Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 81

Fecha del Boletín 
06-04-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110406-25

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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ORDEN 1060/2011, de 17 de marzo, por la que se anula la Orden 2992/2010, de 14 de septiembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se convocan para el año 2011 subvenciones a las Entidades Locales para el establecimiento y la actualización de los planes de conservación de arbolado urbano y del inventario de arbolado urbano, exigido en la Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, conforme a la Orden 3382/2007, de 31 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, modificada por la Orden 15/2008, de 18 de julio, de Bases Reguladoras.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Con fecha 14 de septiembre de 2010 se aprueba la Orden 2992/10, por la que se convocan para el año 2011 subvenciones a las Entidades Locales para el establecimiento y la actualización de los planes de conservación de arbolado urbano y del inventario de arbolado urbano, exigido en la Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, conforme a la Orden 3382/2007, de 31 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, modificada por la Orden 15/2008, de 18 de julio, de Bases Reguladoras.

La eficacia de la Orden 2992/2010 estaba condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su finalidad. En los subconceptos del Programa presupuestario 601 “Medio Ambiente” previstos para financiar esta convocatoria existen compromisos de gasto correspondientes al ejercicio 2010 pendientes del reconocimiento de obligaciones. En la medida que deben ser atendidos los compromisos adquiridos durante el ejercicio 2010, la ausencia de crédito adecuado y suficiente imposibilita dar cumplimiento en las condiciones prefijadas en la norma de regulación a la subvención indicada, de tal suerte que a través de la presente Orden se persigue el objetivo de anular la convocatoria para el 2011.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Subvenciones en todo aquello que constituya legislación básica; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995,

DISPONGO

Artículo 1

Anular la Orden 2992/10, de 14 de septiembre, por la que se convocan para el año 2011 subvenciones a las Entidades Locales para el establecimiento y la actualización de los planes de conservación de arbolado urbano y del inventario de arbolado urbano, exigido en la Ley 8/2005, de Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad de Madrid, conforme a la Orden 3382/2007, de 31 de diciembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, modificada por la Orden 15/2008, de 18 de julio, de Bases Reguladoras.

Segundo

Efectos de la Orden

La presente Orden surtirá efectos el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Tercero

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computados ambos plazos desde el día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de marzo de 2011.—La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio (Orden 1000/2010, de 9 de abril), El Director General del Medio Ambiente, Federico Ramos de Armas.

(03/12.185/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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