Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
27-04-2011

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110427-194

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

194
Ejecución 303 de 2010

Doña Eugenia López-Jacoiste Rico, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 303 de 2010, acumulada la ejecución número 31 de 2011, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santos Solio Castro Muñoz y don Gabino Cáceres Méndez, contra la empresa “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado las siguientes resoluciones:

Auto

Magistrado-juez de lo social, don Jorge Juan Guillén Olcina.—En Madrid, a 4 de marzo de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 418 de 2010, de fecha 22 de julio de 2010, favor de la parte ejecutante don Santos Solio Castro Muñoz, frente a la mercantil “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada” por importe de 10.081,50 euros en concepto de principal, más 604,89 euros en concepto de intereses y otros 1.008,15 euros en concepto de costas, estas últimas cantidades fijadas provisionalmente sin perjuicio de su ulterior liquidación.

Decreto

Secretaria judicial, doña Eugenia López-Jacoiste Rico.—En Madrid, a 4 de marzo de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Acumular a la presente ejecución número 303 de 2010, seguida a instancias de don Santos Solio Castro Muñoz, contra la mercantil ejecutada “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, la ejecución número 31 de 2011, seguida igualmente en este Juzgado a instancias de don Gabino Cáceres Méndez, contra la mercantil “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, ascendiendo el importe de las cantidades reclamadas a 11.084,09 euros en concepto de principal más 665,04 euros en concepto de intereses y 1.108,41 euros en concepto de costas, estas dos últimas cantidades calculadas provisionalmente sin perjuicio de su ulterior liquidación.

2. Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Llévese testimonio de la presente resolución a la ejecución número 31 de 2011, continuándose la tramitación en la ejecución número 303 de 2010.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ferrallas RSM, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 8 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/12.961/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110427-194