Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110404-275

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE PAMPLONA NÚMERO 3

EDICTO

CÉDULA DE CITACIÓN

275
Ejecución 172 de 2010

En la ejecución número 172 de 2010, seguida a instancias de don Luis Carlos Riofrío Rivas, frente a “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, y “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”, se ha señalado comparecencia sobre incidente de no readmisión para el día 3 de mayo de 2011, a las doce horas, en la Sala de vistas número 5 (planta primera), en el Palacio de Justicia, calle San Roque, número 4, primera planta. Por el presente se cita a dicho acto a “PSP Construcciones Públicas, Sociedad Limitada”, y “Construcciones y Conservaciones PSP, Sociedad Limitada”, al objeto de decidir sobre la extinción de las relaciones laborales al amparo de lo dispuesto en el artículo 284 de la Ley de Procedimiento Laboral, debiendo comparecer con las pruebas de que intenten valerse y que puedan practicarse en el momento, previa la declaración de su pertinencia, apercibiéndoles de que si no comparecen se celebrará el acto sin su presencia.

Se requiere expresamente a las partes a que comparezcan con los medios necesarios para acreditar la imposibilidad de readmitir al trabajador por cese o cierre de las empresas obligadas.

Asimismo, se le advierte que debe concurrir con las pruebas de que intenten valerse y practicarse en el acto, incluso por sí o mediante representante con poder bastante y conocimiento directo de los hechos, para contestar al interrogatorio que pueda formularse por la contraparte o de oficio bajo apercibimiento de tenerse por acreditados los hechos que le perjudiquen.

Pamplona, a 11 de marzo de 2011.—La secretaria judicial, Lourdes García Ruiz.

(03/11.182/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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