Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
04-05-2011

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110504-127

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ARGANDA DEL REY NÚMERO 6

EDICTO

127
Procedimiento ordinario 206 de 2007

Doña Laura Garzón Vicente, secretaria judicial del Juzgado mixto número 6 de Arganda del Rey.

Hace saber: Que en el juicio de procedimiento ordinario número 206 de 2007 se ha dictado sentencia en fecha 21 de noviembre de 2008, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo la demanda presentada por el procurador señor Lozano Nuño, en representación de “Unión Financiera Asturiana, Sociedad Anónima”, y en consecuencia debo condenar a don Jesús Ramón Hernández Salvador al pago a la actora de 10.144,80 euros. Dicha cantidad devengará el interés pactado en la cláusula quinta del contrato y el procesal desde el dictado de la presente resolución, todo ello con expresa imposición de las costas causadas en este procedimiento al demandado.

Esta resolución no es firme y frente a ella cabe preparar, en el plazo de cinco días, recurso de apelación ante este Juzgado, del que conocerá, en su caso, la Audiencia Provincial de Madrid.

Así por esta sentencia, juzgando definitivamente en esta instancia, lo acuerdo, mando y firmo, la magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Arganda del Rey, Gladys López Manzanares.

Publicación

La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la magistrada-juez, que la suscribe en audiencia pública y en el día de la fecha.—Doy fe.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.1 y 2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia al demandado, en ignorado paradero.

En Arganda del Rey, a 30 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(02/3.637/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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