Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2011

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110418-31

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE EMPLEO, MUJER E INMIGRACIÓN

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Notificaciones de requerimiento de subsanación RA 855/10 y RA 55/11.

Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones en los domicilios de los destinatarios de los requerimientos correspondientes a los recursos de alzada que se relacionan a continuación, por los que se solicitaba la subsanación de la falta de acreditación de la representación para entablar recursos, se procede a su publicación a los efectos previstos en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A tal efecto, podrá personarse en el plazo de diez días hábiles en el Área de Recursos de la Consejería de Empleo, Mujer e Inmigración, sito en la calle Santa Hortensia, número 30, primera planta, de lunes a viernes y de nueve a catorce horas.

— Don Pablo Borox Sánchez, en nombre y representación de “Kanak Worker Search, Sociedad Limitada”, expediente número 2148/09, recurso de alzada número 55/11, interpuesto contra la Resolución de 18 de noviembre de 2009, de la Dirección General de Trabajo.

— Don Carlos Sanz Ventosa, en nombre y representación de “Hiper Reformas Madrileñas, Sociedad Limitada”, expediente número 5166/09, recurso de alzada número 877/10, interpuesto contra la Resolución de 12 de abril de 2010, de la Dirección General de Trabajo.

Lo que se notifica indicando que, de no proceder a la subsanación requerida, se le tendrá por desistido en su petición, previa resolución que será dictada en los términos del artículo 42 de la reiterada Ley procedimental.

Madrid, a 30 de marzo de 2011.—El Técnico de Apoyo, José Mario Álvarez Martín.

(03/13.527/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.140.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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