Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-18

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN

18
Resolución de 31 de marzo de 2011, del Director General de Becas y Ayudas a la Educación, por la que se publica la parte dispositiva de la Orden 1320/2011, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve el expediente de revocación de la autorización de la escuela infantil privada “Don 
Pitufo”, de Pozuelo de Alarcón, y se aprueba la extinción de su autorización por cese de actividades.

Instruido el expediente de revocación de la autorización de la escuela infantil privada denominada “Don Pitufo”, con domicilio en la avenida de Europa, número 7, de Pozuelo de Alarcón, esta Dirección General, conforme lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 19/2010, de 25 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el procedimiento administrativo de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas regladas no universitarias, procede por la presente Resolución a dar cumplimiento a dicho mandato con la publicación de la parte dispositiva de la Orden 1320/2011, de 30 de marzo, de la Consejería de Educación.

Primero

El archivo de las actuaciones relativas a la revocación de la autorización de la escuela infantil privada denominada “Don Pitufo” (código de centro 28059085), de Pozuelo de Alarcón, puesto que dicha escuela infantil no está actualmente en funcionamiento.

Segundo

Extinguir, de conformidad con el artículo 15.1 del Decreto 19/2010, de 25 de marzo, del Consejo de Gobierno, la autorización de la escuela infantil privada que se relaciona por cese de actividades:

Denominación genérica: Escuela infantil privada.

Denominación específica: “Don Pitufo”.

Número de código: 28059085.

Titular: “El Mundo del Niño, Sociedad Limitada”.

Domicilio: Avenida de Europa, número 7.

Localidad: Pozuelo de Alarcón.

Municipio: Pozuelo de Alarcón.

Tercero

Esta extinción surtirá efectos a partir de la fecha de la presente Orden, y se comunicará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Cuarto

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar a partir del día siguiente a la notificación de la misma, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

En Madrid, a 31 de marzo de 2011.—El Director General de Becas y Ayudas a la Educación, Javier Restán Martínez.

(03/16.485/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.70.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-18