Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 92

Fecha del Boletín 
19-04-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110419-117

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 49

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

117
Procedimiento ordinario 1.331 de 2008-EM

En el procedimiento ordinario número 1.331 de 2008-EM, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Sentencia número 277 de 2010

En Madrid, 18 de noviembre de 2010.—Vistos por mí, doña Amelia Reillo Álvarez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 49 de Madrid, los autos correspondientes al juicio ordinario, que fueron registrados bajo el número 1.331 de 2008, instados por “Teceplac Aislamientos, Sociedad Limitada”, representada por el procurador don Ángel Martín Gutiérrez y asistida por el letrado don Francisco José Mendoza Pérez, contra “Montajes Plamater, Sociedad Limitada”, y atendiendo al siguiente

Fallo

Estimo la demanda interpuesta por don Ángel Martín Gutiérrez, en nombre y representación de “Teceplac Aislamientos, Sociedad Limitada”, contra “Montajes Plamater, Sociedad Limitada”, y en su virtud debo condenar y condeno a la demandada “Montajes Plamater, Sociedad Limitada”, a que abone a la parte actora la cantidad de 165.941,59 euros, más intereses legales y costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación, en su caso, se interpondrá ante este tribunal en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente al de su notificación a las partes y se sustanciará ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.

Conforme a lo establecido en la Instrucción 8/09, dictada al amparo de la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se advierte a las partes la necesidad de constituir depósito conforme al punto 3 de la citada Ley Orgánica y con la advertencia del punto 7 de la misma.

Llévese el original de la presente resolución al libro de sentencias y autos definitivos de este Juzgado, dejando testimonio literal del mismo en las actuaciones.

Una vez que sea firme esta resolución y se haya ejecutado lo en ella acordado, procédase al archivo de las presentes actuaciones, previas las anotaciones correspondientes en los libros de este Juzgado.

Publicación

Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Madrid.

Y como consecuencia del ignorado paradero de “Montajes Plamater, Sociedad Limitada”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 14 de marzo de 2011.—El secretario (firmado).

(03/2.956/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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