Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 109

Fecha del Boletín 
10-05-2011

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110510-9

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2010, de la Dirección General de Evaluación Ambiental, por la que se tiene a “El Olivo 4, Sociedad Limitada”, por desistida de la solicitud de subvención para la implantación de un sistema de gestión ambiental.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes:

Primero

Vista la solicitud presentada por la empresa “El Olivo 4, Sociedad Limitada”, para la concesión de una subvención en la convocatoria regulada por la Orden 1109/2009, de 21 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, reguladora de las bases de subvenciones a pymes para la implantación y mantenimiento voluntario de sistemas de gestión y auditoría medioambiental para el año 2009.

Segundo

De conformidad con la base sexta de la Orden 1109/2009, de 21 de abril, que establece que si del estudio del expediente se deduce la ausencia o insuficiencia de documentación, se requerirá al solicitante para que complete el expediente en el plazo de diez días hábiles, transcurrido el cual, y en caso de no aportar la documentación requerida, se le tendrá por desistido de su solicitud.

Tercero

Visto que fue requerida la entidad a fin de subsanar o completar el expediente, requerimiento que fue publicado en el tablón del Ayuntamiento, tras no poder ser entregado en la dirección facilitada con fecha 12 de marzo de 2010.

Cuarto

Visto que, trascurrido el plazo habilitado al efecto, no ha sido aportada por la entidad la documentación requerida,

RESUELVO

Tener por desistida la solicitud formulada por “El Olivo 4, Sociedad Limitada”, al no haber aportado en el plazo establecido para ello la documentación requerida en fecha 12 de marzo de 2010, a efectos de subsanación del expediente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 71.1 y 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de conformidad con lo dispuesto en la base sexta de la Orden 1109/2009, de 21 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, reguladora de las bases de subvenciones a pymes para la implantación y mantenimiento voluntario de sistemas de gestión y auditoría medioambiental para el año 2009.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, conforme a lo establecido en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro que estime oportuno.

Madrid, a 30 de marzo de 2010.—El Director General de Evaluación Ambiental, José Trigueros Rodrigo.

(03/15.689/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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