Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110401-282

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

282
Ejecución 443 de 2010

Doña Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 443 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Sergio Grande Carreras, contra la empresa “Transportes y Lavados Griñón, Sociedad Limitada”, sobre indemnización, se ha dictado la siguiente resolución:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Sergio Grande Carreras, frente a “Transportes y Lavados Griñón, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, en ejecución de la sentencia de fecha 30 de abril de 2010, por un importe de 39.257,70 euros (que corresponden 23.239,66 euros a indemnización y 16.108,04 euros a salarios de tramitación) de principal, más 2.350 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Transportes y Lavados Griñón, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.947/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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