Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 85

Fecha del Boletín 
11-04-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110411-210

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

210
Demanda 927 de 2010

Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 927 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Meriem Oulad Aarab, contra la empresa “Frutas Alegría, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente sentencia de fecha 10 de marzo de 2011.

En Madrid, a 10 de marzo de 2011.—La ilustrísima señora doña Elena Burgos Herrera, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 1 de Elche, en nombre del Rey ha dictado la siguiente

Sentencia número 107 de 2011

En los autos de juicio verbal en reclamación de cantidad, seguidos entre las partes: de la una, y como demandante, doña Meriem Oulad Aarab, con número de identificación de extranjería X-3353801-X, defendida por la letrada doña María Belén Serrano Lorenzo, y de la otra, como demandados, “Frutas Alegría, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, representado y defendido por la letrada doña María Santas Ara Callizo.

Fallo

Que estimando la demanda formulada por doña Meriem Oulad Aarab, contra “Frutas Alegría, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a que abone a la actora la cantidad de 2.662,25 euros por los conceptos y el desglose que figura en el relato fáctico, más 446,84 euros, y con estimación de la excepción opuesta por el Fondo de Garantía Salarial, se declara prescrita la deuda relativa al mes de abril de 2009 (828,50 euros) respecto del citado organismo y se desestiman las restantes pretensiones de la demanda.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Frutas Alegría, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/10.969/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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