Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
26-04-2011

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110426-103

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL PARDILLO

RÉGIMEN ECONÓMICO

103
Precios públicos mantenimiento red viaria

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo, en sesión celebrada el día 7 de abril de 2011, adoptó acuerdo de aprobación de precios públicos, procediéndose a la publicación de los mismos conforme a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los siguientes términos:

Primero.—El objeto del presente acuerdo es la aprobación de determinados precios públicos que no estaban previstos en el acuerdo adoptado con fecha 17 de marzo de 2011 por la prestación de los servicios de mantenimiento, conservación, reforma y reparación de la red viaria, sus pavimentos e infraestructuras del municipio de Villanueva del Pardillo derivados de la realización de obras de cualquier tipo de actividad en el término municipal.

Segundo.—Estarán obligados al pago quienes soliciten la prestación de los servicios descritos.

Tercero.—El importe de los precios públicos por la realización de las de los trabajos descritos se fija en las cuantías siguientes:

1. PC-01 UD. “Válvula antirretorno DN 300 mm”: 960,70 euros.

2. PC-02 UD. “Válvula antirretorno DN 250 mm”: 934,52 euros.

3. PC-03 UD. “Válvula antirretorno DN 200 mm”: 863,72 euros.

4. PC-04 H. “Camión mixto de limpieza de alcantarillado”: 101,48 euros.

De acuerdo con lo informado por los Servicios Técnicos Municipales y aprobado por la Junta de Gobierno Local el 17 de marzo de 2011.

Cuarto.—Los precios públicos se exigirán antes de realizarse la prestación conforme a las normas implantadas por los servicios técnicos.

Quinto.—Únicamente procederá la devolución del importe del precio público ya pagado por los obligados a satisfacerlo, cuando por causas imputables a la Administración no se realice la correspondiente prestación.

Sexto.—De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las deudas derivadas del establecimiento de los precios públicos podrá exigirse por el procedimiento de apremio.

Contra el acto arriba indicado, que agota la vía administrativa, según los artículos 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 52.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses contados desde la presente publicación en la forma establecida en la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, en los casos que proceda, recurso extraordinario de revisión. Pudiendo, no obstante, interponer con carácter previo y potestativo recurso de reposición en el plazo de un mes desde esta publicación ante el mismo órgano que dicta el acto en la forma y plazos establecidos en el artículo 14 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Villanueva del Pardillo, a 8 de abril de 2011.—El alcalde, PO, Juan González Miramón.

(03/13.719/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110426-103