Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 111

Fecha del Boletín 
12-05-2011

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110512-209

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

209
Juicio verbal 26 de 2010

El secretario del Juzgado de violencia sobre la mujer número 3 de Madrid.

Doy fe y testimonio: Que en el juicio verbal en reclamación de guarda, custodia y alimentos número 26 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia 64 de 2010

En Madrid, a 24 de noviembre de 2010.—Vistos por doña María Gracia Parera de Cáceres, los autos del juicio verbal número 26 de 2010 a instancias de doña Lisset Consuelo Deza Ahumada representada por la procuradora doña Susana Linares Gutiérrez contra don Cristian Alberto Álvarez Contreras, siendo parte el ministerio fiscal en los que se ha dictado esta resolución,

Fallo

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación de doña Lisset Consuelo Deza Ahumada, contra don Cristian Alberto Álvarez Contreras, debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:

Primera.—La guarda y custodia del descendiente común, don Cristian Santiago, se atribuye a doña Lisset Consuelo Deza, quedando compartida la patria potestad.

Segunda.—Se atribuye a don Cristian Alberto Álvarez el régimen de visitas consistente en tener en su compañía al descendiente común los fines de semana alternos desde el viernes a las dieciocho horas hasta el domingo a las dieciocho horas, fiestas intersemanales por mitad, y la mitad de las vacaciones de verano, Navidad y Semana Santa, eligiendo la madre los años pares y el padre los impares. Las entregas y recogidas del menor se efectuarán a través del punto de encuentro correspondiente.

Tercera.—Don Cristian Alberto Álvarez deberá abonar en concepto de alimentos a su hijo la cantidad correspondiente al 20 por 100 del salario o prestación que perciba, así como la mitad de los gastos extraordinarios, que deberá ser satisfecha dentro de los cinco primeros días de cada mes en la cuenta que designe la actora, actualizándose anualmente conforme a las variaciones del IPC, publicadas por el Instituto Nacional de Estadística o el que legalmente le sustituya.

Cuarta.—Se otorga el uso del domicilio familiar al descendiente común y a la actora.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, el cual se preparará ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así lo acuerda, manda y firma doña María Gracia Parera de Cáceres, magistrada-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 3 de Madrid.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Cristian Alberto Álvarez Contreras, actualmente en paradero desconocido y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente.

En Madrid, a 19 de abril de 2011.—El secretario (firmado).

(03/15.924/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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