Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 103

Fecha del Boletín 
03-05-2011

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110503-50

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 29

EDICTO

50
Juicio de faltas 490 de 2010

Doña María José Sanz Escorihuela, secretaria del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 490 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice: Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, procedimiento de juicio de faltas número 490 de 2010.

Sentencia número 383

En Madrid, a 18 de octubre de 2010.—El ilustrísimo señor don Pedro Antonio Domínguez Morales, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 29 de Madrid, ha visto los presentes autos de juicio de faltas número 490 de 2010 en los que han sido partes, el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciantes-denunciados, don Carlos Alberto López de la Hoz y doña Magdalena Ignasiak, y como denunciado­denunciante, don Jesús Ortega Cabeza; constando en los autos el resto de los datos de los hasta aquí mencionados, recayendo la presente resolución con base al siguiente

Fallo

Debo condenar y condeno a don Carlos Alberto López de la Hoz, como autor penalmente responsable de una falta de injurias ya definida, a la pena de multa de quince días a una cuota diaria de 3 euros lo que totaliza la cantidad de 45 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Y como autor penalmente responsable de una falta de lesiones, también definida, a la pena de ocho días de localización permanente.

Asimismo, le condeno al pago de las costas procesales, si las hubiere y a que indemnice a don Jesús Ortega Cabeza en las cantidades de 2.108,42 euros, 300 euros y 400 euros por los conceptos expresados.

Debe absolver y absuelvo libremente a doña Magdalena Ignasiak y a don Jesús Ortega Cabeza con todos los pronunciamientos favorables, de los hechos enjuiciados en las presentes actuaciones, declarando de oficio las costas procesales, si las hubiere.

Notifíquese la presente resolución a las partes, habiéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de apelación ante este Juzgado, para ante la Audiencia Provincial, en el término de cinco días siguientes al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Carlos Alberto López de la Hoz y a doña Magdalena Ignasiak, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 29 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/13.737/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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