Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-16

Páginas: 7


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

16
ORDEN 1213/2011, de 24 de marzo, por la que se convocan los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías” de 2011 a la carrera científica y a investigadores de menos de cuarenta años.

La Comunidad de Madrid instituyó por primera vez en el año 1998 los Premios de Investigación e Innovación como reconocimiento a la trayectoria profesional y empresarial en los campos de la investigación y la innovación. Después de realizarse en el año 2001 una nueva convocatoria para la concesión del premio de investigación de la Comunidad de Madrid, y en el año 2005 convocar el Premio de Investigación “Miguel Catalán”, en el año 2006 los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid se convocan bajo las denominaciones de «Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías”», referidas a las Áreas Científicas de Ciencias y Humanidades.

El nacimiento de estos certámenes científicos (premio “Miguel Catalán” en el Área de las Ciencias y premio “Julián Marías” en el Área de las Humanidades) ha tenido el objetivo de contribuir a promover y ensalzar los valores científicos y humanísticos que ayudan al desarrollo y al progreso de la sociedad, en particular a las personas que hayan destacado a lo largo de toda su carrera científica y académica por su trabajo en la difusión de la ciencia y la tecnología, tal y como se establece en la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.

Los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid suponen un reconocimiento explícito a la excelencia (tanto en el Área de las Ciencias como en el Área de las Humanidades) de aquellos investigadores que hayan contribuido con su carrera científica de manera significativa al progreso del conocimiento científico, al avance tecnológico, al estudio de la realidad social, histórica, económica y cultural y, en definitiva, de aquellos cuya labor suponga una aportación relevante al acervo de conocimiento generado en la Comunidad de Madrid.

La Comunidad de Madrid considera, asimismo, necesario, como base fundamental para el progreso de la sociedad, el estimular, reconocer y premiar el esfuerzo, la calidad y la excelencia en el ámbito de la investigación y la actividad científica en los períodos iniciales e intermedios de la carrera investigadora. En el año 2008, la Comunidad de Madrid, también con el objetivo de favorecer la aparición de vocaciones en el campo de la investigación y estimular con ello a los jóvenes madrileños a valorar la actividad investigadora, amplió la convocatoria de Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías”, con la modalidad destinada a investigadores de menos de cuarenta años. Este año se continúa con la cuarta edición en esta modalidad.

La Consejería de Educación, que tiene entre sus competencias las del estímulo y fomento de la investigación científica, así como las de promover su difusión y divulgación, establece mediante la presente Orden las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” en el Área de las Ciencias y “Julián Marías” en el Área de las Humanidades, en las dos modalidades destinadas tanto al reconocimiento de la excelencia de una carrera científica y profesional como a la excelencia y calidad del trabajo científico y de investigación desarrollado por investigadores de menos de cuarenta años.

Los premios llevan el nombre de dos ilustres investigadores españoles, el físico don Miguel Catalán y el filósofo don Julián Marías, en reconocimiento a sus nítidas y dilatadas trayectorias intelectuales, sus aportaciones al conocimiento y el ejemplo que sus vidas dedicadas a la investigación suponen para las generaciones actuales.

Por cuanto antecede, y de acuerdo con lo establecido en la siguiente normativa:

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

— Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

— Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas.

— Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley 2/1995.

— Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.

— Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como las demás normas de general aplicación,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto de esta Orden

La presente Orden regula la convocatoria para la concesión de los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías” de 2011, a la carrera científica y los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías” de 2011, a investigadores de menos de cuarenta años, en régimen de concurrencia competitiva.

Los premios tienen un doble objetivo: Reconocer la actividad científica así como los valores científicos y humanísticos desarrollados por investigadores que a lo largo de su trayectoria profesional hayan estado de alguna forma vinculados a la Comunidad de Madrid; y es también objetivo de estos premios favorecer la aparición de vocaciones en el campo de la investigación, estimular a los jóvenes científicos e investigadores madrileños a valorar la actividad investigadora en la Comunidad de Madrid como contribución al progreso de la sociedad, y reconocer la calidad y excelencia del trabajo científico y de investigación desarrollado por investigadores de menos de cuarenta años.

Artículo 2

Bases reguladoras

Las bases reguladoras que regirán esta convocatoria se contienen en la Orden 1516/2010, de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan los Premios de Investigación de la Comunidad de Madrid “Miguel Catalán” y “Julián Marías” de 2010 a la carrera científica y para investigadores de menos de cuarenta años (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 90, de 16 de abril de 2010).

La participación en esta convocatoria supondrá la total aceptación de sus bases y la decisión adoptada por el jurado de cada modalidad.

Artículo 3

Financiación y pago de los premios

1. La cuantía y distribución de los premios se efectuará de conformidad con el artículo 3 de las bases reguladoras.

El importe total de los premios será de 126.000 euros, que serán de abonados con cargo a la partida 78200, Plan Regional de Investigación Científica e Innovación Tecnológica, del programa 519 del presupuesto de gastos de la Consejería de Educación para el año 2011.

2. El pago de los premios se hará efectivo en un único libramiento, mediante transferencia a las cuentas bancarias indicadas por los galardonados.

Artículo 4

Formalización y plazo de presentación de candidaturas

De acuerdo con el artículo 4 de la Orden 1516/2010, de 17 de marzo, que establece las bases reguladoras, las candidaturas para cada modalidad de los premios se presentarán, acompañadas de la documentación exigida, en documento original, cumplimentando, en cada caso, los modelos de impresos que figuran como Anexos a esta Orden de convocatoria y disponible, asimismo, en Internet en las direcciones http://www.madrimasd.org y http://www.madrid.org

El plazo de presentación de candidaturas y documentación será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Artículo 5

Instrucción del procedimiento, resolución, notificación y plazo de resolución y notificación

En cuanto a los órganos competentes para instruir y resolver así como a los plazos de resolución y notificación, se estará a lo dispuesto en los artículos 5 y 7 de la Orden 1516/2010, de 17 marzo, que establece las bases reguladoras.

Artículo 6

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos recursos estime oportuno deducir.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La Dirección General de Universidades e Investigación podrá resolver cuantas cuestiones surjan de la aplicación de la presente Orden, procediendo, si es preciso, a dictar las instrucciones necesarias para su aplicación y cumplimiento.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 24 de marzo de 2011.

La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE

Ver en documento PDF

(03/16.299/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-16