Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2011

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110415-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

187
Ejecución 128 de 2010

Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 128 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jhon Fredy Hernández Castaño, contra la empresa “Peca Tapa, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Diligencia.—En Madrid, a 15 de marzo de 2011.

La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que en fecha 31 de enero de 2011 ha tenido entrada el anterior despacho procedente de la Oficina de Averiguación Patrimonial dependiente de la Delegación del Decanato de esta sede, que se procede a unir a los autos de su razón.—Doy fe.

Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos.—En Madrid, a 15 de marzo de 2011.

Visto el contenido de la diligencia que antecede y a la vista del despacho remitido por la Oficina de Averiguación Patrimonial dependiente de la Delegación de Decanato de esta sede judicial, líbrense las oportunas comunicaciones a las entidades “Banco de Santander, Sociedad Anónima”, “Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid”, “Banesto, Sociedad Anónima”, y “La Caixa” a fin de que procedan a la retención y transferencia de los saldos resultantes hasta el límite de la cantidad objeto de apremio, y advirtiéndoles de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes realicen cualquier acto de disposición patrimonial o generador de obligaciones que dilate, dificulte o impida la eficacia de un embargo (artículo 257.1.2 del Código Penal) e indicándoseles que deben contestar al requerimiento en el plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde su notificación, bajo los apercibimientos derivados de lo establecido en los artículos 75 y 238.3 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Peca Tapa, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de marzo de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/11.683/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.30: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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