Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
04-05-2011

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110504-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2

EDICTO

122
Juicio de faltas 909 de 2010

Doña Laura Fuentes Lillo, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 909 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

En Alcalá de Henares, a 17 de febrero de 2011.—Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas seguidos con el número 909 de 2010, sobre estafa, entre doña Gloria Lucía Flórez Cárdenas (denunciante), legal representante de la gasolinera “Solred” (perjudicado) y don Jaime Campos Pavón (denunciado), con intervención del ministerio fiscal, resultando lo siguiente:

Que debo absolver y absuelvo a don Jaime Campos Pavón de los hechos por los que venía denunciado, declarando de oficio las costas de este juicio.

Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jaime Campos Pavón, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 29 de marzo de 2011.—La secretaria (firmado).

(03/15.528/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.90.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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