Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 77

Fecha del Boletín 
01-04-2011

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110401-329

Páginas: 3


V. OTROS ANUNCIOS

ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE MADRID

329
Fichero datos carácter personal

La Junta de Gobierno de este ilustre Colegio, en sesión celebrada el día 1 de marzo de 2011, adoptó el siguiente acuerdo:

FICHEROS CON DATOS DE CARÁCTER PERSONAL CREADOS PARA EL EJERCICIO DE FUNCIONES PÚBLICAS

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de 27 de enero de 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 y 25 de febrero de 2005), se aprobó la creación de varios ficheros de datos de carácter personal para el ejercicio de funciones públicas, entre ellos los denominados “Base de Datos de Colegiados”, “Expedientes Deontológicos” y “Comunicación de Ejercicio Profesional”, todos ellos modificados por Acuerdo de la Junta de Gobierno de 5 de abril de 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de abril de 2008). Asimismo, por acuerdo de la Junta de Gobierno de 11 de enero 2008 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de marzo de 2008), se creó el fichero denominado “Registro de Sociedades Profesionales”.

La reforma de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, operada por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el Libre Acceso a las Actividades de Servicios y su Ejercicio, aconseja la modificación de determinados ficheros del Colegio.

En relación con la reforma expresada, este acuerdo modifica los siguientes ficheros de datos de carácter personal creados para el ejercicio de funciones públicas: “Expedientes Deontológicos”, “Base de Datos de Colegiados” y “Registro de Sociedades Profesionales”.

A su vez, la atribución a los Colegios Profesionales de la función de protección a los consumidores y usuarios y de atender sus quejas y reclamaciones, en los artículos 5.a) y 13 de la Ley de Colegios Profesionales, hace aconsejable la creación de un fichero que se va a denominar “Atención al Ciudadano” y que tendrá como finalidad la gestión de tales funciones.

Por su parte, la reforma del artículo 3.3 de la Ley de Colegios Profesionales, que ahora establece que “los Colegios no podrán exigir a los profesionales que ejerzan en un territorio diferente al de colegiación comunicación ni habilitación alguna…”, determina la innecesariedad del fichero “Comunicación de Ejercicio Profesional” inscrito en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y, por tanto, la procedencia de su supresión.

Los ficheros con datos de carácter personal creados para el ejercicio de potestades públicas son declarados e inscritos en la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid y tienen que ser creados, modificados y suprimidos por medio de una disposición general, tal y como establece la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid. El procedimiento de elaboración de dicha disposición general fue desarrollado por el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de la Comunidad de Madrid.

La creación, modificación y supresión de ficheros es una competencia incardinable en las funciones de gobierno, dirección y administración que conforme con el artículo 18 de Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid, y a los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, compete a la Junta de Gobierno.

Por todo ello, vista la normativa aplicable, y tras informe favorable, de 16 de febrero de 2011, del director de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid al proyecto de acuerdo aprobado por la Junta de Gobierno el 5 de octubre de 2010, la Junta de Gobierno en uso de sus facultades

ACUERDA

Primero. Creación de fichero.—1 Se crea el fichero mixto (en soporte papel y automatizado), de datos de carácter personal para el ejercicio de funciones públicas denominado “Atención al Ciudadano”.

2. Se adjunta como anexo I, el que genera la aplicación de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid, con las indicaciones requeridas por el artículo 6 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de la Comunidad de Madrid.

Segundo. Modificación de ficheros de datos de carácter personal.—1 Se acuerda la modificación de los ficheros de datos de carácter personal siguientes:

— “Expedientes Deontológicos”; número de registro APDCM:2050620011.

— “Base de Datos de Colegiados”, número de registro APDCM:2050620012.

— “Sociedades Profesionales”, número de registro APDCM: 208086001.

2. Se adjunta como anexo II, la relación de modificaciones que genera la aplicación de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Tercero. Medidas de seguridad.—El fichero creado y los ficheros modificados cumplirán las medidas de seguridad establecidas, según su nivel declarado, en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como, en su caso, se adaptarán a las medidas que pudieran establecer sucesivas normas aplicables protectoras de datos de carácter personal.

Cuarto. Supresión del fichero “Comunicación de Ejercicio Profesional”.—Con motivo de la entrada en vigor de la Ley 25/2009 y de la reforma del artículo 3.3 de la Ley de Colegios se suprime el fichero creado por acuerdo de la Junta de Gobierno de 11 de enero de 2008 denominado “Comunicación de Ejercicio Profesional” y con número de registro APDCM: 2050620014. Se procederá al bloqueo de los datos contenidos en el fichero, conservándose únicamente a disposición de las Administraciones Públicas, jueces y Tribunales, para la atención de las posibles responsabilidades nacidas del tratamiento de los datos de carácter personal contenidos en el fichero, durante el plazo de prescripción de éstas. Cumplido el citado plazo deberá procederse según establece la Ley 4/1993, de la Comunidad de Madrid, de Archivos y Patrimonio Documental de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de abril de 1993).

Quinto. Publicación.—De conformidad con lo previsto en el artículo 12 del Decreto 99/2002, de 13 de junio, de la Comunidad de Madrid, concluido el procedimiento de elaboración del proyecto de disposición de carácter general, este acuerdo se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Sexto. Entrada en vigor.—El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

ANEXO I

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: ATENCIÓN AL CIUDADANO.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero): ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

Nombre y descripción del fichero: ATENCIÓN AL CIUDADANO.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: mixto.

Medidas de seguridad: medidas de nivel básico

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección, teléfono.

— Otros tipos de datos: motivo de la queja, documentación adjunta.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN DE LA FUNCIÓN DE ATENCIÓN A LOS CIUDADANOS, CLIENTES Y USUARIOS, ESTABLECIDA EN ARTÍCULO 12 DE LA LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: CIUDADANOS Y RESIDENTES. ASOCIADOS O MIEMBROS.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— No se prevén cesiones.

ANEXO II

MODIFICACIÓN DE FICHEROS

Fichero: 2050620012 BASE DE DATOS DE COLEGIADOS.

Nombre y descripción del fichero: BASE DE DATOS DE COLEGIADOS.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN FUNCIONES DERIVADAS COLEGIACIÓN OBLIGATORIA; GESTIÓN RELACIONES DEL LETRADO CON EL ICAM; ELABORACIÓN LISTA DE COLEGIADOS; INFORMAR POR VENTANILLA ÚNICA DATOS COLEGIADOS (ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES).

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: SOLICITANTES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal.

Fichero: 2050620011 EXPEDIENTES DEONTOLÓGICOS.

Nombre y descripción del fichero: EXPEDIENTES DEONTOLÓGICOS.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: GESTIÓN DE FUNCIONES CONTROL DEONTOLÓGICO; APLICACIÓN DEL RÉGIMEN DISCIPLINARIO E INHABILITACIONES PENALES. TRAMITACIÓN EXPEDIENTES; INFORMAR SOBRE SANCIONES FIRMES IMPUESTAS A COLEGIADOS (ARTÍCULO 5.U DE LA LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES).

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— INTERESADOS LEGÍTIMOS.

— OTROS ÓRGANOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA.

— OTROS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.

Fichero: 2080860001 REGISTRO SOCIEDADES PROFESIONALES.

Nombre y descripción del fichero: REGISTRO SOCIEDADES PROFESIONALES.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: REGISTRO DE SOCIEDADES PROFESIONALES PREVISTO EN LA LEY 2/2007, DE 15/3, DE SOCIEDADES PROFESIONALES; PROPORCIONAR INFORMACIÓN RESPECTO A LAS SOCIEDADES PROFESIONALES, SOCIOS Y ADMINISTRADORES (ARTÍCULO 10 DE LA LEY DE COLEGIOS PROFESIONALES).

ANEXO III

SUPRESIÓN DE FICHEROS

Fichero: 2050620014 COMUNICACIÓN EJERCICIO PROFESIONAL.

Motivo de la supresión: ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 25/2009 Y DE LA REFORMA DEL ARTÍCULO 3.3 DE LA LEY DE COLEGIOS.

Destino de la supresión: SE PROCEDERÁ AL BLOQUEO DE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL FICHERO, CONSERVÁNDOSE ÚNICAMENTE A DISPOSICIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUECES Y TRIBUNALES, PARA LA ATENCIÓN DE LAS POSIBLES RESPONSABILIDADES”.

Lo que le comunico para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, a 2 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/10.614/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 5.30.1: V. OTROS ANUNCIOS

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