Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2011

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110401-6

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

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ORDEN 1173/2011, de 22 de marzo, por la que se modifica la Orden 719/2011, de 25 de febrero, por las que se aprueban las bases reguladoras y se convocan los Premios a la elaboración de las Pruebas de Conocimientos y Destrezas Indispensables (CDI) para Educación Secundaria Obligatoria, en la materia de Lengua Castellana y Literatura.

Mediante Orden 719/2011, de 25 de febrero, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo de 2011), se aprueban las bases reguladoras y se convocan los Premios a la elaboración de las Pruebas y Conocimientos y Destrezas Indispensables (CDI) para Educación Secundaria Obligatoria, en la materia de Lengua Castellana y Literatura.

El artículo 6 de la citada Orden 719/2011, de 25 de febrero, establece que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a partir del día siguiente al del la publicación de la Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

No obstante, debido a la complejidad que deben revestir las Pruebas de Destrezas y Conocimientos Indispensables objeto de la Orden de referencia, y con el fin de facilitar a los profesores la elaboración de las mismas, se considera conveniente proceder a la ampliación del plazo de presentación de solicitudes en los términos establecidos en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Por otro lado, advertidos errores materiales en la mencionada Orden 719/2011, de 25 de febrero, se procede a subsanar dichos errores de acuerdo con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En virtud de lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y en las restantes normas de Derecho Público que regulan las subvenciones y demás que resulten aplicables,

DISPONGO

Primero

Ampliar en diez días hábiles el plazo de presentación de solicitudes establecido en el artículo 6 de las bases reguladoras de la Orden 719/2011, de 25 de febrero, por las que se aprueban las bases reguladoras y se convocan los Premios a la elaboración de las Pruebas y Conocimientos y Destrezas Indispensables (CDI) para Educación Secundaria Obligatoria, en la materia de Lengua Castellana y Literatura.

Segundo

Se modifican los artículos 2, apartado primero; 5, apartados B).1, y 7, apartado 3, de la Orden 719/2011, de 25 de febrero, quedando redactados como sigue:

1. Artículo 2.1:

1. Ser profesor licenciado en Filología Hispánica, o estar impartiendo la materia de Lengua Castellana y Literatura en tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato, en cualquier centro de la Comunidad de Madrid.

2. Artículo 5.B).1:

1. Copia del título de licenciado en Filología Hispánica o certificado original del centro en el que se acredite que el profesor está impartiendo la materia de Lengua Castellana y Literatura en tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.

3. Artículo 7.3:

3. Adecuación de los textos al curso tercero de Educación Secundaria Obligatoria: Hasta 20 puntos.

Tercero

Los Anexos de la Orden 719/2011, de 25 de febrero, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de marzo de 2011), se modifican en los siguientes términos:

1. Apartado 5 del Anexo “Solicitud de Participación en los Premios a la elaboración de Pruebas de Conocimientos y Destrezas Indispensables (CDI) de Lengua Castellana y Literatura”: Copia del título de licenciado en Filología Hispánica o certificado del centro en el que se acredite que el profesor está impartiendo la materia de Lengua Castellana y Literatura en tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria o Bachillerato.

2. Apartado 2 del Anexo “Declaración Responsable del Director del Centro”: Está impartiendo la materia de Lengua Castellana y Literatura en tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria y/o Bachillerato en este centro.

Cuarto

Las modificaciones introducidas por esta Orden no afectan a las solicitudes presentadas con anterioridad a la publicación de la misma.

Madrid, a 22 de marzo de 2011.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

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(03/11.954/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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