Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110405-229

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

229
Demanda 860 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 860 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Luisa Alonso García, contra la empresa “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 564 de 2010

En Madrid, a 29 de octubre de 2010.—Doña María Romero-Valdespino Jiménez, magistrada-juez sustituta del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una y como demandante, doña María Luisa Alonso García, que comparece asistida del letrado don Mario Jiménez Fernández, y de otra, como demandada, “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, en nombre del Rey, ha dictado la siguiente sentencia:

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña María Luisa Alonso García, frente a “Flow Express, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 3.236,67 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Sin hacer pronunciamiento alguno respecto al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad legal subsidiaria en caso de insolvencia de la empresa.

Auto

En Madrid, a 16 de noviembre de 2010.

Fallo

Estimando la demanda formulada por doña María Luisa Alonso García, frente a “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.545,21 euros, más el 10 por 100 de interés por mora. Asimismo debo condenarla a abonar a la actora la cantidad de 2.781,23 euros en concepto del 60 por 100 de indemnización por despido objetivo.

Auto

En Madrid, a 15 de diciembre de 2010.

Dispongo: Examinado de hecho el auto de aclaración de fecha 16 de noviembre de 2010 se aprecia la necesidad de aclararlo en el sentido que a continuación se dice:

Primero.—La actora doña María Luisa Alonso García venía presentando servicios en la empresa demandada con las siguientes condiciones laborales:

Antigüedad: 6 de mayo de 2002.

Categoría profesional: limpiadora.

Salario mensual con prorrateo de pagas extras: 920,80 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Cine Arte Siglo XXI, UTE”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de marzo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.908/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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