Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
05-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110405-194

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 17

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Demanda 556 de 2010

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 556 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Isabel Urango Iglesias, doña Carmen García Losas, doña Gregoria Miranda Sierra, doña Raquel Rodríguez Alba, doña Gloria González García, doña María Rosa Baldajos González, doña Alicia Martos Obispo, doña Esther Gómez Fernández y don Alberto Cabanas Vianas, contra las empresas “Servicios Garriler, Sociedad Limitada”, y “Quidelsa Composturas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Debo declarar y declaro con esta fecha extinguida la relación laboral existente entre doña Ana Isabel Urango Iglesias, doña Carmen García Losas, doña Gregoria Miranda Sierra, doña Raquel Rodríguez Alba, doña Gloria González García, doña María Rosa Baldajos González, doña Alicia Martos Obispo, doña Esther Gómez Fernández y don Alberto Cabanas Vianas, “Servicios Garriler, Sociedad Limitada”, y “Quidelsa Composturas, Sociedad Limitada”, condenando a dichas empresas demandadas a que abonen a la parte actora la cantidad de:

A doña Isabel Urango Iglesias, 28.487,81 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 11.937,81 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A doña Carmen García Losas, 23.766,98 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 14.933,04 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A doña Gregoria Miranda Sierra, 20.051,44 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 14.258,80 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A doña Raquel Rodríguez Alba, 27.511,09 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 13.587,33 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A doña Gloria González García, 31.326,75 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 9.989,20 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A doña María Rosa Baldajos González, 28.487,81 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 14.933,04 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A doña Alicia Martos Obispo, 27.999,45 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 14.933,04 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A doña Esther Gómez Fernández, 15.699,19 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 12.393,55 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

A don Alberto Cabanas Vianas, 34.688,10 euros en concepto de indemnización por los perjuicios causados por la resolución de su contrato de trabajo, más otra cantidad complementaria de 18.500,32 euros equivalente a los salarios de tramitación, que median desde la fecha del despido hasta la fecha de la extinción descontando los períodos trabajados en la nueva empresa de la nueva colocación.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Servicios Garriler, Sociedad Limitada”, y “Quidelsa Composturas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 24 de febrero de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.915/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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