Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2011

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110409-29

Páginas: 7


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA

OFERTAS DE EMPLEO

29
Bases concurso-oposición para cubrir una plaza inspector servicios e instalaciones municipales

Mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha de 23 de marzo de 2011 se han aprobado las bases especificas que han de regir el proceso selectivo, por concurso-oposición, turno libre, para cubrir una plaza de inspector de servicios e instalaciones municipales, obras y actividades, de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de San Martín de la Vega, de la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, grupo C1, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2011 y que a continuación se transcribe íntegramente:

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE REGIRÁ EL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA CUBRIR UNA PLAZA DE INSPECTOR DE SERVICIOS E INSTALACIONES MUNICIPALES, OBRAS Y ACTIVIDADES, FUNCIONARIO DE CARRERA DEL AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA, POR TURNO LIBRE (O.E.P. 2011)

Primera. Normas generales

1.1. Las presentes bases específicas regulan el proceso selectivo para cubrir una plaza de inspector de servicios e instalaciones municipales, obras y actividades, de la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales, grupo C1, incluida en la Oferta de Empleo Público del año 2011, por turno libre.

1.2. El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.

1.3. El presente proceso selectivo ser regirá, además de por lo dispuesto en las presentes bases específicas, por las bases generales aprobadas por decreto de la Alcaldía de fecha 1 de septiembre de 2004 (publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 227, de fecha 23 de septiembre de 2004, y número 242, de fecha 11 de octubre de 2004), por la normativa a la que se remite el artículo 1.3 de las citadas bases, por la Ley 7/2007, de 12 de abril, y por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público.

Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deben reunir, además de los requisitos generales establecidos en la base 2.1 de las generales, y en los artículos 56 y 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, los siguientes:

— Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

— Estar en posesión del titulo de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

— Carné o permiso de conducción de la clase B.

— No tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público el día de la toma de posesión. Una vez nombrado funcionario no podrá ejercer otras actividades que sean incompatibles con el ejercicio de cargo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y demás normativa sobre incompatibilidades de los funcionarios.

Los aspirantes deberán reunir todos los requisitos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

Tercera. Sistema selectivo

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases: concurso y oposición.

3.1. Fase de concurso:

3.1.1. Solo se valorarán los méritos de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, salvo que el opositor lo solicite previamente por escrito.

3.1.2. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

3.1.3. Serán méritos puntuables:

a) Experiencia profesional.

b) Formación.

3.1.4. Acreditación de méritos.

Los servicios prestados en las Administraciones Públicas se acreditarán mediante certificación del funcionario u órgano competente. En ambos casos, en la certificación deberán constar con claridad los siguientes aspectos:

a) Denominación de la Administración Pública en la que el aspirante ha prestado los servicios alegados.

b) Denominación de la plaza y del puesto en el que el aspirante ha prestado dichos servicios y naturaleza funcionarial o laboral de aquella.

c) Tiempo de servicios efectivos prestados en la citada plaza por el aspirante con el carácter de funcionario de carrera o de personal laboral fijo.

d) Titulación académica exigida en las pruebas de acceso a la plaza.

En el supuesto de que se aleguen servicios prestados en Ayuntamientos con población superior a 15.000 habitantes, los aspirantes deberán aportar certificación expedida por el funcionario competente en la que conste la población de derecho del municipio a 1 de enero de 2010, según los datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística.

La presentación de certificaciones en las que no se recojan adecuadamente o con la debida claridad los datos antes detallados determinará la no valoración por el tribunal de los servicios prestados y alegados.

Los cursos se acreditarán mediante la presentación del correspondiente diploma o título debidamente compulsado.

No se valorarán las titulaciones académicas exigidas por la normativa vigente para el acceso al grupo de titulación ni los cursos encaminados a la obtención de la misma.

3.1.5. Los aspirantes alegarán en la instancia sus méritos, debiendo adjuntar a la misma los documentos acreditativos, debidamente compulsados.

3.1.6. La valoración de los méritos alegados por los aspirantes se realizará de la siguiente forma:

No serán valorables los méritos que hayan sido presentados fuera del plazo concedido para la presentación de instancias, especialmente no serán valorados los méritos presentados durante el plazo de subsanación de solicitudes.

A) Experiencia profesional: hasta un máximo de 9 puntos.

Por la prestación de servicios en Administraciones Públicas como funcionario de carrera o de personal laboral fijo, en plazas con la categoría de inspector de servicios y de obras, o con la categoría de oficial de albañilería, electricidad, fontanería u otras ramas de la construcción, siempre que para el acceso a las mismas se haya exigido la titulación de Bachiller o Formación Profesional de segundo grado, o equivalente, en:

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B) Formación: hasta un máximo de 1 punto.

Por la realización de cursos directamente relacionados con los cometidos del puesto y en materia de prevención de riesgos laborales:

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3.2. Fase de oposición:

3.2.1. El programa que ha de regir esta oposición es el que figura como anexo I de la presente convocatoria.

3.2.2. La oposición estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, siendo todos y cada uno de ellos eliminatorios:

Primer ejercicio.—Consistirá en contestar un cuestionario de 50 preguntas tipo test con respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta. Las preguntas estarán relacionadas con los temas del programa del anexo I y el tiempo para su realización será de sesenta minutos.

Calificación del ejercicio: el test se puntuará a razón de 0,20 puntos por cada respuesta correcta, siendo necesaria una puntuación de 5 puntos para superar el ejercicio.

Segundo ejercicio.—Consistirá en la elaboración por escrito de un informe sobre un tema propuesto por el tribunal en relación con la organización y funcionamiento de un servicio público municipal, relacionado con los temas del grupo II del programa del anexo I y las funciones de la plaza convocada. El tiempo para la realización del ejercicio será el fijado por el tribunal con un máximo de dos horas.

Calificación del ejercicio: el ejercicio en su totalidad se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superarlo.

Tercer ejercicio.—Consistirá en realizar por escrito uno o varios supuestos prácticos relacionados, aunque no coincidentes, con la materia de los temas del programa del anexo I y las funciones de la plaza convocada, que serán determinados por el tribunal. El tiempo para la realización del ejercicio será el fijado por el tribunal con un máximo de dos horas.

Calificación del ejercicio: el ejercicio en su totalidad se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superarlo. En el caso de que se desarrollen dos o más pruebas, cada uno de ellas se valorará con una puntuación máxima resultante de dividir el total de 10 puntos del ejercicio entre el número de pruebas desarrolladas.

3.2.3. La calificación final de la fase oposición será la suma de las calificaciones obtenidas en los distintos ejercicios.

3.2.4. El orden de actuación de los aspirantes en aquellos ejercicios que no puedan realizarse conjuntamente se iniciará alfabéticamente, dando comienzo por el aspirante cuyo primer apellido empieza por la letra “U”, de conformidad con la Resolución de 24 de enero de 2011, “Boletín Oficial del Estado” número 23, de 27 de enero de 2011.

3.3. Puntuación total:

La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso y la puntuación final de la fase oposición.

Cuarta. Solicitudes

4.1. La solicitud para tomar parte en las presentes pruebas selectivas se ajustará al modelo que figura como anexo III a la presente convocatoria.

4.2. Los derechos de examen serán de 20 euros y se ingresarán de la forma establecida en la base 3.3 de las generales, mediante ingreso en la cuenta que el Ayuntamiento de San Martín de la Vega tiene abierta en la entidad “Caja Madrid” con número de cuenta: 2038-22-18-13-6000004539. En el ingreso se debe especificar: “Abono derecho de examen concurso-oposición de inspector de servicios e instalaciones municipales, obras y actividades”, junto con el nombre y apellido del opositor.

Quinta. Tribunal de selección

El tribunal calificador de las pruebas selectivas tendrá la composición que se indica en el anexo II de las presentes bases específicas y será designado por la Alcaldía.

El tribunal, por medio de su presidente, podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas, con los cometidos que se estimen pertinentes. Dichos asesores colaborarán con el tribunal exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

ANEXO I

PROGRAMA DE TEMAS

Grupo I. Materias comunes

1. La Constitución española de 1978: significado, estructura y contenido. Principios generales.

2. La Administración Local. Principios constitucionales y regulación jurídica.

3. El municipio: concepto y elementos. Competencias. El término municipal.

4. La población. El empadronamiento. El censo electoral.

5. La organización municipal. Órganos de gobierno de las Entidades Locales. El alcalde: elección y atribuciones. El Pleno: régimen de sesiones y atribuciones.

6. La organización municipal. La Junta de Gobierno Local: composición, régimen de sesiones y atribuciones. Lo órganos complementarios.

7. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación. Bandos.

8. Los bienes de las Entidades Locales. Concepto y clases. El dominio público. Los bienes patrimoniales. Los bienes comunales.

Grupo II. Materias específicas 1

9. Seguridad e higiene en el trabajo. Equipos de protección individual y colectiva. Seguridad en trabajos en vía pública. Señalización.

10. La ordenanza municipal sobre civismo, reguladora del uso y la limpieza de la vía pública y la protección del paisaje urbano del Ayuntamiento de San Martín de la Vega.

11. Edificios e instalaciones municipales: mantenimiento de instalaciones eléctricas en los edificios públicos. Instalaciones fotovoltaicas. Organización del servicio en San Martín de la Vega. Control e inspección

12. Edificios e instalaciones municipales: mantenimiento de sistemas de calefacción y climatización en los edificios públicos. Instalaciones de protección contra incendios. Organización del servicio en San Martín de la Vega. Control e inspección.

13. Edificios e instalaciones municipales: mantenimiento de edificios e instalaciones municipales: cubiertas, solados, falsos techos, carpintería y fontanería.

14. El servicio de recogida de residuos sólidos urbanos: prerrecogida y recogida. Organización de las rutas de recogida. Tipo de contenedores y su mantenimiento.

15. El servicio de recogida de residuos sólidos urbanos: recogida selectiva. Fracción de envases. Fracción de vidrio. Fracción de papel-cartón. Residuos y enseres especiales.

16. El servicio de recogida de residuos sólidos urbanos: transporte y tratamiento. Puntos limpios.

17. El servicio de recogida de residuos sólidos urbanos: organización del servicio en San Martín de la Vega. Ordenanza municipal reguladora del servicio. Control e inspección.

18. El servicio de limpieza viaria: sistemas de limpieza. Barrido manual y mecánico. Baldeo. Organización del servicio en San Martín de la Vega: plan básico y plan complementario. Control e inspección.

19. El servicio de conservación de zonas verdes: sistemas de riego. Mantenimiento de césped, setos y arbustos. Mantenimiento de arbolado: poda. Tratamiento fitosanitarios. Organización del servicio en San Martín de la Vega. Control e inspección.

20. El servicio de conservación y mantenimiento de zonas infantiles: normas de seguridad. Criterios de mantenimiento. Organización del servicio en San Martín de la Vega. Control e inspección.

21. El servicio de conservación y mantenimiento del mobiliario urbano: organización del servicio en San Martín de la Vega. Control e inspección.

22. Fuentes públicas ornamentales: instalación y mantenimiento. Componentes.

23. El servicio de mantenimiento de vías publicas: hormigones, morteros, zanjas, relle­nos, excavaciones y compactaciones. Entibaciones y apuntalamientos. Firmes en viales. Cimentaciones, estructuras forjadas. Ejecución.

24. El servicio de mantenimiento de vías públicas: solados en vías públicas. Bordillos, características. Superficie de rodadura. Tipos de asfalto. Usos. Señalización en vías públicas. Instalaciones semafóricas. Señalización informativa. Accesibilidad.

25. El servicio de saneamiento: redes de saneamiento. Materiales, tubos y registros. Sistemas de evacuación de aguas fecales y desagües en edificios públicos. Sistemas de evacuación de aguas pluviales en edificios públicos. Sistemas de evacuación de aguas en vías públicas.

26. El servicio de distribución de agua potable: redes de distribución de aguas potable en edificios públicos y vías urbanas. Materiales, elementos a emplear, grupos de presión.

27. El servicio de alumbrado público: el alumbrado público en vías urbanas de San Martín de la Vega: tipo de instalaciones. Cuadros.

28. El servicio de alumbrado público: trabajos de conservación. Organización del servicio en San Martín de la Vega: accionamiento, control energético. Inspecciones a realizar. Mediciones. Ejecución de instalaciones temporales. Control e inspección.

29. El mercadillo municipal: ordenanza reguladora de la venta ambulante en San Martín de la Vega.

Grupo III. Materias específicas 2

30. La legislación urbanística en la Comunidad de Madrid; antecedentes y régimen actual: la Ley 9/2001, de 18 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Características generales.

31. Normas Subsidiarias de Planeamiento de San Martín de la Vega. Memoria. Normas Urbanísticas, Catálogo de Edificaciones Protegidas e Inventario de Instalaciones en Suelo No Urbanizable.

32. Intervención municipal en actos de uso del suelo, construcción y edificación y uso del suelo. Actos sujetos. Las licencias urbanísticas: competencias y tramitación. Actos promovidos por las Administraciones Públicas.

33. El deber de conservación de terrenos, construcciones y edificios. Inspección periódica de edificios y construcciones. Órdenes de ejecución. El estado de ruina y sus clases.

34. La limpieza y vallado de solares. Ordenanza reguladora de San Martín de la Vega.

35. Disciplina urbanística según la Ley 9/2001, de 18 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. Inspección urbanística: funciones de inspección, servicios de inspección. Visitas y actas de inspección.

36. Protección de la legalidad urbanística. Medidas de protección sobre obras, construcciones y usos sin licencia u orden de ejecución. Medidas de protección sobre obras, construcciones y usos con licencia u orden de ejecución.

37. Infracciones urbanísticas en la Comunidad de Madrid. Concepto y clases. Personas responsables. Sanciones.

38. Infracciones urbanísticas en la Comunidad de Madrid. Régimen específico. Competencia y procedimiento.

39. Las licencias de instalación y funcionamiento. Tramitación: ordenanza del Ayuntamiento de San Martín de la Vega.

40. La Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad de Madrid.

ANEXO II

TRIBUNAL

(Titulares)

Presidente: un funcionario del grupo C1 o superior del Ayuntamiento de San Martín de la Vega.

Secretario: funcionario perteneciente a la Corporación, que actuará con voz pero sin voto.

Vocales: cuatro funcionarios del grupo C1 o superior que presten sus servicios en el Ayuntamiento de San Martín de la Vega o en cualquier otra Administración Pública.

Por cada miembro del tribunal deberá designarse un suplente.

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San Martín de la Vega, a 15 de marzo de 2011.—La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.

(02/3.165/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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