3 bajo, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACION adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de REINOSA, garantizando la suma total de 20.218,58 euros.s, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las cotas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO. – TOMO. – FOLIO. – FINCA NUM. – ANOTACION LETRA.

1. – 6. – 219. – 44. – A.

69. – 537. – 2. – 6851. – A.

115. – 881. – 171. – 14282. – A.

115. – 881. – 172. – 14283. – A.

115. – 881. – 174. – 14285. – A.

115. – 881. – 175. – 14286. – A.

115. – 881. – 1785. – 14289. – A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle:

39 10 011698148. – 12 2009/12 2009. – 0111.

39 10 011619639. – 01 2010/01 2010. – 0521.

39 10 012288131. – 01 2010/01 2010. – 0111.

39 10 012485262. – 01 2010/01 2010. – 0111.

39 10 012192646. – 02 2010/02 2010. – 0521.

39 10 012868010. – 02 2010/02 2010. – 0111.

39 10 013009466. – 02 2010/02 2010. – 0111.

39 10 013009567. – 03 2010/03 2010. – 0111.

39 10 012779494. – 03 2010/03 2010. – 0521.

39 10 013400803. – 04 2010/04 2010. – 0521.

39 10 013432630. – 04 2010/04 2010. – 0111.

39 10 013482746. – 03 2010/03 2010. – 0111.

39 10 013738885. – 04 2010/04 2010. – 0111.

39 10 014136585. – 05 2010/05 2010. – 0521.

39 10 014654729. – 06 2010/06 2010. – 0521.

IMPORTE DEUDA:

Principal. – Recargo. – Intereses. – Costas devengadas. – Costas e intereses presupuestados. – TOTAL.

8.796,21. – 2.852,16. – 420,35. – 802,64. – 1.164,84. – 14.036,20.

Por lo que SE ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 14.036,20 euros.s, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 34.254,78 euros.s, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

SANTANDER, a 8 de febrero de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA, Elena Alonso García.

DESCRIPCION DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLIA EL EMBARGO).

DEUDOR: MARTINEZ DIAZ JOAQUIN ANTONIO.

FINCA NUMERO: 02.

DATOS FINCA NO URBANA.

NOM. FINCA: ERA DE TRAS LA TEJA PROVINCIA: CANTABRIA.

LOCALIDAD: CAÑEDA TÉRMINO: REINOSA.

CULTIVO: CABIDA:

LINDE N.: TIERRAS DEL BENEFICIO LINDE E.: FCO. MUÑOZ RABAGO.

LINDE S.: TIERRAS DEL BENEFICIO LINDE O: MANUEL SECO.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO 6 NÚMERO LIBRO: 1 NÚMERO FOLIO. 219 NÚMERO FINCA: 44.

LETRA: A.

FINCA NUMERO: 03.

DATOS DE FINCA NO URBANA.

NOM. FINCA. OJEDO PROVINCIA: CANTABRIA.

LOCALIDAD: CAÑEDA TERMINO: REINOSA.

CULTIVO: CABIDA:

LINDE N.: IGNACIO GUTIERREZ LINDE E.: JULIAN GUTIERREZ.

LINDE S.: SATURNINO RUIZ FDEZ. LINDE O: FRANCISCA BUSTAMANTE.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO 537 NÚMERO LIBRO: 69 NÚMERO FOLIO. 2 NÚMERO FINCA: 6851.

LETRA. A.

FINCA NUMERO: 04.

DATOS FINCA NO URBANA.

NOM. FINCA. TRAS LA TEJA PROVINCIA: CANTABRIA.

LOCALIDAD: CAÑEDA TERMINO: REINOSA.

CULTIVO: CABIDA:

LINDE N.: FERROCARRIL DE RENFE LINDE E.:FERROCARRIL DE RENFE.

LINDE S.: HEREDEROS DE JULIAN QUE. LINDE O: FRANCISCO GUTIERREZ.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO 881 NÚMERO LIBRO: 115 NÚMERO FOLIO. 171 NÚMERO FINCA: 14282.

LETRA: A.

FINCA NUMERO: 05.

DATOS FINCA NO URBANA.

NOM. FINCA. DE LA CUESTA PROVINCIA: CANTABRIA.

LOCALIDAD: CAÑEDA TERMINO: REINOSA.

CULTIVO: CABIDA:

LINDE N.: TERRENOS DEL FERROCARRIL LINDE E.:CAMINO REAL.

LINDE S.: HRDOS. DE PEDRO QUEVEDO. LINDE O:TERRENOS FERROCARRIL.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO 881 NÚMERO LIBRO: 115 NÚMERO FOLIO. 172 NÚMERO FINCA: 14283.

LETRA A.

FINCA NUMERO: 06.

DATOS FINCA NO URBANA.

NOM. FINCA. SITIO DE LA HUELGA PROVINCIA: CANTABRIA.

LOCALIDAD: CAÑEDA TERMINO: REINOSA.

CULTIVO: CABIDA:

LINDE N.: FRANCISCO MORANTE LINDE E.: HRDOS. JULIAN QUEVE.

LINDE S.: HRDOS. DE JULIAN QUEVEDO. LINDE O: HRDOS. JULIAN QUEVE.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO 881 NÚMERO LIBRO: 115 NÚMERO FOLIO.114 NÚMERO FINCA: 14285.

LETRA: A.

FINCA NUMERO: 07.

DATOS FINCA NO URBANA.

NOM. FINCA. SITIO DE LA HUELGA PROVINCIA: CANTABRIA.

LOCALIDAD: CAÑEDA TERMINO: REINOSA.

CULTIVO: CABIDA:

LINDE N MANUEL GUTIERREZ LINDE E.: JOVITA GARCIA.

LINDE S.: SATURNINO RUIZ. LINDE O: RIO BESAYA.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO 881 NÚMERO LIBRO: 115 NÚMERO FOLIO.175 NÚMERO FINCA: 14286.

LETRA. A.

FINCA NUMERO: 08.

DATOS FINCA NO URBANA.

NOM. FINCA. HUERTUCA PROVINCIA: CANTABRIA.

LOCALIDAD: CAÑEDA TERMINO: REINOSA.

CULTIVO: CABIDA:

LINDE N FERROCARRIL DE RENFE LINDE E.: EJIDO.

LINDE S.: DE ESTOS CANALES LINDE O: DE ESTOS CANALES.

DATOS REGISTRO.

NÚMERO REG: NÚMERO TOMO 881 NÚMERO LIBRO: 115 NÚMERO FOLIO.178 NÚMERO FINCA: 14289.

LETRA: A.

Santander, a 8 de febrero de 2011.-LA RECAUDADORA EJECUTIVA.

PROVINCIA 12 CASTELLON.

Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Castellón.

Administración 12/03, Onda.

EDICTO DE NOTIFICACION DE RESOLUCION.

DON BRUNO PASTOR CLIMENT, Director de la Administración de la Seguridad Social número 12/03 de Castellón, por la presente hago saber:

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, “Boletín Oficial del Estado” 285, de 27 de noviembre de 1992 (Redacción Ley 4/1999, de 13 de enero, “Boletín Oficial del Estado” del 14, y Ley 24/2001, de 27 de diciembre, “Boletín Oficial del Estado” del 31) y habiéndose intentado la notificación al interesado o su representante, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, se pone de manifiesto, mediante el presente edicto, que se encuentra pendiente de notificar la revisión de oficio baja/alta en el censo agrario, cuenta ajena, de fecha 18-01-2011, correspondiente a ABDOULAYE SACKO, afiliado a la Seguridad Social número 451016593705.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos, obligados con la Seguridad social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante el órgano responsable de su tramitación en esta Dirección Provincial, en el plazo de diez días, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la provincia, para conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento. En la sede de la Administración 12/03, C/ Ronda, 23-25 de Onda.

Asimismo se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado.

Onda, a 16 de marzo de 2011.-El Director de la Administración, Bruno Pastor Climent.

PROVINCIA 13 CIUDAD REAL.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL EN CIUDAD REAL.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” del 27), modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), y no habiéndose podido practicar la notificación en el último domicilio conocido, se hace pública la notificación de la Resolución de Archivo del acuerdo de continuación del procedimiento frente a los comuneros, que a continuación se relacionan, cuyo expediente obra en las dependencias de esta Dirección Provincial (Avda. Rey Santo, 2 de Ciudad Real), para que en el plazo de quince días hábiles siguientes a la notificación, pueda dárseles vista del mismo, con la advertencia de que contra dicha resolución, que no pone fin a la vía administrativa podrá interponerse recurso de alzada, ante el Director Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, de conformidad con lo establecido en el art. 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social aprobado por R.D. 1415/2004 (“Boletín Oficial del Estado” de 25.06.04), en relación con lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Ciudad Real a 21 de marzo de 2011.-EL SUBDIRECTOR PROVINCIAL, VALENTÍN SÁNCHEZ-ORO MENA.

EXPTE. LOCALIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL. CAUSA DE PUBLICACIÓN EN EL BOP.

130310081 Madrid Francisco García Casarrubios Resolución de Archivo del acuerdo de continuación del procedimiento frente a los comuneros de la Comunidad de Bienes Blanco Molina, C.B.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE RESOLUCIONES A SUJETOS RESPONSABLES NO LOCALIZADOS.

La Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Ciudad Real, de la que es titular, Dª. Paula Mellado Quesada, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 29), el artículo 2 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 25), y el artículo 3 y 4 del Real Decreto 84/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de Trabajadores en la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” del 27), ha dictado las respectivas resoluciones, en el sentido que se citan en la relación que se acompaña, respecto de los sujetos responsables y actos administrativos recurridos que figuran en la misma.

Por haber resultado infructuosas las gestiones tendentes a la determinación del actual domicilio del recurrente, deudor o de su representante, procede practicar la notificación de las resoluciones que se relacionan de acuerdo con lo previsto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992 (“Boletín Oficial del Estado” del 14-1-99).

Frente a las resoluciones dictadas en relación con solicitudes de suspensión del procedimiento recaudatorio o en general contra las resoluciones que no ponen fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso alzada ante la Directora Provincial de Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente al de su notificación, advirtiéndole que tal interposición no suspenderá el procedimiento recaudatorio salvo que se realice el pago de la deuda, se garantice con aval suficiente o se consigne su importe; todo ello de conformidad con los artículos 30.5 ó 34.3, según proceda, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, conforme a la redacción dada por la Ley 52/2003, de 10 de diciembre, de disposiciones específicas en materia de Seguridad Social, y el artículo 46, apartados1y2, del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aplicados en virtud de la disposición adicional sexta.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Transcurrido el plazo de tres meses computados desde la fecha de interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley, quedando, expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativa.

Contra las resoluciones recaídas en relación con los recursos de alzada interpuestos frente a las reclamaciones administrativas de deuda o providencias de apremio, o los recursos de alzada presentados oponiéndose a los actos del recaudador ejecutivo, o en general aquellas resoluciones dictadas por los órganos de gestión recaudatoria de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social que ponen fin a la vía administrativa, podrá formularse recurso contencioso-administrativo en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” del 14-7-98) y 46 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del 25), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.

Contra las resoluciones recaídas en relación con los recursos de alzada interpuestos frente a actos sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de Trabajadores en la Seguridad Social de esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social que ponen fin a la vía administrativa, podrá formularse recurso contencioso-administrativo en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” del 14-7-98) y 63.2 del Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de Trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 84/1996, de 26 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 27),conforme a lo redactado en el artículo primero, trece del Real Decreto 1041/2005 de 5 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado” del 16), ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente.

En virtud de lo anterior dispongo que los sujetos pasivos o recurrentes, obligados con la Seguridad Social indicados, o sus representantes debidamente acreditados, podrán comparecer ante los órganos responsables de su tramitación en esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Ciudad Real, sito en Avenida Rey Santo, número 2, 13002 –Ciudad Real. en el plazo de diez días, contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, para el conocimiento del contenido íntegro de los mencionados actos y constancia de tal conocimiento, en horario de 9,00 a 14,00 horas, de lunes a viernes, excepto festivos en la localidad.

Asimismo, se advierte a los interesados que, de no comparecer en el citado plazo, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento del plazo señalado para comparecer.

En Ciudad Real, a 07 de marzo de 2011. —El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, Basilio Victoria Sánchez.

Código de Cuenta de Cotización/Número de Afiliación/Identificador de Persona Física (CCC/NAF/IPF); Nombre del Sujeto Responsable o Razón Social (NOM-BRE/R. SOCIAL); Representante del sujeto responsable o persona que efectúa la impugnación, en caso de no ser el propio Sujeto Responsable(REPR/RECURRENTE) Dirección del envío (DIRECCION ENVIO); Código Postal (CP); Localidad del envío (LOCALIDAD); Provincia del envío (PROVINCIA); Año del expte. (AÑO); Número de orden del expte. (NÚMERO EXPTE); Acto Administrativo recurrido (ACTO ADMINISTRATIVO RECURRIDO); Tipo de Impugnación (TIPO IMPUGNACION); Fecha de la interposición del recurso (FECHA IMPUGNA.); Tipo de Resolución adoptada (TIPO RESOLUCION).

CCC/NAF/IPF. – NOMBRE/RAZÓN SOCIAL. – REPRESENTANTE/RECURRENTE. – DIRECCIÓN ENVÍO. – CP. – LOCALIDAD. – PROVINCIA. – AÑO. – NÚMERO EXPEDIENTE. – ACTO ADMINISTRATIVO RECURRIDO. – TIPO IMPUGNACIÓN. – FECHA IMPUGNACIÓN. – TIPO RESOLUCIÓN.

13104749914–DATAGA ENTERPRISES S.L. – ARGENSOLA, 22 3º. – 28004. – MADRID. – 2011. – 13/101/2011/00020/0. – RECLAMACIÓN DEUDA. – RECURSO DE ALZADA. – 29/12/2010. – ESTIMADO EN PARTE.

13104749914–DATAGA ENTERPRISES S.L.–ARGENSOLA, 22 3º. – 28004. – MADRID. – 2011. – 13/101/2011/00022/0. – RECLAMACIÓN DEUDA. – RECURSO DE ALZADA. – 29/12/2010. – ESTIMADO EN PARTE.

EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONE, Basilio Victoria Sánchez.

PROVINCIA 19 GUADALAJARA.

EDICTO DE NOTIFICACIONES.

DOÑA MARÍA PILAR OROZCO ABLANQUE, Directora en funciones de la Administración 19/01 de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Guadalajara.

HAGO SABER, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 59.4. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” 27-11-92), al trabajador GAOYING CHEN con número de afiliación 281345515733 y domicilio en Alcalá de Henares, Cl. Infante Don Luís número 3, Bj.-D sobre ANULACIÓN DE ALTA en el Régimen General de la Seguridad Social, en la empresa “RESTAURANTE GRAN CHINA” con código de cuenta de cotización 19102589512, y domicilio en Azuqueca de Henares, Ps. de las Acacias, número 6, que esta administración con fecha 21 de febrero de 2011 ha emitido la siguiente resolución:

“Esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, en uso de las facultades que le otorga el Real Decreto 1314/84, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 11-7-84), y en base a los siguientes.

HECHOS:

Se comprueba que el trabajador GAOYING CHEN, con número de afiliación 281345515733 y NIE X9702665T, Nacional de CHINA, figura de alta en el Régimen General de la Seguridad Social en la empresa RESTAURANTE GRAN CHINA, con código de cuenta de cotización 19102589512, en fecha 8 de octubre de 2010.

Por esta Administración de la Seguridad Social se ha procedido a revisar la documentación necesaria para causar alta en la Seguridad Social de los trabajadores extranjeros y según cruce de datos con el Ministerio de la Presidencia, Oficina de Extranjería nos indican que el trabajador carece de autorización para trabajar.

Por escrito de fecha 20-12-2010, se puso en conocimiento de la empresa la revisión del expediente, no habiendo recibido contestación en el plazo de alegaciones, comprobándose por información obtenida de la Subdelegación de Gobierno que el trabajador no tiene autorización de trabajo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Artículo 10 y 36 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (“Boletín Oficial del Estado” de 12-1-2000). Modificados por el artículo primero de la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre (“Boletín Oficial del Estado” de 23-12-2000).

Artículo 48 y siguientes del Real Decreto 2393/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (“Boletín Oficial del Estado” de 7-01-2005).

Vistos los demás preceptos legales de general observancia al presente caso.

RESUELVE:

Anular el alta en el Régimen General de la Seguridad Social de 8 de octubre de 2010, en la empresa RESTAURANTE GRAN CHINA, del trabajador GAOYING CHEN, por no estar en posesión del preceptivo permiso de trabajo.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. (“Boletín Oficial del Estado” de 27-11-1992).”.

Lo que se da por notificado al trabajador, de conformidad con lo establecido en la precitada norma legal.

PROVINCIA 37 SALAMANCA.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA TESORERÍA GENERAL.

DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE SALAMANCA.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN DE TRÁMITE DE AUDIENCIA.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” De 27/11/92), según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” del 14), se procede a publicar el presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, ante la imposibilidad de comunicar el preceptivo TRÁMITE DE AUDIENCIA, siendo devuelto por el Servicio de Correos “ desconocidos.

Dicho TRÁMITE DE AUDIENCIA tiene el carácter de preceptivo, a tenor de lo establecido en el art. 13.4 del Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, modificado por el Real Decreto 897/2009 de 22 de mayo (“Boletín Oficial del Estado” 15/06/09), por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social; y es como consecuencia de la incoación, por esta Dirección Provincial, del correspondiente procedimiento de derivación de responsabilidad solidaria como “ Administrador “ por la deudas contraídas con la Seguridad Social, por cuotas, recargos e intereses al Régimen de Autónomos del/los causante/s que se expresan acto seguido:

TITULAR. – DNI/CIF. – CAUSANTE. – IMPORTE.

MOISES ANSELEM ELBAS. – 2181129Q. – ALTA MODISTERIA NUPCIAL, S.L. – 59.402,67 EUROS.

ROSARIO PÉREZ GONZÁLEZ. – 7925575H. – B80848492. – C.C.C. 37102519093, 28107739914 Y 49101418285.

Por todo ello, el/los titular/es arriba referenciado/s podrá/n en el plazo de quince días a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia formular alegaciones o presentar los documentos o justificantes que estimen convenientes en defensa de sus derechos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 13.4 del Real Decreto 1415/2004 anteriormente citado.

Salamanca a 15 de marzo de 2011.-La Subdirectora de Recaudación Ejecutiva, Carmen Rey Gil.

PROVINCIA 40 SEGOVIA.

UNIDAD DE RECAUDACIÓN EJECUTIVA 40/01.

Dirección: Pz. Reina Dña. Juana, 1.

Teléfono: 921 41 44 26.

Fax: 921 41 44 41.

Tipo/Identificador: 10 40101384332.

Régimen: 0111.

Núm. expte.: 40 01 09 00362286.

Nombre: GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA.

Número Documento: 40 01 502 11 000454649.

NOTIFICACIÓN DE EMBARGO DE BIENES INMUEBLES A TRAVÉS DE ANUNCIO (TVA-502).

El Jefe de la Unidad de Recaudación Ejecutiva número 01, de SEGOVIA.

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra el deudor GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA, por deudas a la Seguridad Social, y cuyo último domicilio conocido fue en CT HUERTAS (LOCAL 7 A) 4. se procedió con fecha 4/02/2010 al embargo de bienes inmuebles, de cuya diligencia se acompaña COPIA adjunta al presente edicto.

Contra el acto notificado que no agota la vía administrativa, podrá formularse RECURSO DE ALZADA ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Segovia en el plazo de un MES, contado a partir del día siguiente al de su recepción por el interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 34 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio (“Boletín Oficial del Estado” del día 29), significándose que el procedimiento de apremio no se suspenderá sin la previa aportación de garantías para el pago de la deuda. Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso de alzada sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, según dispone el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 46.1 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, en relación con el artículo 115.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” del día 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de dicha Ley 30/1992.

Segovia, a 8 de MARZO de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Avelino Redondo Sanz.

Tipo/Identificador: 10 40101384332.

Régimen: 0111.

Núm. expte.: 40 01 09 00362286.

Deuda pendiente: 17.458,77 euros.

Nombre: GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA.

Domicilio: CT. HUERTAS (LOCAL 7A)4.

Localidad: 28220 - MAJADAHONDA.

DNI/CIF/NIF: 0B83712695.

Número Documento: 40 01 504 11 000320061.

DILIGENCIA DE AMPLIACIÓN EMBARGO DE BIENES INMUEBLES (TVA-504).

DILIGENCIA: De las actuaciones del presente expediente administrativo de apremio por deudas a la Seguridad Social seguido contra el deudor de referencia con DNI/NIF/CIF número 0B83712695, y con domicilio en CT. HUERTAS (LOCAL 7 A) 4, resulta lo siguiente:

Que para responder de los débitos de dicho deudor, debidamente notificados, se practicó embargo de las fincas que se detallan en RELACIÓN adjunta, siendo anotado el embargo en el Registro de la Propiedad de ILLESCAS NÚMERO 3, garantizando la suma total de 0,00 euros.s, que incluyen el principal, el recargo de apremio, los intereses y las costas del procedimiento, con las letras que se indican:

LIBRO: 96.

TOMO: 2289.

FOLIO: 162.

FINCA NÚMERO: 10115.

ANOTACIÓN LETRA: A.

Que se han producido débitos de vencimientos posteriores, reglamentariamente notificados, a los ya anotados en el Registro indicado, débitos que responden al siguiente detalle:

NÚM. PROV. APREMIO. – PERIODO. – RÉGIMEN.

40 09 011926155. – 06/2009 06/2009. – 0111.

40 09 011926256. – 07/2009 07/2009. – 0111.

40 09 011926862. – 06/2009 06/2009. – 0111.

40 09 012317488. – 07/2009 07/2009. – 0111.

IMPORTE DE LA DEUDA:

Principal: 5.013,10.

Recargo: 1.002,62.

Intereses: 415,98.

Costas Devengadas: 146,21.

Costas e intereses presupuestados: 601,57.

TOTAL: 7.179,48.

Por lo que se ACUERDA ampliar el embargo sobre las fincas indicadas en la suma de 7.179,48 euros.s, con lo que la responsabilidad total sobre las mismas asciende a la cantidad de 7.179,48 euros.s, y expedir el mandamiento de ampliación de embargo al Registro de la Propiedad.

Segovia, a 21 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Avelino Redondo Sanz.

DESCRIPCIÓN DE LAS FINCAS EMBARGADAS (SOBRE LAS QUE SE AMPLÍA EL EMBARGO).

DEUDOR: GESTION DE OBRAS MATERIALES Y MAQUINARIA S.L.

FINCA NÚMERO: 02.

DESCRIPCION FINCA: VIVIENDA.

TIPO VIA: CL./NOMBRE VIA: LICINIO DE LA FUENTE/NÚMERO VIA: 11/PISO: 1.

PUERTA: 8/COD-POST: 45211/COD-MUNI: 45145.

DATOS DEL REGISTRO.

NÚMERO REG.: 45022/NÚMERO TOMO: 228/NÚMERO LIBRO: 96/NÚMERO FOLIO: 162/NÚMERO FINCA: 10115.

LETRA: A.

Segovia, a 21 de febrero de 2011.-EL RECAUDADOR EJECUTIVO, Avelino Redondo Sanz.

PROVINCIA 45 TOLEDO.

TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.

DIRECCION PROVINCIAL DE TOLEDO.

Don Mariano Pérez López, Subdirector Provincial de Recaudación Ejecutiva de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en Toledo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), a los sujetos interesados en los expedientes de declaración de responsabilidad solidaria, subsidiaria o “mortis causa”, comprendidos en la relación que se acompaña, ante la imposibilidad, por ausencia, paradero ignorado o rehusado, de comunicarles de forma personal y en su condición de interesados, la incoación de expediente administrativo para establecer la responsabilidad solidaria, subsidiaria o “mortis causa”, en el pago de las deudas contraídas con la Seguridad Social por los sujetos identificados como deudores en la relación adjunta, todo ello en base a lo dispuesto en los artículos 15 del Real decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (“Boletín Oficial del Estado” de 29 de junio) y 2, 12 y 13 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio (“Boletín Oficial del Estado” de 25 de junio), se les hace saber que, atendiendo al contenido del artículo 13.4 del Reglamento General de Recaudación anteriormente indicado, se les pone de manifiesto el expediente relativo a la declaración de responsabilidad a la que antes se ha aludido, como interesados en dicho expediente, para que, si así conviene a su derecho, presente las alegaciones que estime convenientes en un plazo no inferior a diez días ni superior a quince, en los términos señalados en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reseñada con anterioridad.

Toledo, 21 de marzo de 2011.-EL SUBDIRECTOR DE RECAUDACION EJECUTIVA, Mariano Pérez López.

ANEXO.

Número Expediente. – Sujeto deudor. – Código c. cotización. – Sujeto interesado. – Condición. – Domicilio. – Localidad.

DR 2011/085. – VICTORIA JIMENEZ RAMOS. – 451027436887. – ISABEL ERUSTES JIMENEZ. – HEREDERO. – CL HERNAN CORTES, 3-ESC 1-3º C. – ALCALA DE HENARES.

DR 2011/091. – PINTURAS COLOR PARADISE SL. – 45108891720. – FROPROIN INVERSIONES SL. – EMPRESA CONTRATISTA. – CL NUÑEZ DE BALBOA, 116-3º 9. – MADRID.

DR 2011/096. – ABDELAH BGUIRA. – 451027024538. – AAMOUR GHIZLANE. – DEPOSITARIO EMBARGO SALARIOS. – CL DUENDE, 24. – PERALES DE TAJUÑA.

DR 2011/100. – DEYMA DECORACION Y MADERA SL. – 45104488526. – JOSE NUÑEZ GARCIA. – DEPOSITARIO EMBARGO. – CL DEL LENTISCO, 16. – GETAFE.

DR 2011/174. – JUAN MANUEL FERNANDEZ ALONSO. – 450036447874. – INDUSTRIAS ARTESANAS DE MORA SA. – DEPOSITARIO EMBARGO SALARIOS. – PASEO DE LAS DELICIAS, 30. – MADRID.

DR 2011/185. – FRANCISCO GOMEZ TORRE PALACIOS. – 450044280828. – ALCAVIER OBRAS Y SERVICIOS SL. – DEPOSITARIO EMBARGO SALARIOS. – CL RIO LOBOS, 19. – RIVAS-VACIAMADRID.

PROVINCIA 48 VIZCAYA.

EDICTO.

Dirección Provincial. Unidad de Impugnaciones.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992) y habiéndose intentado la notificación a los interesados o a sus representantes por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, las Resoluciones por las que se elevan a definitivas la liquidación e infracción que proceda, o bien se modifican o dejan sin efecto las actas practicadas, a nombre de los deudores que a continuación se relacionan y por los períodos e importes que asimismo se detallan, por ser desconocidos en los domicilios que constan, por ausencias y otras causas similares.

En virtud de lo anterior, se hace saber que las resoluciones que se detallan se encuentran a disposición del destinatario -o de sus representantes, debidamente acreditados- en la Unidad de Impugnaciones de esta Dirección Provincial, al objeto de que puedan obtener el conocimiento del contenido íntegro del acto administrativo de que se trate, significándoles que el plazo legal para interponer recurso de alzada en el plazo de una mes a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, de acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

C.C.C. – RAZÓN SOCIAL. – DOMICILIO. – LOCALIDAD. – NÚMERO ACTA. – ACTO NOTIFICADO.

48108773334. – IURBENTIA PROMOCION INMOBILIARIA, S.A. – C./SERRANO, 63-6º D. – MADRID. – 482010008000443.

RESOLUCION ACTA DE LIQUIDACION.

Asimismo se advierte a los interesados de que la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente a dicha publicación.

Y para que conste, a los efectos de su publicación, expido el presente Edicto en Bilbao, a 9 de marzo de 2011.-EL DIRECTOR PROVINCIAL, P.D., EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Fernando Palacio Sánchez-Izquierdo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

Dirección Provincial. Unidad de Impugnaciones.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992) y habiéndose intentado la notificación a los interesados o a sus representantes por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, las Resoluciones por las que se elevan a definitivas la liquidación e infracción que proceda, o bien se modifican o dejan sin efecto las actas practicadas, a nombre de los deudores que a continuación se relacionan y por los períodos e importes que asimismo se detallan, por ser desconocidos en los domicilios que constan, por ausencias y otras causas similares.

En virtud de lo anterior, se hace saber que las resoluciones que se detallan se encuentran a disposición del destinatario -o de sus representantes, debidamente acreditados- en la Unidad de Impugnaciones de esta Dirección Provincial, al objeto de que puedan obtener el conocimiento del contenido íntegro del acto administrativo de que se trate, significándoles que el plazo legal para interponer recurso de alzada es de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, de acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

Asimismo se advierte a los interesados de que la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente a dicha publicación.

PROMOCIONES INMOBILIARIAS SIERRA CHAVELA, S.A.

(SOLIDARIA DE CONSTRUCCIONES GRAISU, S.L.).

C./ CASTELLO, 24.

28003 MADRID.

Acta de liquidación número: 482010008049246.

Periodo: 09/2008 A 07/2009.

Importe: 12.811,73.

GESTNORNOVA, S.L.

(SOLIDARIA DE CONSTRUCCIONES GRAISU, S.L.).

C./ CRISTÓBAL BORDIÚ, 35.

28003 MADRID.

Acta de liquidación número: 482010008049246.

Periodo: 09/2008 A 07/2009.

Importe: 12.811,73.

PLANIFICACIONES URBANAS, S.A.

C./ MARQUES DE MONTEAGUDO, 15 –PISO S.O. PUERTA B.

28028 MADRID.

Acta de liquidación número: 482010008031967.

Acta de Infracción número: I482010000037248.

Periodo: 05/2009 A 06/2009.

Importe: 3.989,62 y 626,00 euros.

Y para que conste, a los efectos de su publicación, expido el presente Edicto en Bilbao, a diecisiete de marzo de dos mil once.- El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, Fernando Palacio Sánchez-Izquierdo.

EDICTO DE NOTIFICACIÓN.

Dirección Provincial. Unidad de Impugnaciones.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” número 285, de 27 de noviembre de 1992) y habiéndose intentado la notificación a los interesados o a sus representantes por dos veces, sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Tesorería General de la Seguridad Social, las Resoluciones por las que se elevan a definitivas la liquidación e infracción que proceda, o bien se modifican o dejan sin efecto las actas practicadas, a nombre de los deudores que a continuación se relacionan y por los períodos e importes que asimismo se detallan, por ser desconocidos en los domicilios que constan, por ausencias y otras causas similares.

En virtud de lo anterior, se hace saber que las resoluciones que se detallan se encuentran a disposición del destinatario -o de sus representantes, debidamente acreditados- en la Unidad de Impugnaciones de esta Dirección Provincial, al objeto de que puedan obtener el conocimiento del contenido íntegro del acto administrativo de que se trate, significándoles que el plazo legal para interponer recurso de alzada es de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente edicto, de acuerdo con los artículos 31.2 de la Ley General de la Seguridad Social y 115.1 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

Asimismo se advierte a los interesados de que la notificación se entenderá producida, a todos los efectos legales, desde el día siguiente a dicha publicación.

PROMOCIONES INMOBILIARIAS SIERRA CHAVELA, S.A.

(SOLIDARIA DE CONSTRUCCIONES GRAISU, S.L.).

C./ CASTELLO, 24.

28003 MADRID.

Acta de liquidación número: 482010008049246.

Periodo: 09/2008 A 07/2009.

Importe: 12.811,73.

GESTNORNOVA, S.L.

(SOLIDARIA DE CONSTRUCCIONES GRAISU, S.L.).

C./ CRISTÓBAL BORDIÚ, 35.

28003 MADRID.

Acta de liquidación número: 482010008049246.

Periodo: 09/2008 A 07/2009.

Importe: 12.811,73.

PLANIFICACIONES URBANAS, S.A.

C. /MARQUES DE MONTEAGUDO, 15 –PISO S.O. PUERTA B.

28028 MADRID.

Acta de liquidación número: 482010008031967.

Acta de Infracción: número: I482010000037248.

Periodo: 05/2009 A 06/2009.

Importe: 3.989,62 y 626,00 euros.

Y para que conste, a los efectos de su publicación, expido el presente Edicto en Bilbao, a 17 de marzo de 2011.-El Jefe de la Unidad de Impugnaciones, Fernando Palacio Sánchez-Izquierdo.

PROVINCIA.

PROVINCIA 49 ZAMORA.

DIRECCION PROVINCIAL DE ZAMORA.

UNIDAD DE IMPUGNACIONES.

Habiéndose intentado la notificación, hallándose ausente en el momento de la misma y actualmente en ignorado paradero, se cita por el presente edicto a DIALLO AMADOU, con último domicilio conocido en Cl/ Getafe, número 14, piso 3, puerta 1, de Parla (Madrid), a fin de que comparezca ante esta Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, sita en Avda. de Requejo, número 23, de Zamora, en el improrrogable plazo de diez días contados a partir del siguiente a la publicación de este Edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que será expuesto también en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, con el objeto de hacerle entrega, en forma legal, como parte interesada en el procedimiento seguido en esta Dirección Provincial; la resolución dictada en el expediente 49/101/2010/00117/0. En el supuesto de incomparecencia se entenderá notificada la resolución el último día de expiración del plazo para comparecer.

Todo ello en cumplimiento del Artículo 59 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre (“Boletín Oficial del Estado” número 285 de 27-12-92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por el Artículo 1º.17 de Ley 4/1999, de 13 de enero (“Boletín Oficial del Estado” número 12 de 14-01-99) se hace público a los efectos de notificación del interesado.

Zamora, a 9 de marzo 2011.-EL JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, José A. Martín Martín.

PROVINCIA 50 ZARAGOZA.

En la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Zaragoza, sita en Camino de las Torres número 22, –en cuya Unidad de Impugnaciones obra a disposición del interesado expediente de tercería de mejor derecho interpuesta por Dª. Rebeca ANGOY CASANOVA y 43 trabajadores más, en el expediente de apremio 500410759364 seguido contra PLATAFORMA DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, se ha acordado, en aplicación del Art. 84.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre) en relación con el artículo 134.2 del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11de Junio, abrir trámite de audiencia por plazo de diez días a fin de que, si lo estima conveniente y en el referido plazo, PLATAFORMA DE ATENCIÓN TELEFÓNICA efectúe alegaciones y aporte documentos u otros elementos de juicio que considere oportunos para la defensa de sus intereses y, en especial, por lo que se refiere a la cuantificación y subsistencia del crédito del citado tercerista.

Ante la imposibilidad, por ausencia o ignorado paradero, de comunicar dicho acuerdo y en aplicación de lo dispuesto en el art. 59.5 de la citada Ley 30/1992, se ha acordado notificarla por edictos mediante la presente publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, informando al interesado que las alegaciones deberán ser presentada en el plazo de diez días contados desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

- Nombre/Razón Social del Apremiado: PLATAFORMA DE ATENCIÓN TELEFÓNICA, S.A.

- Último domicilio conocido: C/ Albasanz, 65-4º de MADRID (28037).

- Tercería: 50/302/2011/00009/0.

- Tercerista: Dª. Rebeca ANGOY CASANOVA y 43 trabajadores más.

- Crédito preferente invocado e importe del mismo: Crédito salarial por importe de 323.563,21 euros.

Zaragoza, a 10 de marzo de 2011.-LA JEFE DE LA UNIDAD DE IMPUGNACIONES, Gloria E. Burillo López.

(01/919/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.80.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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