Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
08-04-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110408-172

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42

EDICTO

172
Juicio de faltas 763 de 2010

Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 673 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Madrid, a 30 de noviembre de 2010.—Vistos por mí, don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 763 de 2010, sobre hurto, en virtud de denuncia, en los que han sido partes: el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, don Álvaro Peña Domínguez; como perjudicado, establecimiento “Mercadona”, y como denunciado, don Roberto Torrejón Sierra, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia.

Fallo

Que debo condenar y condeno a don Roberto Torrejón Sierra, como autor responsable de una falta intentada de hurto, a la pena de un mes, con cuotas diarias de 5 euros, y pago de costas, si procediese su devengo, por conceptos necesarios.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. Ha dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 976, 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Roberto Torrejón Sierra expido la presente en Madrid, a 16 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/11.405/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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