Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 116

Fecha del Boletín 
18-05-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110518-181

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

181
Demanda 58 de 2011

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 58 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Arévalo Mialdea, don Julio Campón Pacheco, don Santiago Fernández Humanes, don Juan García Navas, don Basilio Guijarro Recuendo, don Javier Lozano García, don Andrés Navarro López, don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales y don Carlos Toledano Santos, contra la empresa “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, sobre despido, se ha dictado sentencia de fecha 14 de abril de 2011, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Sentencia número 184 de 2011

En Madrid, a 14 de abril de 2011.—Doña María del Carmen Camargo Sánchez, magistrada-juez sustituta en refuerzo del Juzgado de lo social número 20 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre despido, entre partes, de una, y como demandantes, don Eugenio Arévalo Mialdea, don Julio Campón Pacheco, don Santiago Fernández Humanes, don Juan García Navas, don Basilio Guijarro Recuendo, don Javier Lozano García, don Andrés Navarro López, don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales y don Carlos Toledano Santos, que comparecen con asistencia del letrado don Santiago Laurri Navarro, y de otra, como demandados, “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, que no comparece pese a estar citada en forma, y el Fondo de Garantía Salarial, que tampoco comparece habiendo sido citado, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.

Vistos los preceptos legales señalados y demás de pertinente aplicación,

Fallo

Que debo estimar y estimo la demanda de la parte actora don Eugenio Arévalo Mialdea, don Julio Campón Pacheco, don Santiago Fernández Humanes, don Juan García Navas, don Basilio Guijarro Recuendo, don Javier Lozano García, don Andrés Navarro López, don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales y don Carlos Toledano Santos, y declaro improcedentes sus despidos efectuados por “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, con efectos de fecha 23 de noviembre de 2010, y la extinción de la relación laboral en la fecha de esta resolución. En consecuencia, debo condenar y condeno a la demandada “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, y al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración, y debo condenar y condeno a a empresa demandada “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, a abonar a la parte actora una indemnización que queda fijada en las siguientes cantidades:

A don Eugenio Arévalo Mialdea: 16.873,65 euros.

A don Julio Campón Pacheco: 66.587,40 euros.

A don Santiago Fernández Humanes: 92.812,50 euros.

A don Juan García Navas: 66.587,40 euros.

A don Basilio Guijarro Recuendo: 66.587,40 euros.

A don Javier Lozano García: 66.587,40 euros.

A don Andrés Navarro López: 66.587,40 euros.

A don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales: 100.341,45 euros.

A don Carlos Toledano Santos: 66.690 euros.

Adicionalmente, la empresa demandada “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, abonará a la parte demandante los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la fecha de esta sentencia a razón de los siguientes importes mensuales, con inclusión de prorrata de pagas extras, sin perjuicio del descuento que proceda por las cantidades que hayan percibido durante dicho período como consecuencia de la percepción de salarios de otro empleador o por desempleo:

A don Eugenio Arévalo Mialdea: 1.551,74 euros.

A don Julio Campón Pacheco: 2.690,29 euros.

A don Santiago Fernández Humanes: 3.749,92 euros.

A don Juan García Navas: 2.690,29 euros.

A don Basilio Guijarro Recuendo: 2.690,29 euros.

A don Javier Lozano García: 2.690,29 euros.

A don Andrés Navarro López: 2.690,29 euros.

A don Teófilo Luis Sánchez-Román Portales: 4.054,30 euros.

A don Carlos Toledano Santos: 2.735,95 euros.

Contra esta sentencia cabe la interposición de recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que se anunciará dentro de los cinco días siguiente a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Si la parte recurrente es la empresa, se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con la indicación del número de procedimiento, en la sucursal de “Banco Español de Crédito”, de la calle Orense, número 19, de Madrid, así como en el supuesto de no gozar de justicia gratuita, además deberá acreditar el recurrente haber consignado en la misma entidad bancaria la cantidad objeto de condena.

Al hacer el anuncio se designará por escrito o comparecencia al letrado que dirija el recurso, y si no se hiciera se designará de oficio.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Intermán Refrigeración, Sociedad Anónima Laboral”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de abril de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.718/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110518-181