Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
27-04-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110427-126

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 2

EDICTO

126
Juicio de faltas 35 de 2010

Doña Carmen Martín García, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Navalcarnero

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 35 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia

En Navalcarnero, a 22 de marzo de 2010.—Vistos por don Francisco Javier Piñonosa Ros, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 2 de Navalcarnero y su partido, en juicio oral y público, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 35 de 2010, sobre falta de hurto del artículo 623.1, interviniendo como denunciante, la Guardia Civil de Arroyomolinos; como denunciado, don Cosme Bohari, y como perjudicado, el establecimiento “Décimas”. Asiste el ministerio fiscal en el ejercicio de la acción pública.

Fallo

Que declaro la libre absolución de don Cosme Bohari por los hechos que originaron esta causa, declarando de oficio las costas procesales.

Los efectos depositados a disposición judicial podrán ser libremente dispuestos por su legítimo propietario.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, mediante escrito ante este Juzgado, recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación y que, en su caso, será resuelto por la Audiencia Provincial.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Cosme Bohari, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 21 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/13.188/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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