Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110419-186

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

186
Demanda 1.639 de 2010

Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.639 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Dan Robert Dod, contra doña Loreto Casado Bartolomé, “Dragados, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo

Estimando en parte la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por don Dan Robert Dod, contra doña Loreto Casado Bartolomé, “Dragados, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del actor y, asimismo, declaro la extinción de la relación laboral con efectos de fecha 18 de marzo de 2011, condenando a la empresa empleadora demandada a abonar al actor la suma de 930,36 euros como indemnización y los salarios dejados de percibir desde el 12 de noviembre de 2010 hasta el 18 de marzo de 2011, a razón de 24,81 euros diarios, descontando, en su caso, lo percibido en otro empleo, durante ese lapso, o en los períodos de incapacidad temporal si los hubiere.

Se tiene por desistido al actor respecto a “Dragados, Sociedad Anónima”.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Loreto Casado Bartolomé, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.268/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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