Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 110

Fecha del Boletín 
11-05-2011

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110511-46

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

URBANISMO

46
Proyecto urbanización calle Nuestra Señora de la Esperanza

La Junta de Gobierno Local de esta ciudad en sesión celebrada el 12 de abril de 2011, adoptó acuerdo en relación con el proyecto de urbanización del ámbito de actuación comprendido entre la calle Nuestra Señora de la Esperanza y paseo de las Moreras de esta ciudad, sobre aprobación definitiva del proyecto de urbanización del ámbito de actuación comprendido entre la calle Nuestra Señora de la Esperanza y paseo de las Moreras, redactado por los Servicios Técnicos Municipales, con la consideración de que su completa ejecución no podrá realizarse hasta tanto no culmine el proceso expropiatorio, cuya gestión resulta de cargo de la Empresa Municipal de la Vivienda.

Publicación del acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra la misma, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de cualquier otro que estime pertinente.

Alcalá de Henares, a 15 de abril de 2011.—El titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local, Ángel de la Casa Monge.

(02/4.352/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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