Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 76

Fecha del Boletín 
31-03-2011

Sección 1.2.140.21: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110331-21

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2011, de la Dirección General, por la que se deja sin efecto la Resolución de 6 de junio de 2003, de la Gerencia del Servicio Regional de Empleo, por la que se aprobaban las bases de convocatoria para la selección de personal a tiempo cierto a incluir en el fichero de expertos para las acciones formativas del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (Plan FIP).

Los centros propios de Formación del Servicio Regional de Empleo, CF en Electricidad, Electrónica y Aeronáutica (Leganés), CF en Tecnologías del Frío y la Climatización (Moratalaz), CF en Seguros y Finanzas (Fuencarral), CF en Edificación y Obras Civil (Paracuellos) y CF en Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Madrid Sur-Getafe), han venido impartiendo hasta el 2007 cursos, en cuanto a la formación especializada que tienen asignada cada uno de ellos, del Plan de Formación e Inserción Profesional, o bien con medios propios (docentes funcionarios o laborales de la Comunidad de Madrid) o, utilizando la contratación a tiempo parcial, en la modalidad de contrato por obra y servicio determinado.

Para regular esta contratación se publicó el 25 de junio de 2003 la Resolución de 6 de junio de 2003, de la Gerente del Servicio Regional de Empleo, por la que se aprueban las bases de convocatoria para la selección de personal a tiempo cierto a incluir en el fichero de expertos para las acciones formativas del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.

Transcurridos cuatro años desde su publicación, y tras la aprobación del Real Decreto 395/2007, por el que se regula el subsistema de Formación Profesional para el Empleo, y la derogación del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por que el que se regula el Plan ­Na­cional de Formación e Inserción Profesional, el Servicio Regional de Empleo, adopta la decisión de convocar mediante Concurso Público, no solo la docencia sino la partici­pación en la organización y puesta en marcha de los cursos que se desarrollan en centros propios a través de los correspondientes contratos de servicios al amparo de lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, a desarrollar por empresas con solvencia y experiencia acreditada.

Como consecuencia de lo anterior, desde Diciembre de 2008, no se ha producido ninguna contratación laboral a tiempo cierto, encontrándose suspendida de forma temporal la admisión de solicitudes de todas las especialidades por Resolución del Presidente de la Comisión de Seguimiento del Fichero de Expertos, de conformidad con lo previsto en la Resolución de modificación de 19 de mayo, por la que se modificaba la base primera punto 1.2 de las bases de la convocatoria de la Resolución de 6 de junio.

La competencia para aprobar convocatorias para la contratación laboral a tiempo cierto, no centralizadas, de personal adscrito al Organismo, se encuentra delegada al titular de la Dirección General del Servicio Regional de Empleo por Acuerdo del Consejo de Administración de 25 de febrero de 2002 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 4 de marzo de 2002).

En su virtud,

RESUELVO

Dejar sin efecto la Resolución de 6 de junio de 2003, de la Gerente del Servicio Regional de Empleo, por la que se aprueban las bases de convocatoria para la selección de personal a tiempo cierto a incluir en el fichero de expertos para las acciones formativas del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional (Plan FIP).

La presente Resolución es definitiva en vía administrativa y contra la misma los interesados podrán interponer en el plazo de un mes desde su publicación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid.

Madrid, a 15 de marzo de 2011.—La Directora General del Servicio Regional de ­Empleo, María Eugenia Martín Mendizábal.

(03/11.682/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.140.21: I. COMUNIDAD DE MADRID

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