Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
26-04-2011

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110426-114

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 10

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

114
Procedimiento ordinario 1.605 de 2008

En el procedimiento ordinario número 1.605 de 2008, sobre otras materias, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

Sentencia número 39 de 2011

En Madrid, a 23 de febrero de 2011.—Doña María Dolores Fernández Alcalde, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 10 de Madrid, habiendo visto los presentes autos de juicio ordinario número 1.605 de 2008, seguidos ante este Juzgado, entre las siguientes partes: como demandante, doña Raquel Díez Sánchez, con procurador don Joaquín Fanjul de Antonio y letrado don Fernando Muñoz Campos, y como demandada, “Vilgón, Sociedad Anónima” (sociedad liquidada), en situación procesal de rebeldía, sobre acción declarativa de dominio, ha dictado el siguiente

Fallo

Estimando la demanda formulada por el procurador don Joaquín Fanjul de Antonio, en nombre y representación de doña Raquel Díez Sánchez, contra “Vilgón, Sociedad Anónima” (sociedad liquidada), declaro el dominio de la demandante del siguiente inmueble:

Local comercial número 1 de la casa denominada A-2 o bloque 2 de la colonia Vilda, de Madrid, hoy calle Puentelarrá, número 33, situado en planta semisótano del edificio, ocupa una superficie aproximada de 33,50 metros cuadrados. Linda: frente por donde tiene su entrada, con terreno recayente a la fachada Este del edificio; derecha, entrando, con terreno recayente a la fachada principal o Norte del edificio y portal de entrada a la finca; izquierda, con el local comercial número 2 de la misma casa, y fondo, con portal de la finca, finca registral número 14.453 del Registro de la Propiedad número 20 de Madrid, con referencia catastral 8304106VK4780C0001ZO.

Firme que sea esta resolución, procédase a la cancelación de las inscripciones registrales contradictorias, librando los correspondientes mandamientos.

No procede condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, poniendo en su conocimiento que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial que se presentará mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de esta resolución previo depósito de 50 euros que deberá consignar en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado número 2438 de “Banesto”, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial, y que deberá acreditar la parte recurrente mediante la presentación del resguardo, haciendo saber que no se admitirá ningún recurso cuyo depósito no esté constituido.

Y como consecuencia del ignorado paradero de la demandada “Vilgón, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Madrid, a 10 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).

(02/3.471/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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