Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2011

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110513-59

Páginas: 2


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN MADRID

59
Ocupación temporal bienes y derechos

Resolución de la Delegación del Gobierno en Madrid por la que, a efectos de urgente ocupación temporal por un plazo de dos meses, se somete a información pública la relación de bienes y derechos correspondientes a los terrenos aledaños al aeródromo de Cuatro Vientos (Madrid) necesarios para la realización de las actuaciones relativas a los actos litúrgicos que tendrán lugar los días 20 y 21 de agosto de 2011 y que contarán con la presencia de Su Santidad Benedicto XVI, de Sus Majestades los Reyes y autoridades del Estado.

Vista la necesidad de habilitar una serie de zonas para vías de acceso y evacuación al aeródromo de Cuatro Vientos, así como para la correcta adecuación de los terrenos y la implantación temporal de las instalaciones necesarias de protección civil ante la previsible masiva presencia de peregrinos en los actos a celebrar los citados días, esta Delegación del Gobierno, al amparo del artículo 4.7 de la vigente Ley 2/1985, de 21 de enero, de Protección Civil, y de la legislación vigente en materia de expropiación forzosa, ha procedido a someter a información pública la relación que figura en el anexo de los bienes y derechos necesarios para la actuación.

Para ello se abre un período de veinte días hábiles (artículo 86.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) en el que cualquier persona podrá presentar alegaciones ante la Delegación del Gobierno en Madrid (calle García de Paredes, número 65, 28010 Madrid) sobre el carácter urgente de la ocupación temporal de los bienes y derechos afectados, así como sobre la posible existencia de errores en dicha relación (artículos 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56.1 de su Reglamento); todo ello para la elevación del resultado de este trámite al Consejo de Ministros a efectos de la declaración de urgencia prevista en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. De formularse oposición por razones de fondo o forma, se indicarán los motivos por los que deban considerarse preferentes la ocupación de otros bienes como más conveniente al fin que se persigue.

Los planos y la documentación correspondiente podrán consultarse en la Delegación del Gobierno en Madrid (calle García de Paredes, número 65, 28010 Madrid), en las oficinas del Arzobispado (plaza de San Juan de la Cruz, segundo B, 28003 Madrid), que actúa como beneficiario del expediente expropiatorio, y la Junta de Distrito de Latina (avenida del General Fanjul, segundo A, segunda planta, 28044 Madrid).

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Madrid, a 10 de mayo de 2011.—La delegada del Gobierno en la Comunidad de Madrid, María Dolores Carrión Martín.

(02/4.516/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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